Disposiciones generales. . (2021/142-4)
Orden de 19 de julio de 2021, por la que se convoca para el ejercicio 2021, la selección, en régimen de concurrencia competitiva, de actuaciones de fomento del parque de viviendas protegidas en alquiler en Andalucía, y la concesión de las correspondientes subvenciones.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 142 - Lunes, 26 de julio de 2021
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correspondientes, aprobadas por la Orden 16 de junio de 2021, de la Consejería de
Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, en adelante Bases Reguladoras.
3. De igual forma, se aprueban por la presente orden:
a) Anexo I: Modelo de solicitud y subsanación.
b) Anexo II: Modelo de aceptación, desistimiento y alegaciones/aportación documentación.
c) Anexo III: Modelo de solicitud de abono y justificación.
Segundo. Objeto.
La presente convocatoria tiene por objeto la selección de actuaciones de fomento del
parque de viviendas protegidas en alquiler, de conformidad con lo establecido en el Plan Vive
en Andalucía, de vivienda, rehabilitación y regeneración urbana de Andalucía 2020-2030,
incluyendo también las ayudas recogidas en el Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo,
por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.
Tercero. Requisitos para solicitar la subvención.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas convocadas las personas que cumplan los
requisitos regulados en la base reguladora tercera, debiendo cumplir las actuaciones que
se presenten los requisitos de la base cuarta.

Quinto. Solicitudes.
1. Las solicitudes de ayuda irán dirigidas a la persona titular de la Secretaría General
de Vivienda y se presentarán conforme al modelo publicado como Anexo I de la presente
orden.
2. Tanto la solicitud como los demás modelos publicados se podrán obtener en el
Portal de la Administración de la Junta de Andalucía, en la página web de la Consejería
de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio.
3. Las solicitudes podrán presentarse exclusivamente por vía electrónica, en la
Oficina Virtual de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio,
accesible a través de la dirección web
https://juntadeandalucia.es/organismos/fomentoinfraestructurasyordenaciondelterritorio.html
4. La documentación a aportar con la solicitud según la base novena, se ordenará en
tres archivos con el siguiente contenido y denominación:
a) 1DESCR: Memoria descriptiva de la actuación, que incluirá cuadro de superficie
útil subvencionable por vivienda y planos de emplazamiento del edificio y descriptivos de
sus plantas y alzados.
b) 2COSTE: Memoria económica que incluya el coste subvencionable previsto de la
actuación, conforme a lo establecido en el apartado 3 de la base quinta, estudio de la
viabilidad económica, tanto para la ejecución como para el mantenimiento, y justificación
de disponibilidad o previsión de la misma.
c) 3OTROS: Documentación que deba ser tenida en cuenta para la baremación, de
acuerdo con los criterios establecidos en la base decimoprimera, en sus apartados 1 c),
d), e), g), i), y j).
5. La documentación que deba presentarse en el trámite de audiencia previsto en
la base decimosegunda, o cuando se presente junto con la solicitud, se incluirá en dos
archivos:
a) Un archivo denominado 4IDPRO que incluirá:
- Escritura de constitución de la entidad y acreditación de la representación, mediante
poder, excepto en el caso de que la entidad solicitante sea una administración
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días contado desde el día
siguiente a aquel en que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el
extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.