3. Otras disposiciones. . (2021/183-13)
Resolución de 15 de septiembre de 2021, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de determinadas áreas del Ayuntamiento de Martos (Jaén). Ejercicio 2018.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 183 - Miércoles, 22 de septiembre de 2021
página 123
ALEGACIÓN Nº 13, OTROS ASUNTOS QUE NO AFECTAN A LA OPINIÓN (PARÁGRAFO 44) ALEGACIÓN NO ADMITIDA
Respecto a este punto la Secretaria Accidental pone de manifiesto en su informe que si bien es
cierto que la RPT data del año 2009 se ha de tener en cuenta que para su actualización se han
llevado a cabo numerosas modificaciones puntuales para adecuarla a la realidad existente tanto
de puestos como de estructura organizativa (RPT y Organigrama) de lo que se adjuntan copias
en el informe de la Secretaria.
Se ha de añadir que a fecha del informe emitido por la Secretaria Accidental ha sido adjudicado
contrato administrativo para la redacción de una nueva RPT en este Ayuntamiento a la empresa
ESTRATEGIA Y ORGANIZACIÓN S.A. (se adjunta copia en el informe de la Secretaria).
TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN
La Corporación no contradice lo señalado en este informe provisional. Informa que, en enero de
2021, se ha adjudicado contrato administrativo a una empresa privada, para la redacción de una
nueva Relación de Puestos de Trabajo (RPT).
ALEGACIÓN Nº 14, OTROS ASUNTOS QUE NO AFECTAN A LA OPINIÓN (PARÁGRAFO 48) ALEGACIÓN ADMITIDA
ALEGACIÓN Nº 15, RECOMENDACIONES (PARÁGRAFO 58) ALEGACIÓN NO ADMITIDA
Respecto a este punto el Tesorero Accidental pone de manifiesto en su informe que la operatividad de la actual caja de efectivo para el cobro de tributos municipales y demás derechos de titularidad municipal, viene regulada en la Resolución del Sr. Alcalde-Presidente 1012/2020, la cual
se le adjunta en el informe del Tesorero, estableciéndose en la letra l) del Punto Primero de dicha
Resolución se indica que “Se fomentará el pago con tarjeta, evitando, en la medida de lo posible,
el uso de dinero en efectivo, con la limitación de las personas mayores o en situación de vulnerabilidad entre las que existe brecha digital o abono de pequeñas cuantías como certificados de
empadronamiento, entre otros. Se limpiará y desinfectará el datafono tras cada caso, así como
el TPV si el empleado/a público municipal no es siempre el mismo”.
La aplicación de dicha Resolución ha supuesto una reducción drástica del cobro en efectivo de los
tributos municipales, pasando del 7% del cobro en efectivo en el año 2019, al 2% en el año 2020.
00198571
En cuanto a la cancelación de las cuentas que no sean utilizadas por la Tesorería, ésta es la práctica habitual que se desarrolla en la Tesorería, permaneciendo sólo sin movimientos aquellas
cuentas que están vinculadas a la solicitud de concesión de subvención en procedimiento de concurrencia competitiva, como hemos señalada en el punto anterior, tal y como puede verse en la
situación de los ordinales de tesorería a la fecha del informe emitido por el Tesorero Accidental,
el cual adjunta al mismo informe.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 183 - Miércoles, 22 de septiembre de 2021
página 123
ALEGACIÓN Nº 13, OTROS ASUNTOS QUE NO AFECTAN A LA OPINIÓN (PARÁGRAFO 44) ALEGACIÓN NO ADMITIDA
Respecto a este punto la Secretaria Accidental pone de manifiesto en su informe que si bien es
cierto que la RPT data del año 2009 se ha de tener en cuenta que para su actualización se han
llevado a cabo numerosas modificaciones puntuales para adecuarla a la realidad existente tanto
de puestos como de estructura organizativa (RPT y Organigrama) de lo que se adjuntan copias
en el informe de la Secretaria.
Se ha de añadir que a fecha del informe emitido por la Secretaria Accidental ha sido adjudicado
contrato administrativo para la redacción de una nueva RPT en este Ayuntamiento a la empresa
ESTRATEGIA Y ORGANIZACIÓN S.A. (se adjunta copia en el informe de la Secretaria).
TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN
La Corporación no contradice lo señalado en este informe provisional. Informa que, en enero de
2021, se ha adjudicado contrato administrativo a una empresa privada, para la redacción de una
nueva Relación de Puestos de Trabajo (RPT).
ALEGACIÓN Nº 14, OTROS ASUNTOS QUE NO AFECTAN A LA OPINIÓN (PARÁGRAFO 48) ALEGACIÓN ADMITIDA
ALEGACIÓN Nº 15, RECOMENDACIONES (PARÁGRAFO 58) ALEGACIÓN NO ADMITIDA
Respecto a este punto el Tesorero Accidental pone de manifiesto en su informe que la operatividad de la actual caja de efectivo para el cobro de tributos municipales y demás derechos de titularidad municipal, viene regulada en la Resolución del Sr. Alcalde-Presidente 1012/2020, la cual
se le adjunta en el informe del Tesorero, estableciéndose en la letra l) del Punto Primero de dicha
Resolución se indica que “Se fomentará el pago con tarjeta, evitando, en la medida de lo posible,
el uso de dinero en efectivo, con la limitación de las personas mayores o en situación de vulnerabilidad entre las que existe brecha digital o abono de pequeñas cuantías como certificados de
empadronamiento, entre otros. Se limpiará y desinfectará el datafono tras cada caso, así como
el TPV si el empleado/a público municipal no es siempre el mismo”.
La aplicación de dicha Resolución ha supuesto una reducción drástica del cobro en efectivo de los
tributos municipales, pasando del 7% del cobro en efectivo en el año 2019, al 2% en el año 2020.
00198571
En cuanto a la cancelación de las cuentas que no sean utilizadas por la Tesorería, ésta es la práctica habitual que se desarrolla en la Tesorería, permaneciendo sólo sin movimientos aquellas
cuentas que están vinculadas a la solicitud de concesión de subvención en procedimiento de concurrencia competitiva, como hemos señalada en el punto anterior, tal y como puede verse en la
situación de los ordinales de tesorería a la fecha del informe emitido por el Tesorero Accidental,
el cual adjunta al mismo informe.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
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