3. Otras disposiciones. . (2021/183-8)
Resolución de 17 de septiembre de 2021, del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se publica Convenio Marco de colaboración entre el Instituto Andaluz de Administración Pública y la Fundación Novagob en materia de formación e investigación.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 183 - Miércoles, 22 de septiembre de 2021
página 46
Otro elemento esencial del buen funcionamiento de la Administración de la Junta de
Andalucía es el referente a la calidad de los servicios, hasta tal punto que el artículo 6 de
la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, establece
el deber de llevar a cabo una mejora continua de la calidad de dichos servicios por medio
de sistemas de gestión y evaluación orientados al logro de la excelencia.
Tercero. Que Novagob es una fundación con personalidad jurídica propia, sin ánimo
de lucro, que trabaja para impulsar un ecosistema de innovación en las Administraciones
públicas, creando espacios de encuentro entre personas especialistas del ámbito
académico, profesionales del sector público y del sector privado para favorecer la
transferencia de conocimiento y generar valor público, promoviendo así que la ciencia,
la creatividad y el talento se unan al servicio de la mejora del sector público. Entre sus
objetivos también se encuentra: impulsar la modernización e innovación en el sector
público; contribuir al fortalecimiento de las instituciones y de la sociedad de la información;
actuar como motor del cambio para transformar el sector público y hacerlo más abierto,
cívico, participativo, transparente, colaborativo, eficiente y digital.
Cuarto. La innovación en la gestión pública ha sido reconocida como el eje de los
nuevos esfuerzos por reactivar y potenciar el papel de los Gobiernos y las Administraciones
Públicas frente a la complejidad y nuevos escenarios que impone el siglo XXI.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00198609
Segundo. El Instituto Andaluz de Administración Pública es una agencia administrativa
adscrita a la Consejería competente en materia de Administración Pública, a la que
corresponde, entre otros fines, según el artículo 4.1 de sus Estatutos, «la investigación,
el estudio, la información y la difusión de las materias que afecten a la Administración
Pública, con especial referencia a las Administraciones Públicas Andaluzas, la formación
del personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, la gestión de las
pruebas de selección y los cursos de selección» y demás funciones que se le encomienden,
en los términos que detallan sus Estatutos. De conformidad con el artículo 4.2.m) de
estos últimos, cuenta entre sus funciones específicas con la de «colaborar y cooperar con
otros órganos y entidades, públicos y privados con funciones de formación del personal
y de estudio, investigación y enseñanza de las disciplinas y técnicas aplicables a las
Administraciones y entidades públicas andaluzas y a la Administración de Justicia en
Andalucía». Por su parte, el artículo 5.2 de los referidos Estatutos contempla un variado
elenco de actuaciones para la consecución de sus fines en materia de investigación y
evaluación: «realizar, con sus propios medios o mediante contratos o convenios, estudios
y trabajos sobre el funcionamiento de las organizaciones públicas y, en especial, de la
Junta de Andalucía»; «promover la investigación en aquellas materias relacionadas con
la organización y actividad de las Administraciones y entidades públicas andaluzas», etc.
En los mismos términos dispone el punto 4 del artículo 4 de los Estatutos al manifestar
que, «en el ámbito de sus competencias, el Instituto podrá concertar convenios con
instituciones del Estado, de otras Comunidades Autónomas o Entidades Locales, así
como con cualquier otra entidad pública o privada».
Además, convencido de que compartir el conocimiento y estar en contacto con otros
contextos e ideas es estratégico para el desarrollo de su capacidad de innovación y para
hacer frente a los cambios requeridos hoy en la Administración pública, ha participado,
y sigue haciéndolo, en proyectos nacionales y europeos junto con otras instituciones
pioneras en el ámbito de la formación en las Administraciones Públicas.
Por otra parte, la disposición final segunda del Decreto 114/2020, de 8 de septiembre,
modificado por el Decreto 195/2021, de 13 de julio, por el que se regula la estructura
orgánica de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, atribuye
al Instituto, dentro de sus competencias y funciones, la gestión de la evaluación de las
políticas públicas.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 183 - Miércoles, 22 de septiembre de 2021
página 46
Otro elemento esencial del buen funcionamiento de la Administración de la Junta de
Andalucía es el referente a la calidad de los servicios, hasta tal punto que el artículo 6 de
la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, establece
el deber de llevar a cabo una mejora continua de la calidad de dichos servicios por medio
de sistemas de gestión y evaluación orientados al logro de la excelencia.
Tercero. Que Novagob es una fundación con personalidad jurídica propia, sin ánimo
de lucro, que trabaja para impulsar un ecosistema de innovación en las Administraciones
públicas, creando espacios de encuentro entre personas especialistas del ámbito
académico, profesionales del sector público y del sector privado para favorecer la
transferencia de conocimiento y generar valor público, promoviendo así que la ciencia,
la creatividad y el talento se unan al servicio de la mejora del sector público. Entre sus
objetivos también se encuentra: impulsar la modernización e innovación en el sector
público; contribuir al fortalecimiento de las instituciones y de la sociedad de la información;
actuar como motor del cambio para transformar el sector público y hacerlo más abierto,
cívico, participativo, transparente, colaborativo, eficiente y digital.
Cuarto. La innovación en la gestión pública ha sido reconocida como el eje de los
nuevos esfuerzos por reactivar y potenciar el papel de los Gobiernos y las Administraciones
Públicas frente a la complejidad y nuevos escenarios que impone el siglo XXI.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00198609
Segundo. El Instituto Andaluz de Administración Pública es una agencia administrativa
adscrita a la Consejería competente en materia de Administración Pública, a la que
corresponde, entre otros fines, según el artículo 4.1 de sus Estatutos, «la investigación,
el estudio, la información y la difusión de las materias que afecten a la Administración
Pública, con especial referencia a las Administraciones Públicas Andaluzas, la formación
del personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, la gestión de las
pruebas de selección y los cursos de selección» y demás funciones que se le encomienden,
en los términos que detallan sus Estatutos. De conformidad con el artículo 4.2.m) de
estos últimos, cuenta entre sus funciones específicas con la de «colaborar y cooperar con
otros órganos y entidades, públicos y privados con funciones de formación del personal
y de estudio, investigación y enseñanza de las disciplinas y técnicas aplicables a las
Administraciones y entidades públicas andaluzas y a la Administración de Justicia en
Andalucía». Por su parte, el artículo 5.2 de los referidos Estatutos contempla un variado
elenco de actuaciones para la consecución de sus fines en materia de investigación y
evaluación: «realizar, con sus propios medios o mediante contratos o convenios, estudios
y trabajos sobre el funcionamiento de las organizaciones públicas y, en especial, de la
Junta de Andalucía»; «promover la investigación en aquellas materias relacionadas con
la organización y actividad de las Administraciones y entidades públicas andaluzas», etc.
En los mismos términos dispone el punto 4 del artículo 4 de los Estatutos al manifestar
que, «en el ámbito de sus competencias, el Instituto podrá concertar convenios con
instituciones del Estado, de otras Comunidades Autónomas o Entidades Locales, así
como con cualquier otra entidad pública o privada».
Además, convencido de que compartir el conocimiento y estar en contacto con otros
contextos e ideas es estratégico para el desarrollo de su capacidad de innovación y para
hacer frente a los cambios requeridos hoy en la Administración pública, ha participado,
y sigue haciéndolo, en proyectos nacionales y europeos junto con otras instituciones
pioneras en el ámbito de la formación en las Administraciones Públicas.
Por otra parte, la disposición final segunda del Decreto 114/2020, de 8 de septiembre,
modificado por el Decreto 195/2021, de 13 de julio, por el que se regula la estructura
orgánica de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, atribuye
al Instituto, dentro de sus competencias y funciones, la gestión de la evaluación de las
políticas públicas.