Disposiciones generales. . (2021/145-3)
Orden de 21 de julio de 2021, complementaria de la Orden de 14 de mayo de 2021, por la que se efectúa la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para la reactivación de actos culturales promovidos por Agrupaciones, Consejos, Federaciones, Uniones u otras entidades de análoga naturaleza que integren hermandades y cofradías de Andalucía en 2021, como consecuencia de la crisis sanitaria generada por el coronavirus (COVID-19).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 145 - Jueves, 29 de julio de 2021
página 73
1. Disposiciones generales
Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico
Orden de 21 de julio de 2021, complementaria de la Orden de 14 de mayo de
2021, por la que se efectúa la convocatoria de subvenciones en régimen de
concurrencia no competitiva para la reactivación de actos culturales promovidos
por Agrupaciones, Consejos, Federaciones, Uniones u otras entidades de análoga
naturaleza que integren hermandades y cofradías de Andalucía en 2021, como
consecuencia de la crisis sanitaria generada por el coronavirus (COVID-19).
El Decreto-ley 5/2021, de 30 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito
económico como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19),
para el sector de las agencias de viajes, para la reactivación de actos culturales
promovidos por Agrupaciones, Consejos, Federaciones, Uniones u otras entidades de
análoga naturaleza que integren hermandades y cofradías de Andalucía en 2021, para el
mantenimiento de la actividad de los sectores del comercio minorista y de la hostelería, y
se modifican otras disposiciones (BOJA extraordinario núm. 27, de 31 de marzo), aprobó
en su Capítulo II las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen
de concurrencia no competitiva, para la reactivación de actos culturales promovidos por
Agrupaciones, Consejos, Federaciones, Uniones u otras entidades de análoga naturaleza
que integren hermandades y cofradías de Andalucía en 2021, como consecuencia de la
crisis sanitaria generada por el coronavirus (COVID-19).
Mediante Orden de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico, de 14 de mayo
de 2021 (BOJA núm. 96, de 21 de mayo), se convocó para el año 2021 las subvenciones
reguladas en el Capítulo II del Decreto-ley 5/2021, de 30 de marzo, antes citado.
Concretamente se aprobaron los Anexos I, II y III correspondientes a los formularios
de solicitud, subsanación de solicitud, y alegaciones y presentación de documentos,
respectivamente.
Por todo lo anteriormente expuesto, considerando oportuno proceder a completar los
anexos de la referida convocatoria,
DISPONGO
Primero. Aprobar los formularios de solicitud de modificación de la resolución definitiva
de concesión, de subsanación de la solicitud de modificación de la resolución definitiva
de concesión, de justificación y de alegaciones y presentación de documentos en fase de
justificación, que se acompañan como Anexos IV, V, VI y VII, respectivamente.
Segundo. Los formularios que se aprueban con la presente orden estarán disponibles
en la oficina virtual de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico, a la que se podrá
tener acceso a través de la siguiente dirección electrónica del Catálogo de Procedimientos
y Servicios:
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/24589/datos-basicos.html
Sevilla, 21 de julio de 2021
PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ
Consejera de Cultura y Patrimonio Histórico
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00196468
Tercero. Las solicitudes y demás documentos se presentarán de forma electrónica
en el registro telemático único de la Junta de Andalucía, a través de la oficina virtual de
la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico, a la que se podrá acceder a través de la
siguiente dirección electrónica del Catálogo de Procedimientos y Servicios:
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/24589/datos-basicos.html
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 145 - Jueves, 29 de julio de 2021
página 73
1. Disposiciones generales
Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico
Orden de 21 de julio de 2021, complementaria de la Orden de 14 de mayo de
2021, por la que se efectúa la convocatoria de subvenciones en régimen de
concurrencia no competitiva para la reactivación de actos culturales promovidos
por Agrupaciones, Consejos, Federaciones, Uniones u otras entidades de análoga
naturaleza que integren hermandades y cofradías de Andalucía en 2021, como
consecuencia de la crisis sanitaria generada por el coronavirus (COVID-19).
El Decreto-ley 5/2021, de 30 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito
económico como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19),
para el sector de las agencias de viajes, para la reactivación de actos culturales
promovidos por Agrupaciones, Consejos, Federaciones, Uniones u otras entidades de
análoga naturaleza que integren hermandades y cofradías de Andalucía en 2021, para el
mantenimiento de la actividad de los sectores del comercio minorista y de la hostelería, y
se modifican otras disposiciones (BOJA extraordinario núm. 27, de 31 de marzo), aprobó
en su Capítulo II las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen
de concurrencia no competitiva, para la reactivación de actos culturales promovidos por
Agrupaciones, Consejos, Federaciones, Uniones u otras entidades de análoga naturaleza
que integren hermandades y cofradías de Andalucía en 2021, como consecuencia de la
crisis sanitaria generada por el coronavirus (COVID-19).
Mediante Orden de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico, de 14 de mayo
de 2021 (BOJA núm. 96, de 21 de mayo), se convocó para el año 2021 las subvenciones
reguladas en el Capítulo II del Decreto-ley 5/2021, de 30 de marzo, antes citado.
Concretamente se aprobaron los Anexos I, II y III correspondientes a los formularios
de solicitud, subsanación de solicitud, y alegaciones y presentación de documentos,
respectivamente.
Por todo lo anteriormente expuesto, considerando oportuno proceder a completar los
anexos de la referida convocatoria,
DISPONGO
Primero. Aprobar los formularios de solicitud de modificación de la resolución definitiva
de concesión, de subsanación de la solicitud de modificación de la resolución definitiva
de concesión, de justificación y de alegaciones y presentación de documentos en fase de
justificación, que se acompañan como Anexos IV, V, VI y VII, respectivamente.
Segundo. Los formularios que se aprueban con la presente orden estarán disponibles
en la oficina virtual de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico, a la que se podrá
tener acceso a través de la siguiente dirección electrónica del Catálogo de Procedimientos
y Servicios:
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/24589/datos-basicos.html
Sevilla, 21 de julio de 2021
PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ
Consejera de Cultura y Patrimonio Histórico
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00196468
Tercero. Las solicitudes y demás documentos se presentarán de forma electrónica
en el registro telemático único de la Junta de Andalucía, a través de la oficina virtual de
la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico, a la que se podrá acceder a través de la
siguiente dirección electrónica del Catálogo de Procedimientos y Servicios:
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/24589/datos-basicos.html