Disposiciones generales. . (2021/171-4)
Resolución de 1 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Consumo, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, a Entidades Locales de Andalucía para la financiación de actuaciones de mantenimiento y funcionamiento de los servicios locales de consumo en la Comunidad Autónoma de Andalucía, para el ejercicio 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 171 - Lunes, 6 de septiembre de 2021
página 61

1. Disposiciones generales
Consejería de Salud y Familias
Resolución de 1 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Consumo,
por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva,
a Entidades Locales de Andalucía para la financiación de actuaciones de
mantenimiento y funcionamiento de los servicios locales de consumo en la
Comunidad Autónoma de Andalucía, para el ejercicio 2021.
Mediante Orden de 1 de febrero de 2017, publicada en el BOJA núm. 25, de 7 de febrero de
2017, se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen
de concurrencia competitiva, a Entidades Locales de Andalucía para la financiación de
actuaciones de mantenimiento y funcionamiento de los servicios locales de consumo en
la Comunidad Autónoma de Andalucía.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la citada orden, en base a la
delegación de competencias efectuada en el artículo 11 de la Orden de 21 de diciembre
de 2015, de la Consejería de Salud, por la se delegan competencias en los titulares de
los órganos directivos de la Consejería, y en relación con el Decreto 105/2019, de 12
de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y
Familias y del Servicio Andaluz de Salud,
R ES U ELVO
Primero. Convocatoria, finalidad, cuantía y limitaciones presupuestarias.
1. Se convocan para el ejercicio 2021 subvenciones, en la modalidad de concurrencia
competitiva, a Entidades Locales de Andalucía para la financiación de actuaciones de
mantenimiento y funcionamiento de los servicios locales de consumo en la Comunidad
Autónoma de Andalucía, al amparo de la Orden de 1 de febrero de 2017.
2. El porcentaje máximo de la subvención será del 90% si el proyecto presentado es
superior a 6.050 euros. Si el proyecto es igual o inferior a 6.050 euros, la cuantía de la
subvención podrá ser del 100% del proyecto.
3. En todo caso, la concesión de subvenciones prevista estará limitada por las
disponibilidades presupuestarias existentes.

Tercero. Distribución de créditos.
1. Las subvenciones para la presente convocatoria se concederán con cargo a la
partida presupuestaria 1500020000/G/44H/46600/0001, del Presupuesto de la Comunidad
Autónoma de Andalucía para 2021 y por una cuantía máxima de 775.200 €.
2. La distribución máxima del crédito a nivel provincial, que se ha realizado teniendo
en cuenta, de manera ponderada, el tamaño poblacional, el número de servicios locales
en materia de consumo existentes, así como el número de municipios en cada provincia,
conforme se dispone en el apartado 2.d) del Cuadro Resumen de la Orden de Bases
Reguladoras anteriormente referida, es la siguiente:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00197929

Segundo. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a Entidades Locales
de Andalucía para la financiación de actuaciones para el mantenimiento y funcionamiento
de los servicios locales de consumo en la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobadas
mediante Orden de 1 de febrero de 2017.