4. Administración de justicia. . (2021/173-6)
Edicto de 14 de mayo de 2021, del Juzgado de Primera Instancia núm. Trece de Sevilla, 1589/2020. (PP. 1821/2021).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 173 - Miércoles, 8 de septiembre de 2021
página 33
que impugna. Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse
constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de
este Juzgado de Banco Santander núm. 4035.0000.03.1589.20, indicando en las
Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación
seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la disposición adicional
decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos
de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas,
Entidades Locales y Organismos Autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios
de asistencia jurídica gratuita.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, la pronuncio,
mando y firmo.
Diligencia: Leída y publicada fue la anterior Sentencia en el día de su fecha, doy fe.
Y encontrándose dicho demandado, ignorados ocupantes del local Andalucía Amarga,
núm. 63, bajo izquierda, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que
sirva de notificación en forma al mismo.
En Sevilla, a catorce de mayo de dos mil veintiuno.- El Letrado de la Administración de
Justicia.
00193386
«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo
podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con
pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de
tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda. Los datos personales
incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 173 - Miércoles, 8 de septiembre de 2021
página 33
que impugna. Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse
constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de
este Juzgado de Banco Santander núm. 4035.0000.03.1589.20, indicando en las
Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación
seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la disposición adicional
decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos
de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas,
Entidades Locales y Organismos Autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios
de asistencia jurídica gratuita.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, la pronuncio,
mando y firmo.
Diligencia: Leída y publicada fue la anterior Sentencia en el día de su fecha, doy fe.
Y encontrándose dicho demandado, ignorados ocupantes del local Andalucía Amarga,
núm. 63, bajo izquierda, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que
sirva de notificación en forma al mismo.
En Sevilla, a catorce de mayo de dos mil veintiuno.- El Letrado de la Administración de
Justicia.
00193386
«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo
podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con
pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de
tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda. Los datos personales
incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja