Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/129-12)
Resolución de 1 de julio de 2021, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para cubrir una plaza de personal laboral fijo de Administración y Servicios de la categoría Técnico Auxiliar de Laboratorio de la Universidad de Cádiz, mediante turno libre, por el procedimiento de consolidación de efectivos.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 129 - Miércoles, 7 de julio de 2021
página 126
A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia
de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes, en su caso.
5.6. Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran
surgir en la aplicación de estas normas y determinará las actuaciones convenientes en
los casos no previstos, ajustándose la actuación del Tribunal a lo dispuesto en la Ley
40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, y en el Reglamento
de Gobierno y Administración de la Universidad de Cádiz, aprobado por Acuerdo del
Consejo de Gobierno adoptado en su sesión de 3 de marzo de 2005, en los términos
correspondientes.
5.7. El Tribunal podrá proponer la incorporación a sus trabajos de asesores
especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes,
limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. El
nombramiento de tales asesores corresponderá al Rector de la Universidad de Cádiz.
5.8. El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que
resulte necesario, de forma que los/as aspirantes con discapacidad gocen de similares
condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes.
En este sentido se establecerán, para las personas con discapacidad que lo soliciten en
la forma prevista en la base 3.4, las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su
realización.
5.9. El Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar la confidencialidad
del contenido de los ejercicios antes de su realización por todos los opositores y para
que los ejercicios de la fase de oposición, que sean escritos y no deban ser leídos ante el
Tribunal, sean corregidos sin que se conozcan la identidad de los aspirantes.
5.10. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en
Edificio Hospital Real, Plaza de Falla número 8, C.P. 11003 Cádiz, teléfono 956 015 039 y
en la siguiente dirección electrónica: seleccion.pas@uca.es
El Tribunal dispondrá que, en esta sede, al menos una persona, miembro o no del
Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean planteadas en relación con este proceso
selectivo.
5.11. El Tribunal que actúe en este proceso selectivo tendrá la categoría tercera de
las recogidas en el artículo 20 y en el Anexo III del Reglamento de la Universidad de
Cádiz sobre indemnizaciones por razón de servicio aprobado por Acuerdo del Consejo de
Gobierno adoptado en su sesión de 10 de junio de 2005.
5.12. En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar que ha superado el
proceso selectivo un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas.
Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo aquí establecido será nula de
pleno derecho.
6. Temario.
El temario correspondiente a este proceso selectivo figura como Anexo III de la
presente convocatoria.
8. Fase de oposición.
8.1. La fase de oposición constará de dos ejercicios, uno teórico y otro práctico con
una puntuación máxima de 10 puntos cada ejercicio.
8.2. Para aprobar la fase de oposición, que tendrá carácter eliminatorio, será necesario
obtener como mínimo 10 puntos en la misma y cinco puntos en cada uno de los dos
ejercicios realizados.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00195213
7. Fase de concurso.
El Tribunal calificador valorará los méritos de la fase de concurso, de acuerdo con el
baremo de la convocatoria, que se adjunta en el Anexo II.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 129 - Miércoles, 7 de julio de 2021
página 126
A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia
de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes, en su caso.
5.6. Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran
surgir en la aplicación de estas normas y determinará las actuaciones convenientes en
los casos no previstos, ajustándose la actuación del Tribunal a lo dispuesto en la Ley
40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, y en el Reglamento
de Gobierno y Administración de la Universidad de Cádiz, aprobado por Acuerdo del
Consejo de Gobierno adoptado en su sesión de 3 de marzo de 2005, en los términos
correspondientes.
5.7. El Tribunal podrá proponer la incorporación a sus trabajos de asesores
especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes,
limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. El
nombramiento de tales asesores corresponderá al Rector de la Universidad de Cádiz.
5.8. El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que
resulte necesario, de forma que los/as aspirantes con discapacidad gocen de similares
condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes.
En este sentido se establecerán, para las personas con discapacidad que lo soliciten en
la forma prevista en la base 3.4, las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su
realización.
5.9. El Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar la confidencialidad
del contenido de los ejercicios antes de su realización por todos los opositores y para
que los ejercicios de la fase de oposición, que sean escritos y no deban ser leídos ante el
Tribunal, sean corregidos sin que se conozcan la identidad de los aspirantes.
5.10. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en
Edificio Hospital Real, Plaza de Falla número 8, C.P. 11003 Cádiz, teléfono 956 015 039 y
en la siguiente dirección electrónica: seleccion.pas@uca.es
El Tribunal dispondrá que, en esta sede, al menos una persona, miembro o no del
Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean planteadas en relación con este proceso
selectivo.
5.11. El Tribunal que actúe en este proceso selectivo tendrá la categoría tercera de
las recogidas en el artículo 20 y en el Anexo III del Reglamento de la Universidad de
Cádiz sobre indemnizaciones por razón de servicio aprobado por Acuerdo del Consejo de
Gobierno adoptado en su sesión de 10 de junio de 2005.
5.12. En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar que ha superado el
proceso selectivo un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas.
Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo aquí establecido será nula de
pleno derecho.
6. Temario.
El temario correspondiente a este proceso selectivo figura como Anexo III de la
presente convocatoria.
8. Fase de oposición.
8.1. La fase de oposición constará de dos ejercicios, uno teórico y otro práctico con
una puntuación máxima de 10 puntos cada ejercicio.
8.2. Para aprobar la fase de oposición, que tendrá carácter eliminatorio, será necesario
obtener como mínimo 10 puntos en la misma y cinco puntos en cada uno de los dos
ejercicios realizados.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00195213
7. Fase de concurso.
El Tribunal calificador valorará los méritos de la fase de concurso, de acuerdo con el
baremo de la convocatoria, que se adjunta en el Anexo II.