Disposiciones generales. . (2021/183-1)
Resolución de 16 de septiembre de 2021, de la Secretaría General de Empleo y Trabajo Autónomo, por la que se amplía el plazo para resolver el procedimiento de concesión de ayudas reguladas en el Capítulo III del Decreto-ley 4/2021, de 23 de marzo, por el que se adoptan diversas medidas, con carácter urgente y extraordinario, como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19), y se modifican otras disposiciones normativas.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 183 - Miércoles, 22 de septiembre de 2021
página 10
1. Disposiciones generales
Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo
Resolución de 16 de septiembre de 2021, de la Secretaría General de Empleo y
Trabajo Autónomo, por la que se amplía el plazo para resolver el procedimiento
de concesión de ayudas reguladas en el Capítulo III del Decreto-ley 4/2021, de
23 de marzo, por el que se adoptan diversas medidas, con carácter urgente y
extraordinario, como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus
(COVID-19), y se modifican otras disposiciones normativas.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha de 25 de marzo de 2021, se publicó en el Boletín Oficial de
la Junta de Andalucía extraordinario núm. 25, el Decreto-ley 4/2021, de 23 de marzo,
por el que se adoptan diversas medidas, con carácter urgente y extraordinario, como
consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19), y se modifican
otras disposiciones normativas, que regula en su Capítulo III, medidas extraordinarias de
ayudas para compensar la pérdida de rentas de las personas trabajadoras por cuenta
ajena, afectadas por un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) y de las
personas trabajadoras fijas discontinuas beneficiarias de la prestación extraordinaria a
causa del COVID-19. Dicha norma, fue modificada en el apartado 1 de su artículo 47,
mediante el Decreto-ley 6/2021, de 20 de abril, por el que se adoptan medidas urgentes
como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19), para los
sectores de los establecimientos hoteleros, de los establecimientos de apartamentos
turísticos, de los campamentos de turismo y de los complejos turísticos rurales, y se
modifican otras disposiciones normativas, publicado en BOJA Extraordinario núm. 35, de
20 de abril de 2021.
Segundo. Con fecha de 6 de julio de 2021 se publicó en el BOJA núm. 128 la Resolución
de 29 de junio de 2021, de la Secretaría General de Empleo y Trabajo Autónomo de
la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, por la que se resuelve la
concesión de ayudas reguladas en el Capítulo III del Decreto-ley 4/2021, de 23 de marzo,
por el que se adoptan diversas medidas, con carácter urgente y extraordinario, como
consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19), y se modifican
otras disposiciones normativas, para compensar la pérdida de rentas de las personas
trabajadoras por cuenta ajena, afectadas por un expediente de regulación temporal de
empleo (ERTE) y de las personas trabajadoras fijas discontinuas beneficiarias de la
prestación extraordinaria a causa del COVID- 19. La relación de personas beneficiarias fue
facilitada por el Servicio Público de Empleo Estatal (en adelante, SEPE), de conformidad
con lo establecido en el artículo 51.3 del Decreto-ley 4/2021, de 23 de marzo.
Cuarto. El artículo 51.6 del Decreto-ley 4/2021, de 23 de marzo, establece un plazo
de seis meses para resolver el procedimiento de concesión de las ayudas reguladas en el
Capítulo III del mismo, contados a partir del día siguiente a la entrada en vigor del citado
Decreto-ley. Este plazo podrá ser ampliado atendiendo a lo dispuesto en el artículo 23 de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00198605
Tercero. Una vez publicada la Resolución de 29 de junio de 2021, con fecha de 10 de
septiembre de 2021, el Servicio Público de Empleo Estatal ha emitido certificado por el
que se remite nueva relación de personas que cumplen con los criterios transmitidos, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48 del Decreto-ley 4/2021, de 23 de marzo, como
complementaria a la emitida para la mencionada Resolución de 29 de junio.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 183 - Miércoles, 22 de septiembre de 2021
página 10
1. Disposiciones generales
Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo
Resolución de 16 de septiembre de 2021, de la Secretaría General de Empleo y
Trabajo Autónomo, por la que se amplía el plazo para resolver el procedimiento
de concesión de ayudas reguladas en el Capítulo III del Decreto-ley 4/2021, de
23 de marzo, por el que se adoptan diversas medidas, con carácter urgente y
extraordinario, como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus
(COVID-19), y se modifican otras disposiciones normativas.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha de 25 de marzo de 2021, se publicó en el Boletín Oficial de
la Junta de Andalucía extraordinario núm. 25, el Decreto-ley 4/2021, de 23 de marzo,
por el que se adoptan diversas medidas, con carácter urgente y extraordinario, como
consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19), y se modifican
otras disposiciones normativas, que regula en su Capítulo III, medidas extraordinarias de
ayudas para compensar la pérdida de rentas de las personas trabajadoras por cuenta
ajena, afectadas por un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) y de las
personas trabajadoras fijas discontinuas beneficiarias de la prestación extraordinaria a
causa del COVID-19. Dicha norma, fue modificada en el apartado 1 de su artículo 47,
mediante el Decreto-ley 6/2021, de 20 de abril, por el que se adoptan medidas urgentes
como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19), para los
sectores de los establecimientos hoteleros, de los establecimientos de apartamentos
turísticos, de los campamentos de turismo y de los complejos turísticos rurales, y se
modifican otras disposiciones normativas, publicado en BOJA Extraordinario núm. 35, de
20 de abril de 2021.
Segundo. Con fecha de 6 de julio de 2021 se publicó en el BOJA núm. 128 la Resolución
de 29 de junio de 2021, de la Secretaría General de Empleo y Trabajo Autónomo de
la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, por la que se resuelve la
concesión de ayudas reguladas en el Capítulo III del Decreto-ley 4/2021, de 23 de marzo,
por el que se adoptan diversas medidas, con carácter urgente y extraordinario, como
consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19), y se modifican
otras disposiciones normativas, para compensar la pérdida de rentas de las personas
trabajadoras por cuenta ajena, afectadas por un expediente de regulación temporal de
empleo (ERTE) y de las personas trabajadoras fijas discontinuas beneficiarias de la
prestación extraordinaria a causa del COVID- 19. La relación de personas beneficiarias fue
facilitada por el Servicio Público de Empleo Estatal (en adelante, SEPE), de conformidad
con lo establecido en el artículo 51.3 del Decreto-ley 4/2021, de 23 de marzo.
Cuarto. El artículo 51.6 del Decreto-ley 4/2021, de 23 de marzo, establece un plazo
de seis meses para resolver el procedimiento de concesión de las ayudas reguladas en el
Capítulo III del mismo, contados a partir del día siguiente a la entrada en vigor del citado
Decreto-ley. Este plazo podrá ser ampliado atendiendo a lo dispuesto en el artículo 23 de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00198605
Tercero. Una vez publicada la Resolución de 29 de junio de 2021, con fecha de 10 de
septiembre de 2021, el Servicio Público de Empleo Estatal ha emitido certificado por el
que se remite nueva relación de personas que cumplen con los criterios transmitidos, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48 del Decreto-ley 4/2021, de 23 de marzo, como
complementaria a la emitida para la mencionada Resolución de 29 de junio.