Disposiciones generales. . (2021/128-5)
Resolución de 28 de junio de 2021, de la Universidad de Jaén, por la que se publican las bases reguladoras y la convocatoria para la concesion de «Ayudas predoctorales para la Formacion de Personal Investigador» con cargo a la Accion 8.a) del Plan Operativo de Apoyo a la Investigacion de la Universidad de Jaén (2021-2022) (Convocatoria 1/2021).
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 128 - Martes, 6 de julio de 2021
página 101

9. Solicitudes y documentación.
9.1. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días a contar desde el día
siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía.
9.2 Cada persona únicamente podrá presentar una solicitud. Cada solicitud vendrá
referida a un investigador/a del Anexo I.
9.3 Las solicitudes se formalizarán en el impreso normalizado, recogido en el Anexo II
de esta Resolución, que estará a disposición de los interesados en la página web del
Vicerrectorado de Investigación, dentro del apartado del POAI Acción 8.a) https://bit.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00195164

8. Obligaciones del Personal Investigador en Formación.
8.1. Formalizar con carácter previo al inicio de su actividad el documento de
confidencialidad y derechos de propiedad de los resultados de la investigación en el
Servicio de Gestión de la Investigación. Este documento regula el procedimiento en
materia de los derechos de la Propiedad Industrial así como los derechos de carácter
patrimonial que integran la Propiedad Intelectual que puedan generarse durante todo el
periodo como beneficiario de la Ayuda, se entenderá que es de aplicación el artículo
15 de la Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes, y la normativa de la Universidad de
Jaén sobre la participación en los beneficios derivados de los mencionados derechos o
legislación vigente que la sustituya.
8.2. Comunicar al Vicerrectorado de Investigación la obtención del grado de doctor,
en el plazo máximo de 10 días naturales desde la fecha de su obtención.
8.3. Comunicar al Vicerrectorado de Investigación las renuncias, interrupciones y
demás incidencias que puedan surgir durante el periodo de formación, en el plazo máximo
de 10 días naturales desde que se produzcan.
8.4. Desarrollar eficazmente el plan de trabajo presentado en la Memoria de
Investigación, de acuerdo con las fases previstas y de conformidad con las normas
propias del personal investigador responsable de la investigación.
8.5. Podrán colaborar desde el primer año en tareas docentes con fines formativos y
hasta un máximo de 60 horas anuales, con un máximo de 180 horas a lo largo de todo
el contrato, previo acuerdo entre el Director/a de la Ayuda y el Departamento implicado,
y sin que en ningún caso pueda desvirtuarse la finalidad investigadora y formativa de
las ayudas. La docencia impartida quedará reflejada en el correspondiente Plan de
Organización Docente.
8.6. Comunicar la suspensión temporal por enfermedad justificada o maternidad
desde el momento en que se produzca al investigador o investigadores responsables y
remitir el parte de baja médico al Servicio de Personal y Organización Docente.
8.7. Remitir anualmente al Servicio de Gestión de la Investigación, en el plazo máximo
de un mes desde su concesión, el informe favorable de la comisión académica del
programa de doctorado respecto al desarrollo del Plan de Investigación y el Documento
de Actividades del Doctorando. Este informe favorable será determinante para mantener
la continuidad del contrato.
8.8. Presentar, junto con el informe de seguimiento señalado en el apartado anterior,
la acreditación de la matrícula en un programa de doctorado de la Universidad de Jaén.
8.9. Realizar el depósito de su tesis doctoral como máximo durante el último
cuatrimestre del cuarto año de disfrute de este contrato de formación, de forma que la
aprobación para la defensa de la tesis o su defensa propiamente dicha se realice antes
de la finalización del contrato.
8.10. Someterse a las actuaciones de comprobación que considere la Comisión de
Investigación de la Universidad de Jaén.
8.11. La aceptación de la Ayuda del Personal Investigador en Formación implica la de
las normas fijadas en esta convocatoria.