Disposiciones generales. . (2021/146-4)
Orden de 20 de julio de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con discapacidad, reforma y equipamiento de centros de servicios sociales comunitarios, comunidad gitana, personas migrantes, personas sin hogar, solidaridad y garantía alimentaria, igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción social, voluntariado, conciliación, participación ciudadana, investigación e innovación social, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 146 - Viernes, 30 de julio de 2021
página 247

6.- Régimen de control (Artículo 5):
Fiscalización previa.
Control financiero.
7.- Financiación y régimen de compatibilidad de las subvenciones (Artículo 6).
7.a) Aportación de fondos propios:
No se exige la aportación de fondos propios.
La aportación de fondos propios por la persona o entidad beneficiaria para financiar la actividad
subvencionada será, al menos, de:
7.b) Compatibilidad con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad
procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión
Europea o de organismos internacionales:
Sí. Observaciones, en su caso: Obligación de declararlas de acuerdo con lo establecido en el artículo
24.1.f) del texto articulado que figura en la Orden de 20 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las
bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la
concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva.
No obstante, serán incompatibles con aquellas subvenciones a cargo de la asignación tributaria del 0,7%
del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Asimismo, serán incompatibles con las subvenciones
otorgadas por la consejería con competencias en materia de servicios sociales con cargo a su propio
presupuesto.
No.
7.c) Incremento del importe de la subvención concedida con los rendimientos financieros que se generen
por los fondos librados:
Sí.
No.

00196223

7.d) Participación en la financiación de las subvenciones:
Administración de la Junta de Andalucía. Porcentaje: 100%
La Unión Europea participa, a través del fondo:
en la financiación de estas subvenciones. Porcentaje:
Administración General del Estado. Porcentaje: no procede con carácter general; se fijará en cada
convocatoria.
Otra/s participación/es de órganos, organismos o entidades de derecho público:
Porcentaje:

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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