Disposiciones generales. . (2021/135-6)
Orden de 6 de julio de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para residencias artísticas en el Centro de Creación Contemporánea de Andalucía, en Córdoba.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 135 - Jueves, 15 de julio de 2021
página 147

Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 6 de junio de 2021
PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ

Consejera de Cultura y Patrimonio Histórico

BASES REGULADORAS DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE
CONCURRENCIA COMPETITIVA, PARA RESIDENCIAS ARTÍSTICAS EN EL CENTRO
DE CREACIÓN CONTEMPORÁNEA DE ANDALUCÍA, EN CÓRDOBA

Artículo 2. Régimen jurídico.
Las subvenciones objeto de las presentes bases reguladoras, se regirán por lo previsto
en las mismas y en las siguientes normas:
a) Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de acuerdo con lo
establecido en su disposición final primera.
b) Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, de acuerdo con lo establecido en
su disposición final primera, así como las demás normas básicas que desarrollen la Ley.
c) Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía,
aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.
d) Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía que esté vigente a
la fecha de aprobación de la correspondiente convocatoria.
e) Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración
de la Junta de Andalucía, aprobado mediante Decreto 282/2010, de 4 de mayo.
f) Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
g) Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00195736

Artículo 1. Objeto de las subvenciones y conceptos subvencionables.
1. Las presentes bases reguladoras tienen por objeto regular la concesión de
subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para residencias artísticas (en
adelante residencias), en el Centro de Creación Contemporánea de Andalucía en Córdoba
(en adelante C3A).A los efectos de esta orden se entiende por residencia artística la
estancia temporal de una persona artista en el C3A al objeto de desarrollar durante ese
tiempo un proyecto artístico.
2. Las residencias tendrán una duración de entre tres y seis meses.
3. Las residencias subvencionadas serán de carácter creativo, investigador e innovador
en cualquiera de las áreas vinculadas a la creación y el arte contemporáneo en todas sus
disciplinas artísticas.
4. Cada residencia subvencionada contará con una persona responsable de la
misma, que ejercerá las funciones de seguimiento del desarrollo de la residencia, apoyo
de la persona residente e informe final del cumplimiento de la residencia, nombrada por
la persona titular de la Dirección del Centro Andaluz de Arte Contemporánea (en adelante
CAAC), entre personas expertas en arte y creación contemporáneas que podrán o no
tener una relación laboral con el CAAC. En el caso de no tener dicha relación laboral se
podrá concertar con estas personas una relación contractual de servicios.
5. Las residencias subvencionadas deberán iniciarse en el año en el que se publique
la convocatoria o en el año inmediatamente posterior, si la resolución de subvención se
hubiere dictado con posterioridad.