Disposiciones generales. . (2021/172-1)
Resolución de 30 de agosto de 2021, de la Secretaría General de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio, por la que se efectúa la convocatoria de becas de formación, investigación y apoyo en materias relacionadas con las políticas de infraestructuras, movilidad, ordenación del territorio y del litoral, y urbanismo, así como con la planificación, análisis e inspección, competencias de la Secretaría General de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio y los centros directivos adscritos para 2021-2022.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 172 - Martes, 7 de septiembre de 2021
página
Territorio y sus centros directivos adscritos para los años 2021-2022, en la Consejería de
Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio.
a) Descripción de las becas convocadas.
Becas de formación, investigación y apoyo en el ámbito de competencias de la
Secretaría General de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio para 20212022.
b) Las becas se desarrollarán en Sevilla, en alguno de los siguientes centros
directivos:
- Secretaría General Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio.
- Dirección General de Infraestructuras.
- Dirección General de Movilidad.
- Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
c) Número de becas que se convocan: Cuatro.
2. La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a becas de formación,
investigación y apoyo en materias relacionadas con las políticas de infraestructuras,
movilidad, ordenación del territorio y del litoral, y urbanismo, así como con la planificación,
análisis e inspección competencias de la Secretaría General de Infraestructuras,
Movilidad y Ordenación del Territorio, aprobadas por la Orden de 27 de julio de 2021 de
la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, en adelante bases
reguladoras.
3. Será de aplicación a la presente convocatoria el régimen jurídico contenido en el
artículo 2 del texto articulado de las bases reguladoras.
Tercero. Requisitos para solicitar la subvención.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas convocadas las personas que cumplan los
requisitos regulados en el apartado 4 del cuadro resumen de las bases reguladoras.
Atendiendo a la naturaleza de estas subvenciones así como al perfil de los solicitantes,
al tenerse en cuenta que esta convocatoria se refiere a becas destinadas a personas
físicas en periodo de formación, se exceptúa a los beneficiarios de estas becas de las
prohibiciones recogidas en el artículo 13.2.e) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así
como de la prohibición prevista en el artículo 116.2 del Texto refundido de la Ley General
de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo
1/2010, de 2 de marzo, por lo que no tendrán que acreditar que se hallan al corriente
de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social, o que no tienen deudas en
periodo ejecutivo de cualquier ingreso de derecho Público de la Junta de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00197935
Segundo. Objeto.
La finalidad y materia de las becas: Proporcionar la formación y experiencia técnica
y laboral en materias relacionadas con los ámbitos de competencia de la Secretaría
General de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio y sus centros directivos
adscritos.
Tareas: Colaboración en los trabajos propios de la competencia de la Secretaría
General de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio:
1.º Colaborar y participar en el desarrollo de actividades de formación y sensibilización.
2.º Formación en la gestión pública de proyectos y programas.
3.º Participar en actividades organizadas en la Consejería.
4.º Colaborar en la gestión y seguimiento de las convocatorias ofertadas desde la
Consejería.
5.º Apoyar en las labores de difusión, divulgación y promoción de las actividades de
la Consejería.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 172 - Martes, 7 de septiembre de 2021
página
Territorio y sus centros directivos adscritos para los años 2021-2022, en la Consejería de
Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio.
a) Descripción de las becas convocadas.
Becas de formación, investigación y apoyo en el ámbito de competencias de la
Secretaría General de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio para 20212022.
b) Las becas se desarrollarán en Sevilla, en alguno de los siguientes centros
directivos:
- Secretaría General Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio.
- Dirección General de Infraestructuras.
- Dirección General de Movilidad.
- Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
c) Número de becas que se convocan: Cuatro.
2. La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a becas de formación,
investigación y apoyo en materias relacionadas con las políticas de infraestructuras,
movilidad, ordenación del territorio y del litoral, y urbanismo, así como con la planificación,
análisis e inspección competencias de la Secretaría General de Infraestructuras,
Movilidad y Ordenación del Territorio, aprobadas por la Orden de 27 de julio de 2021 de
la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, en adelante bases
reguladoras.
3. Será de aplicación a la presente convocatoria el régimen jurídico contenido en el
artículo 2 del texto articulado de las bases reguladoras.
Tercero. Requisitos para solicitar la subvención.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas convocadas las personas que cumplan los
requisitos regulados en el apartado 4 del cuadro resumen de las bases reguladoras.
Atendiendo a la naturaleza de estas subvenciones así como al perfil de los solicitantes,
al tenerse en cuenta que esta convocatoria se refiere a becas destinadas a personas
físicas en periodo de formación, se exceptúa a los beneficiarios de estas becas de las
prohibiciones recogidas en el artículo 13.2.e) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así
como de la prohibición prevista en el artículo 116.2 del Texto refundido de la Ley General
de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo
1/2010, de 2 de marzo, por lo que no tendrán que acreditar que se hallan al corriente
de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social, o que no tienen deudas en
periodo ejecutivo de cualquier ingreso de derecho Público de la Junta de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00197935
Segundo. Objeto.
La finalidad y materia de las becas: Proporcionar la formación y experiencia técnica
y laboral en materias relacionadas con los ámbitos de competencia de la Secretaría
General de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio y sus centros directivos
adscritos.
Tareas: Colaboración en los trabajos propios de la competencia de la Secretaría
General de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio:
1.º Colaborar y participar en el desarrollo de actividades de formación y sensibilización.
2.º Formación en la gestión pública de proyectos y programas.
3.º Participar en actividades organizadas en la Consejería.
4.º Colaborar en la gestión y seguimiento de las convocatorias ofertadas desde la
Consejería.
5.º Apoyar en las labores de difusión, divulgación y promoción de las actividades de
la Consejería.