Disposiciones generales. . (2021/132-3)
Resolución de 2 de julio de 2021, de la Dirección General de Promoción del Deporte, Hábitos Saludables y Tejido Deportivo, por la que se convocan para el ejercicio 2021 las ayudas destinadas a deportistas y entrenadores con la condición de Alto Nivel o Alto Rendimiento de Andalucía, con méritos en pruebas no olímpicas y no paralímpicas. Ayudas al deporte no olímpico (ADN).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 132 - Lunes, 12 de julio de 2021
página 51

Segundo. Aprobar los formularios que se indican y que constan como anexos a la
presente Resolución, a los que deberán ajustarse las solicitudes presentadas y, en su
caso, los trámites de audiencia, aportación de documentación y aceptación:
a) Formulario de solicitud (Anexo I).
b) Formulario para presentar alegaciones, documentación acreditativa y aceptación
(Anexo II).
Se puede acceder a los citados formularios a través del Sistema Nacional de Publicidad
de Subvenciones en la web: http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index
Tercero. La solicitud se deberá cumplimentar exclusivamente a través del acceso
establecido al efecto en la página web de la Consejería de Educación y Deporte en la
dirección http://www.juntadeandalucia.es/turismoydeporte/opencms/oficina-virtual/ e irán
dirigidas a la persona titular del órgano indicado en el apartado 10.b) del cuadro resumen
de las bases reguladoras aprobadas por la Orden de 20 de abril de 2021. Se presentarán
en los lugares indicados en el apartado 10.c) del citado cuadro resumen de las bases
reguladoras.
Cuarto. Las ayudas concedidas en materia de deporte de rendimiento en virtud de
la Orden de 20 de abril de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para
la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas al deporte de
rendimiento de Andalucía, destinadas a deportistas y entrenadores con la condición
de Alto Nivel o Alto Rendimiento de Andalucía, con méritos en pruebas no olímpicas
y no paralímpicas. Ayudas al deporte no olímpico (ADN), se financiarán en el ejercicio
2021 con cargo a la partida presupuestaria 1200010000 G/46B/48605/00 01, siendo la
cuantía total máxima destinada a la presente convocatoria de 200.0000 €, encontrándose
limitada en todo caso la concesión de las ayudas objeto de la presente convocatoria por
las disponibilidades presupuestarias.
Quinto. La cuantía de cada ayuda estará comprendida entre 3.500 € y 750 € como
importes máximos y mínimos respectivamente, de acuerdo con el apartado 5.a) del
cuadro resumen de la citada orden.

Séptimo. La Comisión de Valoración estará formada por:
Una Presidencia, que corresponderá a la persona titular del Servicio de Programas
y Actividades Deportivas de la Dirección General de Promoción del Deporte, Hábitos
Saludables y Tejido Deportivo; cuatro Vocalías, que serán designadas entre el personal
funcionario adscrito a la Dirección General Promoción del Deporte, Hábitos Saludables
y Tejido Deportivo y una Secretaría, con voz y sin voto, designada entre el personal
funcionario adscrito a la citada Dirección General.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00195453

Sexto. Las personas que soliciten la subvención deberán cumplir todos los requisitos
indicados en el apartado 4.a) del cuadro resumen de las bases reguladoras aprobadas
por la Orden de 20 de abril de 2021, debiendo haber sido incluidos en las relaciones
de Deporte de Rendimiento de Andalucía correspondientes a los años 2019 o 2020, de
acuerdo con lo establecido en el Decreto 336/2009, de 22 de septiembre, por el que
se regula el Deporte de Rendimiento de Andalucía. Igualmente deberán acreditar la
consecución de un mérito deportivo en los años 2019 o 2020, en pruebas deportivas
oficiales federadas de modalidades reconocidas por la administración deportiva, pero que
respecto al año de convocatoria no formen parte del programa oficial de los próximos
Juegos de la Olimpiada (Juegos Olímpicos), Juegos Paralímpicos, Juegos Olímpicos de
Invierno y Juegos Paralímpicos de Invierno.