Disposiciones generales. . (2021/129-1)
Orden de 1 de julio de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, por el Instituto Andaluz de la Juventud, a personas jóvenes andaluzas o residentes en Andalucía, para poner en funcionamiento proyectos empresariales en Andalucía (Programa «INNOVACTIVA 6000»).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 129 - Miércoles, 7 de julio de 2021
página 12
1. Disposiciones generales
Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo
La Comunidad Autónoma de Andalucía tiene competencia exclusiva en materia de
juventud, en virtud de lo dispuesto en el artículo 74 del Estatuto de Autonomía para
Andalucía. Asimismo, el artículo 10.3.7.º y 8.º del citado Estatuto de Autonomía señalan
que la Comunidad Autónoma ejercerá sus poderes para la consecución de una serie
de objetivos básicos, entre los que se encuentran la mejora de la calidad de vida de
los andaluces y andaluzas y la superación de los desequilibrios económicos, sociales,
culturales y de equiparación de la riqueza y el bienestar entre toda la ciudadanía. Por
otra parte, el artículo 37.1 establece, entre los principios rectores que han de inspirar
las políticas públicas, la integración de las personas jóvenes en la vida social y laboral,
favoreciendo su autonomía personal.
El Instituto Andaluz de la Juventud, como agencia administrativa adscrita a la
Consejería competente en materia de juventud tiene encomendadas entre otras funciones,
las de fomento de la participación, promoción, información y formación en materia de
juventud, así como la colaboración con otras Administraciones Públicas y Entidades en el
ámbito territorial de nuestra Comunidad Autónoma.
El citado artículo 74 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, incluye entre las
competencias en materia de juventud, según se señala en su apartado a), «La promoción
del desarrollo personal y social de las personas jóvenes así como las actividades de
fomento o normativas dirigidas a conseguir el acceso de éstas al trabajo, la vivienda y la
formación profesional».
La tasa de actividad joven en Andalucía, que mide el número de personas jóvenes
de 16 a 29 años que trabajan o buscan empleo, muestra una evolución descendente
constante desde 2010. En 2019, se situaba en el 51,46%, inferior en 5,3 puntos a la tasa
de actividad de la población total andaluza (56,79%) y a la tasa de actividad joven nacional
(54%). La tasa de paro joven en Andalucía, que mide las personas jóvenes de 16 a 29
años que no tienen trabajo, en 2019, era del 34,04%, en 2019, superior en 12,8 puntos
a la tasa de paro global andaluza y en 4 puntos al 30,5% registrado a nivel nacional. La
crisis económica derivada de la pandemia provocada por la COVID 19 ha determinado
que la tasa de desempleo juvenil alcance en el primer semestre de 2021 el 51,13%, según
datos del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía.
La tasa de actividad emprendedora, utilizada por el Observatorio del Emprendimiento
Global Entrepreneurship Monitor para medir la capacidad emprendedora de una sociedad,
recoge en su informe ejecutivo 2018-2019, que, en Andalucía, esta tasa es del 29% en
menores de 35 años, superior en 1,4 puntos porcentuales al 27,6% nacional. La última
encuesta realizada en 2019 por Andalucía Económica y ESIC Business&Marketing
School señala que el 43,9% de los estudiantes universitarios deseaban tener un negocio
propio, un 8,5% más que en el año anterior y esta misma encuesta recoge que la falta de
experiencia y de recursos económicos constituye uno de los principales obstáculos para
emprender.
En este contexto, las actuaciones dirigidas al fomento y apoyo del emprendimiento
juvenil, entre ellas, la concesión de subvenciones a emprendedores, constituyen una línea
de actuación estratégica que contribuye a aumentar las oportunidades de empleo de la
juventud andaluza.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00195260
Orden de 1 de julio de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para
la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, por el
Instituto Andaluz de la Juventud, a personas jóvenes andaluzas o residentes en
Andalucía, para poner en funcionamiento proyectos empresariales en Andalucía
(Programa «INNOVACTIVA 6000»).
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 129 - Miércoles, 7 de julio de 2021
página 12
1. Disposiciones generales
Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo
La Comunidad Autónoma de Andalucía tiene competencia exclusiva en materia de
juventud, en virtud de lo dispuesto en el artículo 74 del Estatuto de Autonomía para
Andalucía. Asimismo, el artículo 10.3.7.º y 8.º del citado Estatuto de Autonomía señalan
que la Comunidad Autónoma ejercerá sus poderes para la consecución de una serie
de objetivos básicos, entre los que se encuentran la mejora de la calidad de vida de
los andaluces y andaluzas y la superación de los desequilibrios económicos, sociales,
culturales y de equiparación de la riqueza y el bienestar entre toda la ciudadanía. Por
otra parte, el artículo 37.1 establece, entre los principios rectores que han de inspirar
las políticas públicas, la integración de las personas jóvenes en la vida social y laboral,
favoreciendo su autonomía personal.
El Instituto Andaluz de la Juventud, como agencia administrativa adscrita a la
Consejería competente en materia de juventud tiene encomendadas entre otras funciones,
las de fomento de la participación, promoción, información y formación en materia de
juventud, así como la colaboración con otras Administraciones Públicas y Entidades en el
ámbito territorial de nuestra Comunidad Autónoma.
El citado artículo 74 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, incluye entre las
competencias en materia de juventud, según se señala en su apartado a), «La promoción
del desarrollo personal y social de las personas jóvenes así como las actividades de
fomento o normativas dirigidas a conseguir el acceso de éstas al trabajo, la vivienda y la
formación profesional».
La tasa de actividad joven en Andalucía, que mide el número de personas jóvenes
de 16 a 29 años que trabajan o buscan empleo, muestra una evolución descendente
constante desde 2010. En 2019, se situaba en el 51,46%, inferior en 5,3 puntos a la tasa
de actividad de la población total andaluza (56,79%) y a la tasa de actividad joven nacional
(54%). La tasa de paro joven en Andalucía, que mide las personas jóvenes de 16 a 29
años que no tienen trabajo, en 2019, era del 34,04%, en 2019, superior en 12,8 puntos
a la tasa de paro global andaluza y en 4 puntos al 30,5% registrado a nivel nacional. La
crisis económica derivada de la pandemia provocada por la COVID 19 ha determinado
que la tasa de desempleo juvenil alcance en el primer semestre de 2021 el 51,13%, según
datos del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía.
La tasa de actividad emprendedora, utilizada por el Observatorio del Emprendimiento
Global Entrepreneurship Monitor para medir la capacidad emprendedora de una sociedad,
recoge en su informe ejecutivo 2018-2019, que, en Andalucía, esta tasa es del 29% en
menores de 35 años, superior en 1,4 puntos porcentuales al 27,6% nacional. La última
encuesta realizada en 2019 por Andalucía Económica y ESIC Business&Marketing
School señala que el 43,9% de los estudiantes universitarios deseaban tener un negocio
propio, un 8,5% más que en el año anterior y esta misma encuesta recoge que la falta de
experiencia y de recursos económicos constituye uno de los principales obstáculos para
emprender.
En este contexto, las actuaciones dirigidas al fomento y apoyo del emprendimiento
juvenil, entre ellas, la concesión de subvenciones a emprendedores, constituyen una línea
de actuación estratégica que contribuye a aumentar las oportunidades de empleo de la
juventud andaluza.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00195260
Orden de 1 de julio de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para
la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, por el
Instituto Andaluz de la Juventud, a personas jóvenes andaluzas o residentes en
Andalucía, para poner en funcionamiento proyectos empresariales en Andalucía
(Programa «INNOVACTIVA 6000»).