Disposiciones generales. . (2021/133-3)
Orden de 7 de julio de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a impulsar el asociacionismo comercial y artesano, a promocionar y dinamizar el pequeño comercio urbano y a promocionar la artesanía en Andalucía.
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Número 133 - Martes, 13 de julio de 2021
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asociaciones promotoras de los mismos, regulado en la Orden de 6 de julio de 2021, por
la que se establece el procedimiento para la obtención del reconocimiento como Centro
Comercial Abierto de Andalucía. Bajo esta fórmula y al amparo de dicha Orden cuentan
con el reconocimiento de la Administración de la Junta de Andalucía en la actualidad un
total de treinta y ocho Centros Comerciales Abiertos. En paralelo, a través de sucesivas
convocatorias de subvenciones se ha venido prestando un especial apoyo a aquellas
organizaciones de comerciantes que han constituido Centros Comerciales Abiertos. Las
ayudas han sido destinadas a financiar fundamentalmente actuaciones de promoción y
dinamización comercial, pero también al fortalecimiento de la propia asociación, a través
de la financiación de herramientas basadas en Nuevas Tecnologías y otros equipamientos
para la sede de la asociación.
En el ámbito de la artesanía, uno de los objetivos de esta orden es la promoción de
las relaciones de cooperación con el sector artesano andaluz, mediante el impulso del
asociacionismo en todos sus niveles, tanto para la consolidación de las ya existentes,
como para la creación de nuevas asociaciones, federaciones y confederaciones de
artesanos y artesanas, como fórmula de organización que favorece los intereses de todo
el colectivo artesanal, así como su interlocución con la Administración.
Mediante Orden de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio de 20 de octubre de
2016, se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen
de concurrencia competitiva en materia de comercio destinadas a promover las relaciones
de cooperación del sector comercial andaluz, así como a impulsar el asociacionismo
comercial en todos sus niveles y la creación y consolidación de los Centros Comerciales
Abiertos (modalidad ASC-CCA). En materia de artesanía, las ayudas al asociacionismo
se regulan mediante Orden de 21 de julio de 2016, por la que se aprueban las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva,
para el impulso del Asociacionismo y Promoción Comercial en materia de artesanía,
a conceder en favor de asociaciones, federaciones y confederaciones de artesanos y
artesanas y en favor de empresas, personas físicas o jurídicas, Artesanas (modalidad
ARA/E). En ambos casos, se han tramitado dos convocatorias anuales en los ejercicios
2017 y 2018. La experiencia acumulada en la gestión de estas dos convocatorias, y
algunos cambios normativos, hacen necesario adaptar las bases reguladoras con el fin
de agilizar el procedimiento administrativo.
Motivos de eficacia y eficiencia administrativa aconsejan que se regulen en unas
únicas bases reguladoras las ayudas dirigidas al fomento del asociacionismo y la
promoción y dinamización del comercio y la promoción de la artesanía.
Se han introducido determinadas modificaciones respecto a las últimas convocatorias
con el fin de acortar los plazos de resolución. Estas bases se elaboraron siguiendo el
modelo de las bases tipo aprobadas por la Consejería de Hacienda y Administración
Pública mediante Orden de 5 de octubre de 2015. Mediante Orden de 20 de diciembre
de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la
Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen
de concurrencia competitiva, se aprobaron unas nuevas bases tipo, con un contenido
similar a las anteriores pero adaptando el procedimiento a la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tanto las bases tipo de 2015 como las nuevas bases tipo aprobadas en 2019,
pretenden constituir un procedimiento de simplificación, puesto que no se exige a los
participantes en las convocatorias de concurrencia competitiva la presentación junto a
la solicitud de subvención de ningún otro documento. Sin embargo, con la experiencia
acumulada en el desarrollo de varias convocatorias en concurrencia competitiva al amparo
de las bases tipo, se ha comprobado que esta pretendida simplificación no ha sido tal, ya
que la valoración de los proyectos presentados en base a la información contenida en la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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