4. Administración de justicia. . (2021/173-6)
Edicto de 14 de mayo de 2021, del Juzgado de Primera Instancia núm. Trece de Sevilla, 1589/2020. (PP. 1821/2021).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 173 - Miércoles, 8 de septiembre de 2021
página 32

4. Administración de Justicia
Juzgados de Primera Instancia
Edicto de 14 de mayo de 2021, del Juzgado de Primera Instancia núm. Trece de
Sevilla, 1589/2020. (PP. 1821/2021).
NIG: 4109142120200054031.
Procedimiento: Juicio Verbal (Desahucio Precario -250.1.2) 1589/2020. Negociado: 1T.
Sobre: Posesión (arts. 430-466 CC).
De: Denatapa Servicios y Gestiones, S.L.
Procurador: Sr. Antonio Iglesias Monroy.
Letrada: Sra. María Concepción Montalvo Moreno.
Contra: Ignorados ocupantes del local Andalucía Amarga, núm. 63, bajo izquierda.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Juicio Verbal de Desahucio por Precario seguido en el Juzgado
de Primera Instancia núm. Trece de Sevilla a instancia de la mercantil Denatapa Servicios
y Gestiones, S.L., contra ignorados ocupantes del local Andalucía Amarga, núm.
63, bajo izquierda, se ha dictado la sentencia de fecha 13.5.2021 que, copiada en su
encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA nÚM. 131/2021
En la ciudad de Sevilla, a trece de mayo de dos mil veintiuno.
Parte demandante: Denatapa Servicios y Gestiones, S.L.U.
Procurador: Don Antonio Iglesias Monroy.
Abogada: Doña Concepción Montalvo Moreno.
Parte demandada: Ignorados ocupantes de la finca sita en Sevilla, local sito en calle
Andalucía Amarga, núm. 63, bajo, local izquierdo, 41006 Sevilla.
Objeto del pleito: Desahucio por precario.
Magistrado Juez: Don Miguel Ángel Fernández de los Ronderos Martín.

Estimo la demanda de desahucio por precario interpuesta por la representación
procesal de Denatapa Servicios y Gestiones, S.L.U., contra los ignorados ocupantes
de la finca sita en Sevilla, local sito en calle Andalucía Amarga, núm. 63, bajo, local
izquierdo, 41006 Sevilla, y condeno a la parte demandada a que la deje libre y expedita y
a disposición de la actora, con apercibimiento de ser lanzada por la fuerza.
Se imponen a la parte demandada las costas causadas.
De la presente Sentencia dedúzcase testimonio que se unirá a los autos de su razón,
y notifíquese a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer
recurso de apelación en el término de veinte días, para su resolución por la Audiencia
Provincial de Sevilla.
En la interposición del recurso el apelante deberá exponer las alegaciones en que
se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00193386

FALLO