Disposiciones generales. . (2021/138-1)
Resolución de 21 de junio de 2021, de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas, correspondiente al año 2021, destinadas a financiar la contratación de jóvenes investigadores y personal técnico de apoyo de I+D+i por los agentes públicos no universitarios del Sistema Andaluz del Conocimiento, en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil y de la Iniciativa de Empleo Juvenil.
21 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 138 - Martes, 20 de julio de 2021
página 18

Se consideran servicios generales de investigación aquellos servicios dependientes de
la entidad o centro solicitante que ofrecen recursos en equipamiento científico avanzado y
proporcionan apoyo funcional e instrumental al desarrollo de la actividad investigadora.
Se consideran servicios de gestión de investigación aquellos servicios o unidades
administrativas dependientes de la entidad o centro solicitante que realicen funciones
administrativas de apoyo a la investigación.
Noveno. Revisión y subsanación de las solicitudes.
Si tras la revisión de las solicitudes presentadas se detectara el incumplimiento de
alguno de los requisitos establecidos en la convocatoria o se detectaran en la solicitud
errores subsanables, el órgano instructor requerirá de manera conjunta a las entidades
solicitantes para que, en un plazo común de cinco (5) días hábiles, procedan a la
subsanación de las mismas, con la indicación de que, si así no lo hicieran, se les tendrá
por desistidas de su solicitud de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, previa resolución que deberá ser dictada en los términos del artículo 21 de la
referida ley. La publicación íntegra de dicho acto se realizará en las mismas direcciones
de internet de esta Consejería.

Undécimo. Propuesta provisional y trámite de audiencia.
1. Una vez evaluadas las solicitudes, la Comisión de Selección y Evaluación prevista en
el apartado 13 de la orden reguladora, en función de las disponibilidades presupuestarias,
formulará la propuesta provisional de concesión de las ayudas. La Comisión de Selección
y Evaluación de Incentivos podrá solicitar informe o asistencia técnica sobre la valoración
de las solicitudes a la Dirección de Evaluación y Acreditación de la Agencia Andaluza del
Conocimiento.
A tales efectos serán propuestas para financiación las actuaciones que tengan una
puntuación igual o superior a 50 puntos. Si las disponibilidades presupuestarias no
permiten financiar todos los contratos solicitados, la Comisión de Selección y Evaluación
efectuará una propuesta de distribución del número de contratos a conceder por
entidad, teniendo en cuenta la puntuación obtenida hasta donde alcance la financiación
disponible.
En el caso de propuestas que obtengan igual puntuación durante el proceso de
evaluación, a efectos de resolver el empate, éste se dirimirá a favor de la actuación que
tenga mayor puntuación en la valoración de los criterios anteriores, según el orden en el
que se citan. Si persistiera el empate, éste se dirimirá a favor de la solicitud de la entidad
presentada en primer lugar.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00195984

Décimo. Evaluación de las solicitudes.
Las propuestas presentadas serán evaluadas de acuerdo con los siguientes criterios,
no pudiendo superar las siguientes puntuaciones en cada apartado de su valoración,
sobre una puntuación máxima de 100:
a) Calidad y contenido del plan de formación. Se valorarán las actividades de formación
y capacitación propuestas. Se describirán el contenido, los medios y los recursos del plan
de actividades. Puntuación: de 0 a 40 puntos.
b) Necesidad e impacto en la entidad de la actividad a desarrollar por el personal
contratado. Se valorará la necesidad a la que se da cobertura y las mejoras previstas en
la investigación o en la prestación del servicio. Puntuación: de 0 a 30 puntos.
c) Mejora de la empleabilidad del personal que se contrate. Se incluye en la valoración
aspectos tales como la experiencia a adquirir por el personal en la actividad a desarrollar,
el interés y proyección de futuro de dicha actividad, y el reconocimiento que posea el
centro donde se desarrolle la misma. Puntuación: de 0 a 30 puntos.