Disposiciones generales. . (2021/146-4)
Orden de 20 de julio de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con discapacidad, reforma y equipamiento de centros de servicios sociales comunitarios, comunidad gitana, personas migrantes, personas sin hogar, solidaridad y garantía alimentaria, igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción social, voluntariado, conciliación, participación ciudadana, investigación e innovación social, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 146 - Viernes, 30 de julio de 2021
página 262

26.f).2º Cuenta justificativa con aportación de informe de auditor en el caso de entidades privadas sin
ánimo de lucro:
Alcance de la revisión de cuentas por el auditor:
Esta modalidad de justificación tendrá carácter obligatorio para aquellas entidades beneficiarias que
superen los 50.000€ de importe solicitado, con independencia del importe concedido finalmente.
La verificación a realizar por la auditoría de cuentas, en todo caso, tendrá el siguiente alcance:
- El cumplimiento por parte de las entidades beneficiarias de sus obligaciones en la gestión y aplicación de
la subvención.
- La adecuada y correcta justificación de la subvención por parte de las entidades beneficiarias, atendiendo
a lo establecido en el presente cuadro resumen.
- La realidad y la regularidad de las operaciones que, de acuerdo con la justificación presentada por las
entidades beneficiarias, han sido financiadas con la subvención.
- La adecuada y correcta financiación de las actividades subvencionadas, en los términos establecidos en
el apartado 3 del artículo 19 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

00196223

Contenido de la memoria económica abreviada:
La memoria deberá contemplar, como contenido mínimo, los siguientes extremos:
1º Entidad.
2º Denominación del programa.
3º Localización territorial.
4º Colectivo objeto de atención.
5º Número de usuarios y usuarias.
6º Plazo de ejecución, indicando fecha de inicio y fecha de finalización.
7º Actividades realizadas.
8º Desviación respecto a las actividades previstas.
9º Resumen económico, que deberá contener una relación clasificada de los gastos, con identificación de
la entidad acreedora y del concepto, su importe correspondiente, fecha de emisión y porcentaje de
imputación al programa de la actuación subvencionada.
10.º Detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con
indicación del importe y su procedencia.
11.º Resultados obtenidos y cuantificados.
12.º Desviación respecto a los resultados previstos.
13.º Indicadores de resultados del programa.
- La certificación de haber sido registrado en su contabilidad el ingreso de la subvención percibida, con
expresión del asiento contable practicado, la administración concedente de la subvención, su importe y
fecha de ingreso.
- Constatación documental de la realización de las actuaciones (soporte fotográfico de eventos, registro de
personas asistentes y docentes, en su caso encuestas de satisfacción, material informativo, notas de
prensa...).
- No será necesario que la auditoría sea realizada por la misma persona encargada de la auditoría de las
cuentas anuales de la entidad.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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