3. Otras disposiciones. . (2021/172-4)
Resolución de 1 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se modifica el anexo de la Resolución de 22 de diciembre de 2020, por la que se publica la relación de fiestas locales de los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2021 y se complementan las Resoluciones de 9 de abril de 2021 y de 25 de junio de 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 172 - Martes, 7 de septiembre de 2021
página 58

que se publica la relación de fiestas locales de los municipios de la Comunidad Autónoma
de Andalucía para 2021 y se complementa la Resolución de 9 de abril de 2021 (BOJA de
de julio).
En la presente resolución, que complementa las anteriores de 9 de abril de 2021 y
de 25 de junio de 2021, se han incluido los festivos locales establecidos por los acuerdos
municipales, que constan recibidos en este centro directivo en el periodo transcurrido
entre la fecha de la última resolución y la remisión de la presente al Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía para su publicación.
Conforme con lo establecido en el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, según el cual «el Alcalde es el Presidente
de la Corporación y ostenta las siguientes atribuciones: (…) k) El ejercicio de las
acciones judiciales y administrativas y la defensa del ayuntamiento en las materias de su
competencia, incluso cuando las hubiere delegado en otro órgano, y, en caso de urgencia,
en materias de la competencia del Pleno, en este supuesto dando cuenta al mismo en la
primera sesión que celebre para su ratificación», se han atendido las comunicaciones
remitidas por las Corporaciones Locales, tanto las relativas a los acuerdos adoptados
tanto por el Pleno como, en su caso, por la Alcaldía de la Entidad Local, entendiendo
siempre que son modificaciones de acuerdos remitidos en 2020 e incluidos en el anexo
de la Resolución de 22 de diciembre de 2020.
Por todo anterior, se hace preciso modificar el anexo de la citada resolución y proceder
a su publicación. A tal efecto, esta Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, en
uso de las facultades que están conferidas, en virtud de lo dispuesto por el Decreto del
Presidente 3/2020, de 3 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración
de Consejerías, del Decreto 100/2019, de 12 de febrero, y del Decreto 115/2020, de 8
de septiembre, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo,
Formación y Trabajo Autónomo,
R ES U ELV E
Primero. Modificar el anexo de la Resolución de esta Dirección General de fecha 22
de diciembre de 2020, por la que se determinan las fiestas locales en el ámbito de la
Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021, estableciendo las fiestas locales
correspondiente a las siguientes entidades locales en las siguientes fechas:
CORIA DEL RÍO

Sustituye el 20 de septiembre por el 7 de diciembre

TRIGUEROS

Sustituye el 3 de septiembre por el 22 de octubre

Segundo. Disponer la publicación de esta resolución en el Boletín Oficia de la Junta
de Andalucía.

00197892

Sevilla, 1 de septiembre de 2021.- La Directora General, Beatriz Barranco Montes.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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