Disposiciones generales. . (2021/146-4)
Orden de 20 de julio de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con discapacidad, reforma y equipamiento de centros de servicios sociales comunitarios, comunidad gitana, personas migrantes, personas sin hogar, solidaridad y garantía alimentaria, igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción social, voluntariado, conciliación, participación ciudadana, investigación e innovación social, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 146 - Viernes, 30 de julio de 2021
página 260
26.- Justificación de la subvención (Artículo 27).
26.a) La justificación de la subvención ante el órgano concedente se realizará por parte de:
La persona o entidad beneficiaria.
La entidad colaboradora.
26.b) Plazo máximo para la presentación de la justificación:
El plazo máximo para la presentación de la justificación será de: tres meses, a contar desde la
finalización del período de ejecución total de la actividad subvencionada previsto en la resolución de
concesión de la subvención.
Cuando la subvención sea financiada con cargo a más de un ejercicio presupuestario, a cuyos efectos se
haya contraído el correspondiente crédito de anualidades futuras, la justificación de la subvención deberá
realizarse en unidad de acto en el plazo de tres meses desde la finalización del período de ejecución total
de la actividad subvencionada.
Otras formas de determinar el plazo máximo para la presentación de la justificación:
26.c) Documentos justificativos del gasto:
Originales. Se marcarán con una estampilla:
Sí
No
Fotocopias compulsadas.
26.d) Utilización de medios electrónicos, informáticos o telemáticos en el procedimiento de justificación:
No.
Sí. Medios: los que se establezcan en cada convocatoria.
26.e) Trámites que podrán cumplimentarse con los medios arriba aludidos.
Justificación con aportación de la documentación justificativa y subsanación de la misma en su caso.
00196223
26.f) Modalidad de justificación:
26.f).1º Cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto en el caso de entidades privadas
sin ánimo de lucro, universidades o colegios profesionales.
- El indicado en el artículo 27.2.a).1.ª del texto articulado.
- La memoria de actuación a la que hace referencia el citado artículo deberá contemplar como contenido
mínimo los siguientes extremos:
1.º Entidad.
2.º Denominación del programa.
3.º Localización territorial.
4.º Colectivo objeto de atención.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 146 - Viernes, 30 de julio de 2021
página 260
26.- Justificación de la subvención (Artículo 27).
26.a) La justificación de la subvención ante el órgano concedente se realizará por parte de:
La persona o entidad beneficiaria.
La entidad colaboradora.
26.b) Plazo máximo para la presentación de la justificación:
El plazo máximo para la presentación de la justificación será de: tres meses, a contar desde la
finalización del período de ejecución total de la actividad subvencionada previsto en la resolución de
concesión de la subvención.
Cuando la subvención sea financiada con cargo a más de un ejercicio presupuestario, a cuyos efectos se
haya contraído el correspondiente crédito de anualidades futuras, la justificación de la subvención deberá
realizarse en unidad de acto en el plazo de tres meses desde la finalización del período de ejecución total
de la actividad subvencionada.
Otras formas de determinar el plazo máximo para la presentación de la justificación:
26.c) Documentos justificativos del gasto:
Originales. Se marcarán con una estampilla:
Sí
No
Fotocopias compulsadas.
26.d) Utilización de medios electrónicos, informáticos o telemáticos en el procedimiento de justificación:
No.
Sí. Medios: los que se establezcan en cada convocatoria.
26.e) Trámites que podrán cumplimentarse con los medios arriba aludidos.
Justificación con aportación de la documentación justificativa y subsanación de la misma en su caso.
00196223
26.f) Modalidad de justificación:
26.f).1º Cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto en el caso de entidades privadas
sin ánimo de lucro, universidades o colegios profesionales.
- El indicado en el artículo 27.2.a).1.ª del texto articulado.
- La memoria de actuación a la que hace referencia el citado artículo deberá contemplar como contenido
mínimo los siguientes extremos:
1.º Entidad.
2.º Denominación del programa.
3.º Localización territorial.
4.º Colectivo objeto de atención.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja