Disposiciones generales. . (2021/138-1)
Resolución de 21 de junio de 2021, de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas, correspondiente al año 2021, destinadas a financiar la contratación de jóvenes investigadores y personal técnico de apoyo de I+D+i por los agentes públicos no universitarios del Sistema Andaluz del Conocimiento, en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil y de la Iniciativa de Empleo Juvenil.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 138 - Martes, 20 de julio de 2021
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de Universidades, Investigación y Tecnología la competencia para la resolución de los
procedimientos de concesión de las subvenciones previstas en la citada orden.
Con base en lo establecido anteriormente esta Secretaría General de Universidades,
Investigación y Tecnología,
R ES U ELV E
Primero. Objeto y finalidad de la convocatoria.
1. La presente resolución de convocatoria tiene por objeto aprobar la convocatoria de
ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la contratación por parte
de las entidades beneficiarias de jóvenes investigadores y personal técnico de apoyo de
I+D+i, inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, mediante procesos
de selección competitivos, y con cumplimiento estricto de los principios de igualdad,
transparencia, publicidad y objetividad.
2. La finalidad de esta convocatoria es la concesión de ayudas a personas jóvenes,
de más de dieciséis y menos de 30 años, de una duración máxima de doce meses, para
mejorar la formación y la empleabilidad de jóvenes investigadores y personal técnico de
apoyo y de gestión de I+D a través de su contratación laboral por los agentes públicos
no universitarios del Sistema Andaluz del Conocimiento, a la vez que se refuerzan
las actividades de investigación de los mismos y el rendimiento de infraestructuras,
equipamientos científico-técnicos, laboratorios o cualquier otra instalación o servicio de
carácter general o de uso común de la entidad, de carácter científico-técnico.

Tercero. Características y requisitos de la actuación.
1. Para la consecución de los objetivos perseguidos a través de esta actuación, las
entidades solicitantes deberán presentar las correspondientes propuestas formativas y de
contratación, siendo dichas entidades las que efectuarán, en caso de resultar beneficiarias
de las ayudas, los procesos de selección y contratación del personal, de conformidad con
lo previsto en el apartado 23.b.3.º de la orden reguladora.
2. La ejecución de estas actuaciones por parte de las entidades beneficiarias deberán
ajustarse al período de subvencionabilidad especificado en el artículo 38 de la Orden de
30 de mayo de 2019, por la que se establecen normas para la gestión y coordinación
de las intervenciones cofinanciadas con fondos europeos en el ámbito de la Comunidad
Autónoma de Andalucía para el período de programación 2014-2020 (BOJA núm. 107,
de 6.6.2019).
A tales efectos, las entidades y centros beneficiarios dispondrán de un plazo de cuatro
meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución de concesión,
para convocar y resolver los correspondientes procesos de selección, así como formalizar
los contratos e incorporar al personal contratado. En casos excepcionales y debidamente
justificados, se podrá solicitar una ampliación de este plazo por un periodo máximo de dos
meses. En cualquier caso, el plazo de ejecución de la ayuda y por tanto de finalización
de los contratos laborales tendrá como fecha límite la establecida en la resolución de
concesión de estas ayudas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Segundo. Beneficiarios de las ayudas.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los organismos y centros de investigación no
universitarios, calificados como agentes públicos del Sistema Andaluz del Conocimiento
e inscritos en el Registro Electrónico de Agentes, regulado mediante Decreto 254/2009,
de 26 de mayo. En el caso de las fundaciones públicas, además, deberán estar inscritas
y estar al día de las obligaciones en el correspondiente Registro de Fundaciones de la
Junta de Andalucía.