Disposiciones generales. . (2021/146-4)
Orden de 20 de julio de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con discapacidad, reforma y equipamiento de centros de servicios sociales comunitarios, comunidad gitana, personas migrantes, personas sin hogar, solidaridad y garantía alimentaria, igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción social, voluntariado, conciliación, participación ciudadana, investigación e innovación social, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.
176 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 146 - Viernes, 30 de julio de 2021
página 249

10.- Solicitudes y escritos (Artículos 8, 10, 11, 13, 14, 17 y 23).
10.a). Obtención del formulario:
En el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía.
En la siguiente dirección electrónica:
https://www.juntadeandalucia.es/organismos/igualdadpoliticassocialesyconciliacion/servicios/
procedimientos.html?tema=Subvenciones%20y%20ayudas.
El enlace al procedimiento concreto se especificará en cada convocatoria.
En las sedes de los siguientes órganos:
En los siguientes lugares:
10.b). Órgano al que se dirigirán las solicitudes: Persona titular de la Dirección General con competencias
en materia de servicios sociales.
10.c) Las solicitudes se podrán presentar, además de en el registro electrónico de la Administración de la
Junta
de
Andalucía,
a
través
de
la
dirección
electrónica,
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/accesoDirecto/CIPS/
en los siguientes lugares y registros:
- Las personas o entidades que, conforme al apartado 4.e) de este Cuadro Resumen, estén obligadas a
relacionarse a través de medios electrónicos, podrán, además de en el registro electrónico arriba señalado,
presentar sus solicitudes y escritos en los siguientes registros electrónicos: Ventanilla Electrónica de la
Administración de la Junta de Andalucía https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/accesoDirecto/CIPS/. El
enlace al procedimiento concreto se especificará en cada convocatoria.
- Las personas o entidades que, conforme al apartado 4.e) de este Cuadro Resumen, no estén obligadas a
relacionarse a través de medios electrónicos, podrán, además de en el registro electrónico arriba señalado,
presentar sus solicitudes y escritos en los siguientes lugares y registros:
10.d) Además de los señalados en el artículo 11.2 del Texto Articulado, se podrán utilizar los siguientes
sistemas de firma electrónica:
10.e) Registro en el que la fecha de entrada de las solicitudes a las que se alude en el artículo 8.8 del
Texto Articulado y de los escritos a los que se alude en el artículo 23.4, en el mismo, determina el inicio
del plazo para dictar la resolución o acuerdo y notificarlo: Ventanilla Electrónica de la Administración de la
Junta de Andalucía.
11.- Convocatoria y plazo para la presentación de solicitudes (Artículo 5 y 12).

00196223

11.a) Además de lo establecido en el artículo 12.1 del Texto Articulado, la convocatoria y su extracto se
publicarán en:
Convocatoria:
https://www.juntadeandalucia.es/organismos/igualdadpoliticassocialesyconciliacion/servicios/
procedimientos.html?tema=Subvenciones%20y%20ayudas

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja