Disposiciones generales. . (2021/135-7)
Resolución de 9 de julio de 2021, de la Universidad de Huelva, por la que se convocan Ayudas para la recualificación del sistema universitario español para 2021-2023 de acuerdo con el Real Decreto 289/2021, de 20 de abril, y la Orden UNI/551/2021, de 26 de mayo.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 135 - Jueves, 15 de julio de 2021
página 176

Décimosexta. Tratamiento de los datos de carácter personal.
1. Los datos del personal participante recabados en base a su participación en esta
convocatoria serán tratados de conformidad con lo establecido en la normativa vigente
relativa a Protección de Datos de Carácter Personal (Reglamento UE 2016/679, de 27 y
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales). Se informa igualmente de la facultad que ostenta la persona titular
de los datos para ejercer, en cualquier momento, el derecho de acceso, rectificación y
cancelación.
2. La presentación de una solicitud en cualquier modalidad de ayuda de la presente
convocatoria conlleva la aceptación del tratamiento de los datos de carácter personal que
se encuentren o que puedan derivarse de la misma, única y exclusivamente dentro de los
fines de la presente convocatoria.
Decimoséptima. Delegación de firma
Queda delegada en el Vicerrector de Investigación y Transferencia, la firma de
los distintos documentos, anexos y resoluciones, incluida la resolución definitiva de
adjudicación, derivados de la presente convocatoria. En las resoluciones y actos que
se firmen se deberá hacer constar expresamente que se realizan en virtud de esta
delegación.
Decimoctava. Ejecución de la convocatoria
Se autoriza al Vicerrector de Investigación y Transferencia a dictar cuantas resoluciones
e instrucciones sean necesarias para la ejecución de la presente convocatoria y, en
particular, a nombrar a las personas sustitutas de los miembros de las Comisiones de
Evaluación cuando quedaran vacantes.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse,
ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Huelva, recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de
publicación de esta resolución, según disponen los artículos 4.1, 8.3, 14 y 46.1 de la
Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o,
con carácter potestativo, recurso de reposición ante este Rectorado, en el plazo de un
mes, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución, de
conformidad con los artículos 112.1 , 123.1 y 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Huelva, 9 de julio de 2021.- La Rectora, María Antonia Peña Guerrero.
ANEXO I

Se seleccionan las solicitudes con más de 80 puntos. Las solicitudes que hayan
obtenido menos de 80 puntos no se consideran en el proceso descrito a continuación de
adjudicación de ayudas, ni para la elaboración de las listas de candidatos suplentes.
Se normalizarán los valores de las evaluaciones obtenidas por aquellas solicitudes
que tengan una puntuación mínima de 80 puntos, tomando como referencia el valor medio
aritmético en cada rama de conocimiento de las propuestas que cumplan este requisito.
a. El ordenamiento de solicitudes se realizará por puntuación global normalizada.
b. En caso de empate de solicitudes se priorizarán según el siguiente orden:
- Puntuación del CVA normalizada.
- Puntuación del historial científico-técnico del grupo receptor normalizada.
- Puntuación de la memoria justificativa normalizada.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00195679

Distribución del número de ayudas y criterios de adjudicación