Disposiciones generales. . (2021/135-7)
Resolución de 9 de julio de 2021, de la Universidad de Huelva, por la que se convocan Ayudas para la recualificación del sistema universitario español para 2021-2023 de acuerdo con el Real Decreto 289/2021, de 20 de abril, y la Orden UNI/551/2021, de 26 de mayo.
20 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 135 - Jueves, 15 de julio de 2021
página 164

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en concordancia con el
artículo 67 de su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
La Universidad de Huelva, en el contexto referido, es beneficiaria de una cantidad
de 883.127€ para las anualidades 2021, 2022 y 2023, debiendo convocar un mínimo de
18 ayudas, de acuerdo con la regulación estatal antes señalada.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto tanto en el Real Decreto 289/2021, de 20 de
abril, como en la orden UNI/551/2021, de 26 de mayo, para contribuir a la consecución de
los anteriores objetivos, en el ejercicio de las competencias conferidas por el artículo 31.s)
en relación con el art. 31.m) de los Estatutos de la Universidad de Huelva, aprobados
por el Decreto 232/2011, de 11 de julio, y modificados por el Decreto 35/2018, de 6 de
febrero,
R ES U ELVO
Primero. Aprobar la Convocatoria de Ayudas de la Universidad de Huelva para la
recualificación del Sistema Universitario Español para 2021-2023, conforme a las
condiciones dispuestas en el Anexo I de esta resolución, que dispone los requisitos de
solicitud de las ayudas convocadas, procedimiento de adjudicación y obligaciones de las
personas beneficiarias.
Segundo. Ordenar su publicación conforme a lo establecido en la Orden
UNI/551/2021, de 26 de mayo, por la que se conceden las subvenciones previstas en el
Real Decreto 289/2021, de 20 de abril.
Anexo I

Primera. Objeto de la convocatoria y régimen jurídico.
Segunda. Publicidad.
Tercera. Modalidades y distribución del número de ayudas.
Cuarta. Cuantía de las ayudas y detalle del concepto financiado.
Quinta. Requisitos exigidos a las personas candidatas.
Sexta. Órganos competentes.
Séptima. Comisión de Selección.
Octava. Plazo de solicitud.
Novena. Subsanación.
Décima. Procedimiento de evaluación de las solicitudes y selección de las personas
beneficiarias.
Decimoprimera. Resolución definitiva de concesión.
Decimosegunda. Nombramiento de suplentes.
Decimotercera. Obligaciones de las personas adjudicatarias.
Decimocuarta. Pago y justificación de las ayudas.
Decimoquinta. Pérdida de derecho al cobro y reintegro.
Decimosexta. Tratamiento de datos de carácter personal.
Decimoséptima. Delegación de firma.
Decimoctava. Ejecución de la convocatoria.
Anexo I. Distribución del número de ayudas y criterios de adjudicación.
Anexo II. Comisión de Evaluación.
Anexo III. Documentación requerida según modalidad de ayuda solicitada.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00195679

Requisitos para la solicitud de las Ayudas convocadas, procedimiento
de adjudicación y obligaciones de las personas beneficiarias