Disposiciones generales. . (2021/135-4)
Resolución de 7 de julio de 2021, de la Secretaría General de Investigación, Desarrollo e Innovación en Salud, por la que se convocan subvenciones para la financiación de la investigación, desarrollo e innovación en Biomedicina y en Ciencias de la Salud en Andalucía, para el año 2021.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 135 - Jueves, 15 de julio de 2021
página 87

Cuarto. Financiación.
1. Las subvenciones objeto de la presente convocatoria, se concederán de acuerdo con
las disponibilidades presupuestarias existentes, con cargo a los créditos presupuestarios
del programa 41K de la Consejería de Salud y Familias y por una cuantía máxima de
2.500.000,00 euros, con la siguiente distribución:
Ejercicio
2021
2021
2022
2022
2023
2023

Artículos
G/41K/44202/00
G/41K/44602/00
G/41K/44202/00
G/41K/44602/00
G/41K/44202/00
G/41K/44602/00

Crédito
730.356,00 €
519.644,00 €
365.178,00 €
259.822,00 €
365.178,00 €
259.822,00 €

Quinto. Presentación de las solicitudes y tramitación de las subvenciones.
1. Conforme a lo indicado en los artículos 10 y 11 de las Bases Reguladoras Tipo,
las solicitudes de las subvenciones para las distintas líneas convocadas se presentarán
ajustándose a los formularios que figuran como Anexo I de la presente resolución,
y exclusivamente en el Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de
Andalucía, a través de la siguiente dirección electrónica:
www.sspa.juntadeandalucia.es/fundacionprogresoysalud/gestionconvocatorias
En el caso de que el importe de la subvención de la propuesta de resolución provisional
sea inferior al que figura en la solicitud presentada, se podrá instar del beneficiario a la
reformulación de su solicitud para ajustar los compromisos y condiciones a la subvención
otorgable, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
2. La tramitación y el procedimiento para la concesión de las subvenciones objeto de
la presente convocatoria, se regirán por lo previsto el Apartado 11 del Cuadro Resumen
de la citada Orden de 27 de mayo de 2020, modificada por la Orden de 27 de abril de
2021, y el artículo 12 de las Bases Reguladoras Tipo, siendo el plazo de presentación de
las solicitudes de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del Extracto de la presente Convocatoria.
3. El plazo máximo para resolver y publicar la resolución de la convocatoria será de
seis meses y se computará a partir del día siguiente al de finalización del plazo para la
presentación de solicitudes. El vencimiento del plazo máximo sin que se hubiese dictado
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00195740

2. La cuantía máxima destinada a cada línea de subvención será la siguiente:
a) Proyectos de investigación en Salud de temática general: 1.500.000,00 euros.
b) Proyectos de investigación e innovación de colaboración público-privada:
1.000.000,00 de euros
3. Según dispone el artículo 5.5 de las Bases Reguladoras Tipo, eventuales aumentos
sobrevenidos en el crédito disponible, posibilitarán una resolución complementaria
de concesión de la subvención que incluya solicitudes que, aun cumpliendo todos los
requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del mismo.
4. En caso de existir créditos sobrantes de alguna modalidad, por no existir suficientes
solicitudes subvencionables para cubrir el crédito inicialmente estimado, mediante
resolución de la Secretaría General de Investigación, Desarrollo e Innovación en Salud
se podrá realizar una modificación en la distribución por modalidades con la finalidad de
atender el interés general y dar cumplimiento al principio de eficiencia en la asignación y
utilización de los recursos públicos, sin modificar el importe máximo de la línea convocada.
Dicha resolución será publicada en el portal de gestión de convocatorias, www.sspa.
juntadeandalucia.es/fundacionprogresoysalud/gestionconvocatorias, con antelación a la
publicación de la propuesta de resolución provisional.