Disposiciones generales. . (2021/138-2)
Resolución de 14 de julio de 2021, de la Secretaría General de Políticas Sociales, Voluntariado y Conciliación, por la que se ordena la publicación de objetivos estratégicos de la Consejería.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 138 - Martes, 20 de julio de 2021
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momento en que se publique el correspondiente documento estratégico. Todo ello dentro
de las competencias que el Decreto 106/2019, de 12 de febrero, por el que se establece
la estructura orgánica de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación,
otorga a la Secretaría General de Políticas Sociales, Voluntariado y Conciliación y centros
directivos dependientes de ella.
Por otra parte, es importante destacar que la determinación de estos objetivos
estrátegicos no solo debe constituir un referente interno de la Administración en el diseño
de sus líneas de actuación sino que también debe entenderse como la conformación
de una serie de pautas susceptibles de ser conocidas por los ciudadanos con el fin de
garantizar la transparencia de la actividad de la propia Administración relacionada con el
funcionamiento y el control de la actuación pública por parte de la propia ciudadanía y de
la sociedad en general favoreciendo la participación ciudadana.
La materia objeto de la presente resolución podría encuadrarse, en consecuencia, en
el ámbito establecido con un carácter indudablemente más amplio por el artículo 12.1 de la
Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía: «Las administraciones
públicas (…) publicarán los planes y programas anuales y plurianuales en los que se
fijen objetivos concretos, así como las actividades, medios y tiempo previsto para su
consecución», que a su vez constituye una manifestación de las obligaciones que en
materia de publicidad activa corresponden a la Administración de la Junta de Andalucía.
Es decir, si bien como ya se ha apuntado, dicha resolución no constituye por si misma un
documento estratégico en la medida anteriormente descrita, su publicidad debe de estar
sometida a las mismas directrices normativas que aquel.
En consonancia con lo anterior dichos objetivos ya se encuentran alineados con los
recogidos en los distintos Programas Presupuestarios reflejados en los Anexos de la Ley
3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía
para el año 2021, así como con los Objetivos de Desarrollo Sostenible que se fijaron
dentro de la Agenda 2030 sobre el desarrollo sostenible.
En su virtud, esta Secretaría General, en ejercicio de las competencias atribuidas por
el Decreto 106/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, modificado por el Decreto
119/2020, de 8 de septiembre y el Decreto 228/2020, de 29 de diciembre, por el que se
modifica el Decreto 105/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del Servicio Andaluz de Salud, así como
el Decreto 106/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación,
R ES U ELV E
Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de los objetivos
estratégicos de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación que se
adjuntan como anexo a la presente resolución.

00195952

Sevilla, 14 de julio de 2021.- El Secretario General, Daniel Salvatierra Mesa.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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