Disposiciones generales. . (2021/132-3)
Resolución de 2 de julio de 2021, de la Dirección General de Promoción del Deporte, Hábitos Saludables y Tejido Deportivo, por la que se convocan para el ejercicio 2021 las ayudas destinadas a deportistas y entrenadores con la condición de Alto Nivel o Alto Rendimiento de Andalucía, con méritos en pruebas no olímpicas y no paralímpicas. Ayudas al deporte no olímpico (ADN).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 132 - Lunes, 12 de julio de 2021
página 50

1. Disposiciones generales
Consejería de Educación y Deporte
Resolución de 2 de julio de 2021, de la Dirección General de Promoción del
Deporte, Hábitos Saludables y Tejido Deportivo, por la que se convocan para
el ejercicio 2021 las ayudas destinadas a deportistas y entrenadores con la
condición de Alto Nivel o Alto Rendimiento de Andalucía, con méritos en pruebas
no olímpicas y no paralímpicas. Ayudas al deporte no olímpico (ADN).
Mediante Orden de 20 de abril de 2021, de la Consejería de Educación y Deporte
(BOJA núm. 88, de 11 de mayo), se aprobaron las bases reguladoras para la concesión,
en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas destinadas a deportistas y
entrenadores con la condición de Alto Nivel o Alto Rendimiento de Andalucía, con méritos
en pruebas no olímpicas y no paralímpicas. Ayudas al deporte no olímpico (ADN).
La disposición adicional primera de la citada orden establece que las convocatorias
para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a que se
refiere dicha disposición tendrán en consideración las disponibilidades presupuestarias
de cada ejercicio y que se efectuarán mediante sucesivas resoluciones de la persona
titular de la Dirección General con competencia en materia de deporte de rendimiento,
por delegación de la persona titular de la Consejería competente en materia de Deporte,
en las que, además de la cuantía total máxima destinada, se aprobarán el formulario
de solicitud, así como cualesquiera otros que requiera la tramitación de esta línea de
subvenciones.
De conformidad con el artículo 10.b) del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el
que se aprueba el Reglamento de procedimientos de concesión de subvenciones de la
Administración de la Junta de Andalucía, en el caso de convocatorias de subvenciones en
concurrencia competitiva, se especificará la cuantía total máxima destinada a cada línea
de subvenciones en dicha convocatoria, con la previsión, en su caso, de la posibilidad de
adquirir compromisos de gastos de carácter plurianual de conformidad con lo establecido
en el artículo 40 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la
Junta de Andalucía y su normativa de desarrollo.
En su virtud, conforme a la disposición adicional primera de la Orden de 20 de abril
de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen
de concurrencia competitiva, de ayudas destinadas a deportistas y entrenadores con
la condición de Alto Nivel o Alto Rendimiento de Andalucía, con méritos en pruebas
no olímpicas y no paralímpicas. Ayudas al deporte no olímpico (ADN), así como en el
Título VII del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de
Andalucía,

Primero. Convocar para el ejercicio de 2021 las ayudas, en régimen de concurrencia
competitiva, destinadas a deportistas y entrenadores con la condición de Alto Nivel o
Alto Rendimiento de Andalucía, con méritos en pruebas no olímpicas y no paralímpicas.
Ayudas al deporte no olímpico (ADN).
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles, a contar desde
el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el
extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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