3. Otras disposiciones. . (2021/172-4)
Resolución de 1 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se modifica el anexo de la Resolución de 22 de diciembre de 2020, por la que se publica la relación de fiestas locales de los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2021 y se complementan las Resoluciones de 9 de abril de 2021 y de 25 de junio de 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 172 - Martes, 7 de septiembre de 2021
página 57

3. Otras disposiciones
Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo

El artículo 37.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado
por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, dispone que las fiestas laborales,
que tendrán carácter retribuido y no recuperable, no podrán exceder de catorce al año, de
las cuales dos serán locales.
En el artículo 45 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, sobre regulación de
la jornada de trabajo, jornadas especiales y descansos, quedan establecidas las fiestas
laborales de ámbito nacional, de carácter retribuido y no recuperable.
En el artículo 46 del mencionado real decreto se determina que serán también
inhábiles para el trabajo retribuidos y no recuperables, hasta dos días de cada año natural
con carácter de fiestas locales que por tradición le sean propias en cada municipio,
determinándose por la autoridad laboral competente –a propuesta del Pleno del
Ayuntamiento correspondiente–, y publicándose en el correspondiente Boletín Oficial de
la Comunidad Autónoma.
Por Decreto 104/2020, de 21 de julio, publicado el día 27 de julio de 2020 en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, se determina el calendario de fiestas laborales
de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021, indicando en su artículo 3
que la propuesta de cada municipio de hasta dos fiestas locales se realizará ante esta
Consejería, en el plazo de dos meses a contar desde día siguiente al de la publicación del
Decreto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
De este modo la Resolución de 22 de diciembre de 2020 (BOJA núm. 250, de 30 de
diciembre de 2020), por la que se publica la relación de fiestas locales de los municipios
de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021, recoge en su anexo la relación
de fiestas acordadas por el Pleno de los Ayuntamientos u órgano competente por expresa
delegación del Pleno, que constaban comunicadas hasta la fecha a la Autoridad Laboral.
Como consecuencia de la crisis provocada por el COVID-19, el Real Decreto 926/2020,
de 25 de octubre, por el que se declaró el estado de alarma para contener la propagación
de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, limitaba la permanencia de personas en
espacios públicos y privados (artículo 7) haciendo imposible la organización de los actos
de celebración de las festividades inicialmente fijadas por muchos municipios. A pesar
de que el estado de alarma ha finalizado, se mantienen numerosas prohibiciones en el
ámbito de las medidas higiénico-sanitarias y de distancia social que siguen impidiendo
la celebración de actos de las festividades previstas, lo que ha sido comunicado a este
centro directivo por las Entidades Locales referidas en la presente resolución.
Ello ha llevado a algunos municipios a la sustitución de las fiestas locales inicialmente
acordadas. Los acuerdos adoptados por los Ayuntamientos se han comunicado a esta
Dirección General que en consecuencia ha dictado la Resolución de 9 de abril de 2021,
de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se modifica el anexo
de la Resolución de 22 de diciembre de 2020, por la que se publica la relación de fiestas
locales de los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021
(BOJA de 16 de abril).
Posteriormente, se dicta por esta Dirección General la Resolución de 25 de junio de
2021, por la que se modifica el anexo de la Resolución de 22 de diciembre de 2020, por la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00197892

Resolución de 1 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo
y Bienestar Laboral, por la que se modifica el anexo de la Resolución de 22
de diciembre de 2020, por la que se publica la relación de fiestas locales
de los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2021 y
se complementan las Resoluciones de 9 de abril de 2021 y de 25 de junio
de 2021.