Disposiciones generales. . (2021/135-5)
Orden de 2 de julio de 2021, por la que se efectúa convocatoria de subvenciones en el área de regeneración y renovación urbana «La Constancia» en Jerez de la Frontera.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 135 - Jueves, 15 de julio de 2021
página 111
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se presentarán por medios
electrónicos. La solicitud se cumplimentará y se presentará en el Registro Electrónico
Único de la Administración de la Junta de Andalucía, en la dirección electrónica
siguiente:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/24131/como-solicitar.html
4. Las solicitudes de las subvenciones para la financiación de realojos temporales
se cumplimentarán y presentarán por el Ayuntamiento de Jerez de la Frontera o entidad
adscrita al mismo en Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de
Andalucía, en la dirección electrónica siguiente:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/24149/como-solicitar.html
5. Las solicitudes de las subvenciones para la financiación del equipo técnico de
gestión se cumplimentarán y presentarán por el Ayuntamiento de Jerez de la Frontera
o entidad adscrita al mismo en el Registro Electrónico Único de la Administración de la
Junta de Andalucía, en la dirección electrónica siguiente:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/24271/como-solicitar.html
6. En caso de presentación de varias solicitudes por la misma entidad solicitante y
para la misma línea de subvenciones, durante el plazo de presentación de solicitudes, se
entenderá válida la última solicitud registrada.
Octavo. Financiación.
1. La concesión de las subvenciones se financiará, con cargo a los créditos de los
ejercicios 2021 y 2022 de las partidas presupuestarias 1700180000 G/43A/78400/00
S0096 2020000045, 1700180000 G/43A/76400/00 S0096 2020000044, y 1700030000
G/43A/78400/00 01 2020000039, siendo la cuantía total máxima destinada a la presente
convocatoria de 646.846,09 euros, según el siguiente desglose por líneas de subvención,
estando limitada, en todo caso, por las disponibilidades presupuestarias existentes:
a) Subvenciones para la rehabilitación de edificios de tipología residencial colectiva:
Partida presupuestaria
2021
2022
Total
1700182252
G/43A/78400/11 S0096
2020000045
144,875,72 euros
144.875,72 euros
289.751,44 euros
1700032252
G/43A/78400/11 01
2020000039
90.547,33 euros
90.547,32 euros
181.094,65 euros
Total
235.423,05 euros
235.423,04 euros
470.846,09 euros
b) Subvenciones para la financiación de realojos temporales:
Partida presupuestaria
1700182252
G/43A/76400/11 S0096
2020000044
2021
44.000,00 euros
2022
Total
44.000,00 euros
88.000,00 euros
c) Subvenciones para la financiación del equipo técnico de gestión:
1700182252
G/43A/76400/11 S0096
2020000044
2021
44.000,00 euros
2022
Total
44.000,00 euros
88.000,00 euros
2. De acuerdo con lo previsto en el apartado 5 de la base novena de las bases
reguladoras, los eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible posibilitarán
una resolución complementaria de la concesión de la subvención que incluya solicitudes
que, aun cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del
mismo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00195666
Partida presupuestaria
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 135 - Jueves, 15 de julio de 2021
página 111
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se presentarán por medios
electrónicos. La solicitud se cumplimentará y se presentará en el Registro Electrónico
Único de la Administración de la Junta de Andalucía, en la dirección electrónica
siguiente:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/24131/como-solicitar.html
4. Las solicitudes de las subvenciones para la financiación de realojos temporales
se cumplimentarán y presentarán por el Ayuntamiento de Jerez de la Frontera o entidad
adscrita al mismo en Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de
Andalucía, en la dirección electrónica siguiente:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/24149/como-solicitar.html
5. Las solicitudes de las subvenciones para la financiación del equipo técnico de
gestión se cumplimentarán y presentarán por el Ayuntamiento de Jerez de la Frontera
o entidad adscrita al mismo en el Registro Electrónico Único de la Administración de la
Junta de Andalucía, en la dirección electrónica siguiente:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/24271/como-solicitar.html
6. En caso de presentación de varias solicitudes por la misma entidad solicitante y
para la misma línea de subvenciones, durante el plazo de presentación de solicitudes, se
entenderá válida la última solicitud registrada.
Octavo. Financiación.
1. La concesión de las subvenciones se financiará, con cargo a los créditos de los
ejercicios 2021 y 2022 de las partidas presupuestarias 1700180000 G/43A/78400/00
S0096 2020000045, 1700180000 G/43A/76400/00 S0096 2020000044, y 1700030000
G/43A/78400/00 01 2020000039, siendo la cuantía total máxima destinada a la presente
convocatoria de 646.846,09 euros, según el siguiente desglose por líneas de subvención,
estando limitada, en todo caso, por las disponibilidades presupuestarias existentes:
a) Subvenciones para la rehabilitación de edificios de tipología residencial colectiva:
Partida presupuestaria
2021
2022
Total
1700182252
G/43A/78400/11 S0096
2020000045
144,875,72 euros
144.875,72 euros
289.751,44 euros
1700032252
G/43A/78400/11 01
2020000039
90.547,33 euros
90.547,32 euros
181.094,65 euros
Total
235.423,05 euros
235.423,04 euros
470.846,09 euros
b) Subvenciones para la financiación de realojos temporales:
Partida presupuestaria
1700182252
G/43A/76400/11 S0096
2020000044
2021
44.000,00 euros
2022
Total
44.000,00 euros
88.000,00 euros
c) Subvenciones para la financiación del equipo técnico de gestión:
1700182252
G/43A/76400/11 S0096
2020000044
2021
44.000,00 euros
2022
Total
44.000,00 euros
88.000,00 euros
2. De acuerdo con lo previsto en el apartado 5 de la base novena de las bases
reguladoras, los eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible posibilitarán
una resolución complementaria de la concesión de la subvención que incluya solicitudes
que, aun cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del
mismo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00195666
Partida presupuestaria