3. Otras disposiciones. . (2021/133-12)
Orden de 6 de julio de 2021, por la que se establece la regulación del procedimiento para la obtención del reconocimiento como Centro Comercial Abierto de Andalucía.
34 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 133 - Martes, 13 de julio de 2021
página 610
Artículo 18. Subsanación de las solicitudes.
Si en la solicitud se advierten defectos o falta de documentación, la Delegación
Territorial correspondiente, como órgano instructor del procedimiento, requerirá a la
entidad interesada, otorgándole un plazo de diez días, contados a partir del día siguiente
a la recepción de la notificación, para enmendar las faltas o aportar la documentación
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00195564
b) Acreditación del Poder de representación con el que actúa el representante.
c) Justificación documental acreditativa de que la presentación de la solicitud ha sido
aprobada por el órgano competente de la entidad.
d) Plano con la delimitación del Centro Comercial Abierto.
e) Documento acreditativo de la comunicación al Ayuntamiento de la delimitación del
Centro Comercial Abierto.
f) Relación de empresas asociadas a la entidad promotora, especificando para cada
una de ellas el sector de actividad.
g) Instrumento de Planificación del Centro Comercial Abierto que puede ser un Plan
estratégico del Centro Comercial Abierto, Plan de acción o similar.
h) Documentación acreditativa de la relación permanente con el Ayuntamiento, según
lo dispuesto en el artículo 3.2.f).
i) Manual de identidad corporativa.
j) Copia de las últimas cuentas anuales aprobadas o documento acreditativo con
validez legal.
k) Acreditación con evidencias gráficas o documentales de cada uno de los criterios
alegados en la solicitud:
1.º. Documentación acreditativa de la gestión profesionalizada de la entidad promotora
para acreditar los aspectos alegados según lo dispuesto en el artículo 7.2., que justifiquen
la pertenencia a asociaciones profesionales de gestión de centros urbanos, la contratación
laboral o externa de la gerencia profesionalizada o la cualificación de la gerencia.
2.º. Documentación acreditativa de los servicios generales ofrecidos a las empresas
asociadas alegados según lo previsto en el artículo 7.3.
3.º. Relación y copia de los acuerdos suscritos con entidades y proveedores para
acreditar el aspecto negociaciones y acuerdos contemplado en el artículo 7.4.
4.º. Documentación acreditativa de la colaboración público-privada, según lo dispuesto
en el artículo 7.5.
5.º. Documentación acreditativa del grado de consenso del Instrumento de planificación
con el resto de agentes públicos y privados, y en su caso de la herramienta digital para la
planificación, según lo previsto en el artículo 8.3.
6.º. Documentación acreditativa de cada uno de los aspectos relativos a la imagen y
comunicación incluidos en el artículo 9.2. que alegue la entidad en su solicitud.
7.º. Documentación acreditativa de las actuaciones de dinamización desarrolladas en
el último año incluidas en el artículo 10 que alegue la entidad en su solicitud.
8.º. Documentación acreditativa que sirva para valorar la labor proactiva del Centro
Comercial Abierto en materia de urbanismo comercial, según lo previsto en el artículo
11.3.
4. Las personas responsables de la entidad que suscriban la solicitud se
responsabilizarán de la veracidad de la información contenida y la documentación adjunta,
pudiendo la Administración requerir la exhibición del documento original para el cotejo de
la copia presentada.
5. Las personas solicitantes tienen derecho a no presentar documentos que ya se
encuentren en poder de las Administraciones Públicas o que hayan sido elaborados por
éstas, siempre que se indique el día y procedimiento en que los presentó, cumplimentando
para ello el apartado correspondiente de la solicitud.
6. Las solicitudes podrán presentarse en cualquier momento, a partir del día siguiente
a la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 133 - Martes, 13 de julio de 2021
página 610
Artículo 18. Subsanación de las solicitudes.
Si en la solicitud se advierten defectos o falta de documentación, la Delegación
Territorial correspondiente, como órgano instructor del procedimiento, requerirá a la
entidad interesada, otorgándole un plazo de diez días, contados a partir del día siguiente
a la recepción de la notificación, para enmendar las faltas o aportar la documentación
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00195564
b) Acreditación del Poder de representación con el que actúa el representante.
c) Justificación documental acreditativa de que la presentación de la solicitud ha sido
aprobada por el órgano competente de la entidad.
d) Plano con la delimitación del Centro Comercial Abierto.
e) Documento acreditativo de la comunicación al Ayuntamiento de la delimitación del
Centro Comercial Abierto.
f) Relación de empresas asociadas a la entidad promotora, especificando para cada
una de ellas el sector de actividad.
g) Instrumento de Planificación del Centro Comercial Abierto que puede ser un Plan
estratégico del Centro Comercial Abierto, Plan de acción o similar.
h) Documentación acreditativa de la relación permanente con el Ayuntamiento, según
lo dispuesto en el artículo 3.2.f).
i) Manual de identidad corporativa.
j) Copia de las últimas cuentas anuales aprobadas o documento acreditativo con
validez legal.
k) Acreditación con evidencias gráficas o documentales de cada uno de los criterios
alegados en la solicitud:
1.º. Documentación acreditativa de la gestión profesionalizada de la entidad promotora
para acreditar los aspectos alegados según lo dispuesto en el artículo 7.2., que justifiquen
la pertenencia a asociaciones profesionales de gestión de centros urbanos, la contratación
laboral o externa de la gerencia profesionalizada o la cualificación de la gerencia.
2.º. Documentación acreditativa de los servicios generales ofrecidos a las empresas
asociadas alegados según lo previsto en el artículo 7.3.
3.º. Relación y copia de los acuerdos suscritos con entidades y proveedores para
acreditar el aspecto negociaciones y acuerdos contemplado en el artículo 7.4.
4.º. Documentación acreditativa de la colaboración público-privada, según lo dispuesto
en el artículo 7.5.
5.º. Documentación acreditativa del grado de consenso del Instrumento de planificación
con el resto de agentes públicos y privados, y en su caso de la herramienta digital para la
planificación, según lo previsto en el artículo 8.3.
6.º. Documentación acreditativa de cada uno de los aspectos relativos a la imagen y
comunicación incluidos en el artículo 9.2. que alegue la entidad en su solicitud.
7.º. Documentación acreditativa de las actuaciones de dinamización desarrolladas en
el último año incluidas en el artículo 10 que alegue la entidad en su solicitud.
8.º. Documentación acreditativa que sirva para valorar la labor proactiva del Centro
Comercial Abierto en materia de urbanismo comercial, según lo previsto en el artículo
11.3.
4. Las personas responsables de la entidad que suscriban la solicitud se
responsabilizarán de la veracidad de la información contenida y la documentación adjunta,
pudiendo la Administración requerir la exhibición del documento original para el cotejo de
la copia presentada.
5. Las personas solicitantes tienen derecho a no presentar documentos que ya se
encuentren en poder de las Administraciones Públicas o que hayan sido elaborados por
éstas, siempre que se indique el día y procedimiento en que los presentó, cumplimentando
para ello el apartado correspondiente de la solicitud.
6. Las solicitudes podrán presentarse en cualquier momento, a partir del día siguiente
a la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.