Disposiciones generales. . (2021/171-4)
Resolución de 1 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Consumo, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, a Entidades Locales de Andalucía para la financiación de actuaciones de mantenimiento y funcionamiento de los servicios locales de consumo en la Comunidad Autónoma de Andalucía, para el ejercicio 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 171 - Lunes, 6 de septiembre de 2021
página 62

PROVINCIA
ALMERÍA
CÁDIZ
CÓRDOBA
GRANADA
HUELVA
JAÉN
MÁLAGA
SEVILLA
TOTAL

CUANTÍA
75.794 €
86.093 €
99.202 €
96.522 €
76.815 €
76.184 €
120.064 €
144.526 €
775.200 €

Cuarto. Solicitudes.
Conforme a lo dispuesto en los artículos 10 y 11 de la Orden de 1 de febrero de
2017, las solicitudes de subvenciones se presentarán ajustándose a los formularios
que constan como Anexo I de la presente resolución y exclusivamente en el Registro
Electrónico único de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la siguiente
dirección electrónica:
www.juntadeandalucia.es/salud/consumo
o en el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes será de veinte días hábiles, a contar
desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el
correspondiente extracto.
Sexto. Órganos competentes.
Los órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento son los
establecidos en el apartado 13 del Cuadro Resumen.
Séptimo. Resolución.
El plazo máximo para resolver y publicar la resolución del procedimiento, que pone fin
a la vía administrativa, será de tres meses a partir del día siguiente al de la finalización del
plazo para la presentación de solicitudes, conforme a lo dispuesto en el apartado 16 del
Cuadro Resumen.
Octavo. Notificación y publicación.
De conformidad con el artículo 21 de la Orden de 1 de febrero de 2017, los actos que
deban notificarse de forma conjunta a todas las personas o entidades interesadas y, en
particular, los requerimientos de subsanación, el trámite de audiencia y el de resolución
del procedimiento, se publicarán en la página web
http://www.juntadeandalucia.es/salud/consumo,

Noveno. Aumentos sobrevenidos de créditos disponibles.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 5.5 de la Orden de 1 de febrero de 2017, los
eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible posibilitarán una resolución
complementaria de la concesión de la subvención, dictada por el órgano competente para
la concesión de las subvenciones, que incluya solicitudes que, aun cumpliendo todos los
requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del crédito.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00197929

en los términos del artículo 45.1 b) de la Ley 39/2015, de 26 de noviembre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones. En todo caso, esta publicación sustituye a
la notificación personal y surtirá los mismos efectos.