Disposiciones generales. . (2021/131-3)
Decreto 193/2021, de 6 de julio, por el que se dispone la asunción por parte del Servicio Andaluz de Salud de los fines y objetivos de las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 131 - Viernes, 9 de julio de 2021
página 65

1. Disposiciones generales
Consejería de Salud y Familias

El Estatuto de Autonomía para Andalucía, en su artículo 22, garantiza el derecho
constitucional previsto en el artículo 43 de la Constitución mediante un sistema sanitario
público de carácter universal. En coherencia y como complemento, el artículo 55.2, confiere
a la Comunidad Autónoma competencia para la ordenación, planificación, determinación,
regulación y ejecución de los servicios y prestaciones sanitarias, sociosanitarias y de salud
mental de carácter público en todos los niveles y para toda la población, la ordenación y
la ejecución de las medidas destinadas a preservar, proteger y promover la salud pública
en todos los ámbitos, el régimen estatutario y la formación del personal que presta
servicios en el sistema sanitario público, así como la formación sanitaria especializada
y la investigación científica en materia sanitaria. Por otra parte, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 47, la Comunidad Autónoma ostenta competencia exclusiva en
relación con la estructura y regulación de sus órganos administrativos públicos y de sus
organismos autónomos, así como competencia compartida en materia de régimen jurídico
de su Administración y régimen estatutario de su personal funcionario y estatutario.
La configuración legal del derecho a la protección de la salud de la ciudadanía de la
Comunidad Autónoma de Andalucía se concreta tanto en la Ley 2/1998, de 15 de junio,
de Salud de Andalucía como en la Ley 16/2011, de 23 de diciembre, de Salud Pública de
Andalucía.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 2/1998, de 15 de junio, el
Sistema Sanitario Público de Andalucía, en adelante SSPA, se define como el conjunto
de recursos, medios organizativos y actuaciones de las Administraciones sanitarias
públicas de la Comunidad Autónoma o vinculadas a las mismas, orientados a satisfacer
el derecho a la protección de la salud a través de la promoción de la salud, prevención
de las enfermedades y la atención sanitaria. El artículo 45 de la citada ley, expresamente
dispone que, además de los centros, servicios y establecimientos sanitarios integrados
en Servicio Andaluz de Salud, en adelante SAS, el SSPA comprende los que integran
las entidades de naturaleza pública adscritas a la Administración sanitaria de la Junta de
Andalucía.
En dicho contexto, desde el punto de vista instrumental, las competencias en materia
de salud de la Administración de la Junta de Andalucía se ejercen en la actualidad por el
SAS, en su condición de Agencia Administrativa, así como por cinco Agencias Públicas
Empresariales Sanitarias, en adelante APES, que sin perjuicio de su dependencia a la
Consejería competente en materia de salud, se encuentran adscritas al SAS.
El Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre
reestructuración de Consejerías, se refiere a la necesidad de acompasar la actividad
de la Administración de la Junta de Andalucía con la ejecución del conjunto de políticas
públicas que conforman el programa político del Gobierno, buscando siempre la máxima
eficiencia posible en el empleo de los recursos públicos. A este respecto, se viene
acometiendo un proceso de evaluación y racionalización de las Entidades Instrumentales
de la Administración de la Junta de Andalucía a fin de adaptar las estructuras organizativas
existentes a las nuevas exigencias sociales y a las demandas de la ciudadanía. Para ello,
el marco de referencia son los principios generales del artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, tales como el servicio efectivo a la
ciudadanía, objetividad y transparencia en la actuación, eficacia en el cumplimiento de los
objetivos asignados y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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Decreto 193/2021, de 6 de julio, por el que se dispone la asunción por parte
del Servicio Andaluz de Salud de los fines y objetivos de las Agencias Públicas
Empresariales Sanitarias.