5. Anuncios5. Otros anuncios oficiales. . (2021/134-27)
Anuncio de 5 de julio de 2021, del Consorcio Provincial de Bomberos de Málaga, de los Estatutos del Consorcio Provincial para la prestación del servicio de prevención y extinción de incendios y salvamento de Málaga. (PP. 2161/2021).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 134 - Miércoles, 14 de julio de 2021
página 201

establecen unas normas reguladoras de carácter general, las cuales son aprobadas y
aceptadas por los Entes Locales que lo crean y que deberán, también, ser aceptadas
por aquellos otros Entes Locales que, en el futuro, pudieran solicitar su incorporación.
Entre estas normas generales se incluyen, con especial detalle, las previsiones en caso
de separación de Municipios con mayor población o de la Diputación Provincial, para
evitar que esas situaciones pongan en peligro la posible subsistencia del Consorcio si el
resto de los miembros desean mantenerlo, así como para garantizar que se mantenga el
empleo del personal del Consorcio, ya sea dentro del mismo o en los Entes Locales que
lo componen.
Las peculiaridades que pudieran ser necesarias establecer para mantener el equilibrio
de los servicios, tanto por relaciones especiales con algunos Entes consorciados, como
en el caso de incorporación al Consorcio de nuevos miembros, se establecerán a través
de Convenios específicos entre dichos Entes y el Consorcio.
Igualmente, el Consorcio estará abierto a la colaboración con otros organismos
o servicios con iguales o semejantes fines que, en esta u otras provincias o a nivel
autonómico andaluz, existan o puedan existir.
Todo lo antes dicho puede resumirse en que el objetivo último que se persigue con
el presente Consorcio es que se garantice a todos los ciudadanos de los Municipios
consorciados (tengan o no más de 20.000 habitantes) que, ante su llamada de auxilio, se
responderá por los poderes públicos de una manera inmediata y eficaz.
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO 1
Constitución y elementos espaciales y temporales
Artículo 1. Constitución del Consorcio.
Al amparo de lo establecido en el Capítulo VI relativo a los Consorcios del Título II
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; artículos 78
y siguientes de Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía; artículo
57 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; Artículos
118 a 127 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público;
y de conformidad con la previsión recogida en el artículo 26, apartados 3 y 4, de la Ley
2/2002, de 11 de noviembre de 2002, de Gestión de Emergencias en Andalucía, se crea
un Consorcio entre las Entidades Locales que a continuación se relacionan:
- Diputación Provincial de Málaga.
- Ayuntamientos de:

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

00195321

ALAMEDA
ALCAUCÍN
ALFARNATE
ALFARNATEJO
ALGARROBO
ALGATOCÍN
ALHAURÍN DE LA TORRE
ALHAURÍN EL GRANDE
ALMÁCHAR
ALMARGEN
ALMOGÍA
ÁLORA
ALOZAINA
ALPANDEIRE

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