Disposiciones generales. . (2021/183-1)
Resolución de 16 de septiembre de 2021, de la Secretaría General de Empleo y Trabajo Autónomo, por la que se amplía el plazo para resolver el procedimiento de concesión de ayudas reguladas en el Capítulo III del Decreto-ley 4/2021, de 23 de marzo, por el que se adoptan diversas medidas, con carácter urgente y extraordinario, como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19), y se modifican otras disposiciones normativas.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 183 - Miércoles, 22 de septiembre de 2021
página 12
Quinto. Conforme al apartado 3 de la disposición final décima del Decreto-ley 4/2021,
de 23 de marzo, se habilita a la persona titular de la Secretaría General de Empleo y
Trabajo Autónomo para resolver la ampliación del plazo de resolución de concesión de
las ayudas regulado en el artículo 51.6.
Por lo expuesto, de acuerdo con los antecedentes de hecho y vista la normativa
anteriormente citada y las demás normas de general aplicación, esta Secretaría General
de Empleo y Trabajo Autónomo, en uso de las atribuciones que tiene conferidas,
R ES U ELV E
Ampliar el plazo para resolver el procedimiento de concesión de las ayudas reguladas
en el Capítulo III del Decreto-ley 4/2021, de 23 de marzo, por el que se adoptan diversas
medidas, con carácter urgente y extraordinario, como consecuencia de la situación
ocasionada por el coronavirus (COVID-19), y se modifican otras disposiciones normativas,
por un plazo de seis meses, a contar desde la finalización del plazo establecido en el
apartado 6 del artículo 51 del citado Decreto-ley.
Esta publicación sustituye a la notificación personal y surtirá sus mismos efectos.
Contra la misma no cabe recurso de conformidad con el artículo 23.2 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
00198605
Sevilla, 16 de septiembre de 2021.- El Secretario General, José Agustín González Romo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 183 - Miércoles, 22 de septiembre de 2021
página 12
Quinto. Conforme al apartado 3 de la disposición final décima del Decreto-ley 4/2021,
de 23 de marzo, se habilita a la persona titular de la Secretaría General de Empleo y
Trabajo Autónomo para resolver la ampliación del plazo de resolución de concesión de
las ayudas regulado en el artículo 51.6.
Por lo expuesto, de acuerdo con los antecedentes de hecho y vista la normativa
anteriormente citada y las demás normas de general aplicación, esta Secretaría General
de Empleo y Trabajo Autónomo, en uso de las atribuciones que tiene conferidas,
R ES U ELV E
Ampliar el plazo para resolver el procedimiento de concesión de las ayudas reguladas
en el Capítulo III del Decreto-ley 4/2021, de 23 de marzo, por el que se adoptan diversas
medidas, con carácter urgente y extraordinario, como consecuencia de la situación
ocasionada por el coronavirus (COVID-19), y se modifican otras disposiciones normativas,
por un plazo de seis meses, a contar desde la finalización del plazo establecido en el
apartado 6 del artículo 51 del citado Decreto-ley.
Esta publicación sustituye a la notificación personal y surtirá sus mismos efectos.
Contra la misma no cabe recurso de conformidad con el artículo 23.2 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
00198605
Sevilla, 16 de septiembre de 2021.- El Secretario General, José Agustín González Romo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja