3. Otras disposiciones. . (2021/182-12)
Orden de 15 de septiembre de 2021, por la que se desarrolla la composición, funciones y funcionamiento de las Unidades de Gestión de Salud Pública.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 182 - Martes, 21 de septiembre de 2021
página 132

provisión del personal estatutario del Servicio Andaluz de Salud y del personal funcionario
que forme parte de la UGSP.
3. En aquellas situaciones de emergencia que no pudiera ser atendidas por las
personas profesionales de la salud pública previstas en el artículo 18.bis) del Decreto
197/2007, de 3 de julio o, en su caso, por el personal de apoyo que pueda incorporarse
conforme a las previsiones contenidas al efecto en el Acuerdo de Gestión y el Plan
Funcional correspondiente, se podrá, de acuerdo con la normativa vigente en materia
de contratación de personal temporal del SAS, realizar la incorporación de puestos
específicos mediante convocatoria pública para la selección temporal de profesionales que
cumplan con los requisitos requeridos y tras la aprobación del objeto de la convocatoria
en el órgano paritario de negociación que se encuentre establecido en dicha normativa.
Disposición transitoria primera. Régimen transitorio de constitución de las UGSP.
Durante el tiempo necesario para efectuar la provisión del puesto de titular de la
dirección de UGSP mediante el sistema de concurso de méritos de acuerdo con lo que
establezcan las bases de las correspondientes convocatorias, con carácter provisional
y por un periodo máximo de seis meses, la Dirección Gerencia del Distrito Sanitario
o Dirección Gerencia del Área de Gestión Sanitaria podrá asignar las funciones de la
dirección de la UGSP a una persona profesional que forme parte de la recién creada
UGSP. Con la misma temporalidad, la persona profesional designada de la UGSP podrá
incorporar al equipo técnico de apoyo a alguien de dicha Unidad, en tanto dure esta
situación de provisionalidad.
Disposición transitoria segunda. Adaptación de los actuales dispositivos de salud
pública.
Los Distritos Sanitarios de Atención Primaria y las Áreas de Gestión Sanitaria,
dependientes del Servicio Andaluz de Salud, deberán adaptar la estructura de los
dispositivos de salud pública existentes en su ámbito de referencia, a lo dispuesto en la
presente Orden, en el plazo máximo de un mes, desde la creación de las UGSP.
Disposición final única. Entrada en vigor.
Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 15 de septiembre de 2021
JESÚS RAMÓN AGUIRRE MUÑOZ

00198495

Consejero de Salud y Familias

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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