4. Administración de justicia. . (2021/190-18)
Edicto de 21 de febrero de 2020, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de Rota, dimanante de autos núm. 59/2019. (PP. 2764/2021).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 190 - Viernes, 1 de octubre de 2021
página 357
Así por esta mi sentencia, juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y encontrándose dichos demandados, José Antonio Pernía Guerrero e Inés García
Martín, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en
forma al mismo.
En Rota, a veintiuno de febrero de dos mil veinte.- El Letrado de la Administración de
Justicia.
00198670
«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo
podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con
pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de
tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda. Los datos personales
incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 190 - Viernes, 1 de octubre de 2021
página 357
Así por esta mi sentencia, juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y encontrándose dichos demandados, José Antonio Pernía Guerrero e Inés García
Martín, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en
forma al mismo.
En Rota, a veintiuno de febrero de dos mil veinte.- El Letrado de la Administración de
Justicia.
00198670
«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo
podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con
pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de
tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda. Los datos personales
incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja