3. Otras disposiciones. . (2021/146-15)
Decreto 200/2021, de 27 de julio, por el que se acuerda la formulación del Plan de Ordenación del Territorio de la Sierra de Cádiz.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 146 - Viernes, 30 de julio de 2021
página 720
6. Finalizado el período de información pública, se elaborará la propuesta definitiva de
Plan, que incorporará las consideraciones y modificaciones derivadas de la declaración
ambiental estratégica, del análisis y la valoración de las alegaciones presentadas y de los
informes preceptivos emitidos.
7. La persona titular de la consejería competente en materia de ordenación del territorio
elevará la propuesta de Plan al Consejo de Gobierno para su aprobación mediante
decreto, dándose cuenta de éste al Parlamento. El Plan se aprobará en un plazo máximo
de tres años a partir de la entrada en vigor del presente decreto.
8. El Plan será publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad
con el artículo 13.6 de la Ley 1/1994, de 11 de enero.
Disposición transitoria única. Punto de acceso electrónico.
En tanto se habilite la sede electrónica de la consejería competente en materia de
ordenación del territorio conforme a lo dispuesto en el artículo 17 del Decreto 622/2019,
de 27 de diciembre, las publicaciones se realizarán en la web de dicha Consejería.
Disposición final primera. Desarrollo y ejecución.
Se faculta a la persona titular de la consejería competente en materia de ordenación
del territorio para dictar cuantas disposiciones precise la ejecución y el desarrollo de este
decreto.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 27 de julio de 2021
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
MARÍA FRANCISCA CARAZO VILLALONGA
Presidente de la Junta de Andalucía
00196568
Consejera de Fomento, Infraestructuras
y Ordenación del Territorio
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 146 - Viernes, 30 de julio de 2021
página 720
6. Finalizado el período de información pública, se elaborará la propuesta definitiva de
Plan, que incorporará las consideraciones y modificaciones derivadas de la declaración
ambiental estratégica, del análisis y la valoración de las alegaciones presentadas y de los
informes preceptivos emitidos.
7. La persona titular de la consejería competente en materia de ordenación del territorio
elevará la propuesta de Plan al Consejo de Gobierno para su aprobación mediante
decreto, dándose cuenta de éste al Parlamento. El Plan se aprobará en un plazo máximo
de tres años a partir de la entrada en vigor del presente decreto.
8. El Plan será publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad
con el artículo 13.6 de la Ley 1/1994, de 11 de enero.
Disposición transitoria única. Punto de acceso electrónico.
En tanto se habilite la sede electrónica de la consejería competente en materia de
ordenación del territorio conforme a lo dispuesto en el artículo 17 del Decreto 622/2019,
de 27 de diciembre, las publicaciones se realizarán en la web de dicha Consejería.
Disposición final primera. Desarrollo y ejecución.
Se faculta a la persona titular de la consejería competente en materia de ordenación
del territorio para dictar cuantas disposiciones precise la ejecución y el desarrollo de este
decreto.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 27 de julio de 2021
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
MARÍA FRANCISCA CARAZO VILLALONGA
Presidente de la Junta de Andalucía
00196568
Consejera de Fomento, Infraestructuras
y Ordenación del Territorio
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja