3. Otras disposiciones. . (2021/185-19)
Resolución de 15 de septiembre de 2021, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de cumplimiento de la gestión de los recursos humanos de determinados municipios con población entre 5.000 y 20.000 habitantes: Cartaya, Santa Fe, Torredelcampo y Torrox. Ejercicio 2017.
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BOJA
6
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 185 - Viernes, 24 de septiembre de 2021
página 166
La materia objeto de fiscalización está integrada por aquellas actuaciones llevadas a cabo en el
ámbito de la gestión de los recursos humanos.
El marco normativo que resulta aplicable a la presente fiscalización se detalla en el Anexo 3 de
este Informe.
2. RESPONSABILIDAD DE LAS ENTIDADES LOCALES EN MATERIA DE GESTIÓN
DE RECURSOS HUMANOS
7
El ámbito de responsabilidad de los órganos de gobierno de las entidades locales en la gestión
de los recursos humanos comprende al Alcalde y al Pleno, de acuerdo con el régimen de
atribuciones previsto en los artículos 21 y 22 de la LBRL.
A la Junta de Gobierno Local (JGL) le corresponderá, en todo caso, el ejercicio de aquellas
atribuciones que hayan sido objeto de delegación por parte del Alcalde y del Pleno.
En el Ayuntamiento de Cartaya consta una delegación de atribuciones, efectuada por el Alcalde
en favor de la JGL en relación con los nombramientos y las sanciones al personal del
Ayuntamiento.
En el Ayuntamiento de Santa Fe, el Alcalde había delegado las siguientes atribuciones en favor
de la JGL: la aprobación de nóminas, la concesión de anticipos reintegrables al personal, el
reconocimiento de trienios al personal funcionario y laboral, la asignación individualizada del
complemento de productividad y de las gratificaciones, la declaración de situaciones
administrativas, así como la jubilación de todo el personal, la ordenación e instrucción de
expedientes disciplinarios y el apercibimiento y suspensión preventiva de toda clase de personal,
la aprobación de la oferta de empleo público de acuerdo con el Presupuesto y la plantilla
aprobados por el Pleno, la aprobación de las bases de las pruebas para la selección del personal
y para los concursos de provisión de puestos de trabajo y la autorización de las vacaciones y los
permisos por motivos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral y por razón de
violencia de género.
En los ayuntamientos de Torredelcampo y de Torrox no consta, en cambio, delegación alguna de
atribuciones en materia de personal en favor de la JGL.
8
La responsabilidad de la Cámara de Cuentas de Andalucía es expresar una opinión, basada en la
fiscalización, sobre la legalidad de las actividades y operaciones efectuadas por los distintos
ayuntamientos, en el ejercicio 2017, en el área de la gestión de los recursos humanos.
9
La auditoría se ha llevado a cabo de conformidad con los principios fundamentales de
fiscalización de las Instituciones Públicas de Control Externo, recogidos: en la ISSAI-ES 100
“Principios fundamentales de fiscalización del sector público”, en la ISSAI-ES 400 “Principios
fundamentales de la fiscalización de cumplimiento”, en la ISSAI-ES 4000 “Directrices para la
fiscalización de cumplimiento” y en la Guía práctica de fiscalización GPF-OCEX 4001 “Las
fiscalizaciones de cumplimiento de la legalidad y modelos de informes”.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00198701
3. RESPONSABILIDAD DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 185 - Viernes, 24 de septiembre de 2021
página 166
La materia objeto de fiscalización está integrada por aquellas actuaciones llevadas a cabo en el
ámbito de la gestión de los recursos humanos.
El marco normativo que resulta aplicable a la presente fiscalización se detalla en el Anexo 3 de
este Informe.
2. RESPONSABILIDAD DE LAS ENTIDADES LOCALES EN MATERIA DE GESTIÓN
DE RECURSOS HUMANOS
7
El ámbito de responsabilidad de los órganos de gobierno de las entidades locales en la gestión
de los recursos humanos comprende al Alcalde y al Pleno, de acuerdo con el régimen de
atribuciones previsto en los artículos 21 y 22 de la LBRL.
A la Junta de Gobierno Local (JGL) le corresponderá, en todo caso, el ejercicio de aquellas
atribuciones que hayan sido objeto de delegación por parte del Alcalde y del Pleno.
En el Ayuntamiento de Cartaya consta una delegación de atribuciones, efectuada por el Alcalde
en favor de la JGL en relación con los nombramientos y las sanciones al personal del
Ayuntamiento.
En el Ayuntamiento de Santa Fe, el Alcalde había delegado las siguientes atribuciones en favor
de la JGL: la aprobación de nóminas, la concesión de anticipos reintegrables al personal, el
reconocimiento de trienios al personal funcionario y laboral, la asignación individualizada del
complemento de productividad y de las gratificaciones, la declaración de situaciones
administrativas, así como la jubilación de todo el personal, la ordenación e instrucción de
expedientes disciplinarios y el apercibimiento y suspensión preventiva de toda clase de personal,
la aprobación de la oferta de empleo público de acuerdo con el Presupuesto y la plantilla
aprobados por el Pleno, la aprobación de las bases de las pruebas para la selección del personal
y para los concursos de provisión de puestos de trabajo y la autorización de las vacaciones y los
permisos por motivos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral y por razón de
violencia de género.
En los ayuntamientos de Torredelcampo y de Torrox no consta, en cambio, delegación alguna de
atribuciones en materia de personal en favor de la JGL.
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La responsabilidad de la Cámara de Cuentas de Andalucía es expresar una opinión, basada en la
fiscalización, sobre la legalidad de las actividades y operaciones efectuadas por los distintos
ayuntamientos, en el ejercicio 2017, en el área de la gestión de los recursos humanos.
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La auditoría se ha llevado a cabo de conformidad con los principios fundamentales de
fiscalización de las Instituciones Públicas de Control Externo, recogidos: en la ISSAI-ES 100
“Principios fundamentales de fiscalización del sector público”, en la ISSAI-ES 400 “Principios
fundamentales de la fiscalización de cumplimiento”, en la ISSAI-ES 4000 “Directrices para la
fiscalización de cumplimiento” y en la Guía práctica de fiscalización GPF-OCEX 4001 “Las
fiscalizaciones de cumplimiento de la legalidad y modelos de informes”.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00198701
3. RESPONSABILIDAD DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA