Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/129-12)
Resolución de 1 de julio de 2021, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para cubrir una plaza de personal laboral fijo de Administración y Servicios de la categoría Técnico Auxiliar de Laboratorio de la Universidad de Cádiz, mediante turno libre, por el procedimiento de consolidación de efectivos.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 129 - Miércoles, 7 de julio de 2021
página 125
3.5. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados a
partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía. Igualmente se publicará, a los meros efectos de publicidad, en el Boletín Oficial de
la Universidad de Cádiz y en la página web del área de Personal de la Universidad de Cádiz:
https://personal.uca.es/convocatoria-pas/
3.6. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición del interesado.
5. Tribunal calificador.
5.1. El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura como Anexo V de esta
convocatoria.
5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al
Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el
artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público
o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los
cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
5.3. Asimismo, los/as aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal según
lo previsto en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del
Sector Público.
5.4. Con anterioridad a la iniciación del proceso selectivo, la autoridad convocante
publicará en la página web del área de personal, resolución por la que se nombran a los
nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición
por alguna de las causas previstas en la base 5.2 y 5.3.
5.5. Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal con asistencia de la
totalidad de sus miembros, titulares o suplentes, en su caso, y con una antelación mínima
de diez días a la realización del primer ejercicio. En dicha sesión, el Tribunal acordará
todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo del proceso
selectivo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00195213
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de
Cádiz dictará, en el plazo máximo de un mes, resolución declarando aprobada la lista
provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que deberá publicarse en la
página web del área de personal (https://personal.uca.es/convocatoria-pas/), se incluirá la
lista completa de aspirantes admitidos y excluidos indicándose, en este último caso, la/s
causa/s de exclusión.
4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir
del siguiente al de la publicación de la resolución en la citada página web, para poder
subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. Quienes, dentro del plazo señalado,
no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión serán definitivamente
excluidos de la participación en el proceso selectivo. La subsanación se realizará a través
del mismo expediente de presentación de su solicitud inicial de forma telemática en la
Sede Electrónica de la UCA o en las formas establecidas en el apartado 3.1 de la presente
convocatoria. Finalizado el plazo de subsanación, se hará pública, del mismo modo arriba
señalado, la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.
4.3. Contra la resolución por la que se excluya definitivamente a algún aspirante,
podrá interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el
Rector de la Universidad de Cádiz, de acuerdo con la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del
procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el órgano competente y
conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
4.4. Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio, a los aspirantes que hayan
sido excluidos definitivamente de la realización del proceso selectivo.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 129 - Miércoles, 7 de julio de 2021
página 125
3.5. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados a
partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía. Igualmente se publicará, a los meros efectos de publicidad, en el Boletín Oficial de
la Universidad de Cádiz y en la página web del área de Personal de la Universidad de Cádiz:
https://personal.uca.es/convocatoria-pas/
3.6. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición del interesado.
5. Tribunal calificador.
5.1. El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura como Anexo V de esta
convocatoria.
5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al
Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el
artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público
o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los
cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
5.3. Asimismo, los/as aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal según
lo previsto en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del
Sector Público.
5.4. Con anterioridad a la iniciación del proceso selectivo, la autoridad convocante
publicará en la página web del área de personal, resolución por la que se nombran a los
nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición
por alguna de las causas previstas en la base 5.2 y 5.3.
5.5. Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal con asistencia de la
totalidad de sus miembros, titulares o suplentes, en su caso, y con una antelación mínima
de diez días a la realización del primer ejercicio. En dicha sesión, el Tribunal acordará
todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo del proceso
selectivo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00195213
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de
Cádiz dictará, en el plazo máximo de un mes, resolución declarando aprobada la lista
provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que deberá publicarse en la
página web del área de personal (https://personal.uca.es/convocatoria-pas/), se incluirá la
lista completa de aspirantes admitidos y excluidos indicándose, en este último caso, la/s
causa/s de exclusión.
4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir
del siguiente al de la publicación de la resolución en la citada página web, para poder
subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. Quienes, dentro del plazo señalado,
no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión serán definitivamente
excluidos de la participación en el proceso selectivo. La subsanación se realizará a través
del mismo expediente de presentación de su solicitud inicial de forma telemática en la
Sede Electrónica de la UCA o en las formas establecidas en el apartado 3.1 de la presente
convocatoria. Finalizado el plazo de subsanación, se hará pública, del mismo modo arriba
señalado, la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.
4.3. Contra la resolución por la que se excluya definitivamente a algún aspirante,
podrá interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el
Rector de la Universidad de Cádiz, de acuerdo con la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del
procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el órgano competente y
conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
4.4. Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio, a los aspirantes que hayan
sido excluidos definitivamente de la realización del proceso selectivo.