Disposiciones generales. . (2021/134-1)
Resolución de 7 de julio de 2021, del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, a Asociaciones Juveniles, Federaciones de Asociaciones Juveniles, Secciones Juveniles de otras entidades y Grupos de Corresponsales Juveniles, para la realización de actuaciones en materia de Juventud, para el ejercicio 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 134 - Miércoles, 14 de julio de 2021
página 12

1. Disposiciones generales
Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo
Resolución de 7 de julio de 2021, del Instituto Andaluz de la Juventud, por la
que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, a
Asociaciones Juveniles, Federaciones de Asociaciones Juveniles, Secciones
Juveniles de otras entidades y Grupos de Corresponsales Juveniles, para la
realización de actuaciones en materia de Juventud, para el ejercicio 2021.
El Decreto 100/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la
Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, atribuye a ésta, en su artículo 1.i)
las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma de Andalucía sobre desarrollo,
coordinación y programación de políticas de juventud. Estas competencias se ejercen a
través del Instituto Andaluz de la Juventud, adscrito a la Secretaría General de Ordenación
de la Formación de la citada Consejería, desde el 10 de septiembre de 2020, en virtud del
Decreto 115/2020, de 8 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 100/2019, de 12
de febrero.
Mediante Orden de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo de 25
de junio de 2021, se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones
en régimen de concurrencia competitiva, por el Instituto Andaluz de la Juventud, a
Asociaciones Juveniles, Federaciones de Asociaciones Juveniles, Secciones Juveniles de
otras entidades y Grupos de Corresponsales Juveniles, para la realización de actuaciones
en materia de Juventud (BOJA núm. 124, de 30 de junio de 2021).
La citada orden, en su disposición adicional primera, delega en la persona titular de
la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud la competencia para efectuar,
mediante resolución, la convocatoria pública de estas subvenciones.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 6.3. del citado Decreto,
por el que se atribuye al Instituto Andaluz de la Juventud, entre otras competencias, la
planificación, programación, organización, seguimiento y evaluación de las actuaciones
en materia de Juventud impulsadas por la Administración de la Junta de Andalucía, la
colaboración con otras Administraciones Públicas y Entidades en el ámbito territorial de
nuestra Comunidad Autónoma, y el fomento de la participación, promoción, información y
formación en materia de juventud,

Primero. Convocatoria.
Se efectúa convocatoria pública para la concesión de subvenciones en régimen
de concurrencia competitiva a Asociaciones Juveniles, Federaciones de Asociaciones
Juveniles, Secciones Juveniles de otras entidades y Grupos de Corresponsales
Juveniles, para la realización de actuaciones en materia de Juventud, para el ejercicio
2021. La presente convocatoria se regirá por las Bases Reguladoras para la concesión
de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a Asociaciones Juveniles,
Federaciones de Asociaciones Juveniles, Secciones Juveniles de otras entidades y
Grupos de Corresponsales Juveniles, en materia de Juventud, aprobadas mediante
Orden de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo de 25 de junio de 2021
(BOJA núm. 124, de 30 de junio de 2021), y demás normativa de general aplicación.
Segundo. Objeto.
La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones, en
régimen de concurrencia competitiva, para la realización de actuaciones, dirigidas
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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