Disposiciones generales. . (2021/172-1)
Resolución de 30 de agosto de 2021, de la Secretaría General de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio, por la que se efectúa la convocatoria de becas de formación, investigación y apoyo en materias relacionadas con las políticas de infraestructuras, movilidad, ordenación del territorio y del litoral, y urbanismo, así como con la planificación, análisis e inspección, competencias de la Secretaría General de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio y los centros directivos adscritos para 2021-2022.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 172 - Martes, 7 de septiembre de 2021
página 10

Cuarto. Financiación.
1. Las becas convocadas tienen una cuantía máxima total de 64.800,00 euros,
teniendo cada beca una cuantía bruta de 16.200,00 euros (incluida Seguridad Social) y
afectando a las partidas presupuestarias que se reflejan a continuación.
ANUALIDAD
2021
2022
TOTAL

PARTIDA PRESUPUESTARIA
1700010003 G/43B/48900/00 01
1700010003 G/43B/48900/00 01

CUANTÍA (euros)
16.200,00
48.600,00
64.800,00

2. La concesión de estas subvenciones estará limitada por la disponibilidad
presupuestaria, y se tendrán en cuenta las previsiones que con carácter general se
establezcan en la correspondiente Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de
Andalucía para el cumplimiento de la normativa reguladora y de los objetivos de estabilidad
presupuestaria y sostenibilidad financiera. Se podrán adquirir compromisos de gasto de
carácter plurianual conforme a lo establecido en el artículo 40 del Texto Refundido de
la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, con la previsión de
distribución por anualidades e importes destinados a los gastos recogidos para dichas
becas.
3. Duración: Doce meses.
Desglose de las asignaciones: 12 mensualidades, a razón de 1.250,00 euros cada
una (incluida Seguridad Social), con una dotación adicional de 100,00 euros mensuales
para gastos extraordinarios. Sumando a cada mensualidad la dotación adicional para
gastos extraordinarios, se tiene un total de 1.350,00 euros al mes.
Quinto. Solicitudes.
Las solicitudes estarán dirigidas a la persona titular de la Secretaría General de
Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio de la Consejería de Fomento,
Infraestructuras y Ordenación del Territorio.
a) Las solicitudes se presentarán conforme al modelo de formulario contenido como
Anexo I en esta convocatoria.
b) Los trámites telemáticos se podrán realizar siguiendo las instrucciones disponibles
en la dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/24515/como-solicitar.html
c) En el caso fortuito de que los enlaces anteriores no estuvieran disponibles, puede
utilizar como medio telemático alternativo la Presentación Electrónica General accesible
a través de la página:
https://ws094.juntadeandalucia.es/V_virtual/SolicitarTicket?v=PEG
Los criterios de valoración de las solicitudes serán los previstos en el apartado 12 del
cuadro resumen de las bases reguladoras establecidas en la orden.

Séptimo. Órganos competentes.
Los órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento serán los
recogidos en el apartado 13 del cuadro resumen de la base reguladora.
Octavo. Resolución y plazo máximo para resolver.
1. El plazo máximo para resolver y notificar la concesión de las subvenciones será de
seis meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Sexto. Plazo de presentación.
1. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado desde el día
siguiente a aquel en que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el
extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones. Las solicitudes presentadas con anterioridad a dicha fecha serán
desestimadas.