Disposiciones generales. . (2021/135-7)
Resolución de 9 de julio de 2021, de la Universidad de Huelva, por la que se convocan Ayudas para la recualificación del sistema universitario español para 2021-2023 de acuerdo con el Real Decreto 289/2021, de 20 de abril, y la Orden UNI/551/2021, de 26 de mayo.
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Número 135 - Jueves, 15 de julio de 2021
página 167
Modalidad B. Ayudas para la recualificación del profesorado universitario
El objeto de estas ayudas es la recualificación del profesorado universitario funcionario
(Titular de Universidad) o contratado (en las categorías de Contratado Doctor, o Ayudante
Doctor) de la Universidad de Huelva mediante estancias de formación en una universidad
o centro de investigación público nacional o extranjero distinto a la Universidad de Huelva.
Estas ayudas tendrán una duración de un año. Podrían solicitarse y disfrutarse en un solo
periodo de un año o en dos periodos de seis meses cada uno, con un periodo máximo
de 12 meses entre ambos periodos, no pudiendo finalizar después del 31 de diciembre
de 2024. Para ello, habrán de obtener la correspondiente licencia del vicerrectorado
competente en materia de profesorado, la cual tendrá los efectos económicos que de la
misma se deriven en el marco de lo dispuesto por el Real Decreto 898/1985, de 30 de
abril, sobre régimen del profesorado universitario y la normativa propia de la Universidad
de Huelva que resulte aplicable.
Modalidad C. Ayudas María Zambrano para la atracción de talento internacional.
El objeto de estas ayudas es la atracción a la Universidad de Huelva de personal
docente e investigador con trayectoria posdoctoral acumulada en universidades o
centros de investigación extranjeros. Estas ayudas estarán dirigidas a personal docente
e investigador, de nacionalidad española o de otro país, con una trayectoria posdoctoral
acumulada no inferior a veinticuatro meses en universidades o centros de investigación
situados fuera de España, diferentes al de la defensa de la tesis doctoral. Tendrán
una duración de uno o, excepcionalmente, dos años. Solamente pueden solicitarse y
disfrutarse de forma continuada. Las estancias deberán comenzar en un plazo máximo de
tres meses desde la publicación de la resolución definitiva de concesión, salvo que se dé
alguna de las causas justificadas recogidas en el punto 4 de la base tercera de la presente
convocatoria, y la solicitud de retraso sea autorizada, no pudiendo finalizar después del
31 de diciembre de 2024. En caso de que la vinculación de la persona solicitante con su
institución de procedencia lo permita, situación jurídica del solicitante lo permita podrá
formalizarse relación contractual.
2. Se destina el 50% de la cuantía de la subvención concedida a la Universidad de
Huelva en el marco de la recualificación del Sistema Universitario Español a la Modalidad
A Margarita Salas para la formación de jóvenes doctores; y un 25% de las cuantías,
respectivamente, a la Modalidad B Ayudas para la recualificación del profesorado
universitario funcionario o contratado y a la Modalidad C Ayudas María Zambrano para
la atracción de talento internacional, de acuerdo con los criterios de distribución que se
establecen en el Anexo I de la presente resolución.
En el supuesto de que una vez otorgadas las ayudas, quedara del importe destinado
a las Modalidades B o C cantidades sin asignar, éstas pasarían a incrementar la cuantía
destinada a la modalidad A.
3. Se reserva un porcentaje del 2% de la cuantía destinada a cada una de las
modalidades de ayudas a ayudas para personas con una discapacidad reconocida igual
o superior al treinta y tres por ciento. Cuando estas personas superen la puntuación
mínima establecida tendrán derecho al otorgamiento de la ayuda hasta el límite del 2%,
aunque tuvieran una puntuación inferior a la del resto de las personas candidatas. El
otorgamiento de las ayudas en cada una de las modalidades en este cupo de reserva se
hará de acuerdo con la puntuación normalizada obtenida por cada una de las personas
candidatas. Las cuantías de las ayudas reservadas para personas con discapacidad que
queden desiertas se acumularán al resto de ayudas en cada una de las modalidades
de la reserva. Se elaborará una lista de reserva para este turno en cada una de las
modalidades de ayudas con las personas solicitantes que no hubiesen obtenido ayudas,
habiendo superado la puntuación mínima, en la resolución definitiva de concesión para
los supuestos de renuncias o abandono que se produzcan en el ámbito de esta reserva.
4. Se permitirá la interrupción de la ayuda o el retraso en la incorporación por causas
debidamente justificadas. El periodo interrumpido es irrecuperable y durante éste la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00195679
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 167
Modalidad B. Ayudas para la recualificación del profesorado universitario
El objeto de estas ayudas es la recualificación del profesorado universitario funcionario
(Titular de Universidad) o contratado (en las categorías de Contratado Doctor, o Ayudante
Doctor) de la Universidad de Huelva mediante estancias de formación en una universidad
o centro de investigación público nacional o extranjero distinto a la Universidad de Huelva.
Estas ayudas tendrán una duración de un año. Podrían solicitarse y disfrutarse en un solo
periodo de un año o en dos periodos de seis meses cada uno, con un periodo máximo
de 12 meses entre ambos periodos, no pudiendo finalizar después del 31 de diciembre
de 2024. Para ello, habrán de obtener la correspondiente licencia del vicerrectorado
competente en materia de profesorado, la cual tendrá los efectos económicos que de la
misma se deriven en el marco de lo dispuesto por el Real Decreto 898/1985, de 30 de
abril, sobre régimen del profesorado universitario y la normativa propia de la Universidad
de Huelva que resulte aplicable.
Modalidad C. Ayudas María Zambrano para la atracción de talento internacional.
El objeto de estas ayudas es la atracción a la Universidad de Huelva de personal
docente e investigador con trayectoria posdoctoral acumulada en universidades o
centros de investigación extranjeros. Estas ayudas estarán dirigidas a personal docente
e investigador, de nacionalidad española o de otro país, con una trayectoria posdoctoral
acumulada no inferior a veinticuatro meses en universidades o centros de investigación
situados fuera de España, diferentes al de la defensa de la tesis doctoral. Tendrán
una duración de uno o, excepcionalmente, dos años. Solamente pueden solicitarse y
disfrutarse de forma continuada. Las estancias deberán comenzar en un plazo máximo de
tres meses desde la publicación de la resolución definitiva de concesión, salvo que se dé
alguna de las causas justificadas recogidas en el punto 4 de la base tercera de la presente
convocatoria, y la solicitud de retraso sea autorizada, no pudiendo finalizar después del
31 de diciembre de 2024. En caso de que la vinculación de la persona solicitante con su
institución de procedencia lo permita, situación jurídica del solicitante lo permita podrá
formalizarse relación contractual.
2. Se destina el 50% de la cuantía de la subvención concedida a la Universidad de
Huelva en el marco de la recualificación del Sistema Universitario Español a la Modalidad
A Margarita Salas para la formación de jóvenes doctores; y un 25% de las cuantías,
respectivamente, a la Modalidad B Ayudas para la recualificación del profesorado
universitario funcionario o contratado y a la Modalidad C Ayudas María Zambrano para
la atracción de talento internacional, de acuerdo con los criterios de distribución que se
establecen en el Anexo I de la presente resolución.
En el supuesto de que una vez otorgadas las ayudas, quedara del importe destinado
a las Modalidades B o C cantidades sin asignar, éstas pasarían a incrementar la cuantía
destinada a la modalidad A.
3. Se reserva un porcentaje del 2% de la cuantía destinada a cada una de las
modalidades de ayudas a ayudas para personas con una discapacidad reconocida igual
o superior al treinta y tres por ciento. Cuando estas personas superen la puntuación
mínima establecida tendrán derecho al otorgamiento de la ayuda hasta el límite del 2%,
aunque tuvieran una puntuación inferior a la del resto de las personas candidatas. El
otorgamiento de las ayudas en cada una de las modalidades en este cupo de reserva se
hará de acuerdo con la puntuación normalizada obtenida por cada una de las personas
candidatas. Las cuantías de las ayudas reservadas para personas con discapacidad que
queden desiertas se acumularán al resto de ayudas en cada una de las modalidades
de la reserva. Se elaborará una lista de reserva para este turno en cada una de las
modalidades de ayudas con las personas solicitantes que no hubiesen obtenido ayudas,
habiendo superado la puntuación mínima, en la resolución definitiva de concesión para
los supuestos de renuncias o abandono que se produzcan en el ámbito de esta reserva.
4. Se permitirá la interrupción de la ayuda o el retraso en la incorporación por causas
debidamente justificadas. El periodo interrumpido es irrecuperable y durante éste la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00195679
BOJA
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