3. Otras disposiciones. . (2021/128-19)
Resolución de 25 de junio de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se dispone la ejecución del fallo de la sentencia de 27 de enero de 2021, dictada por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, que revoca la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Once de Sevilla, de 11 de junio de 2018.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 128 - Martes, 6 de julio de 2021
página 319

2.º Estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Esteban
Mellado Parreño contra la Orden de 14 de julio, de la Consejería de Salud, por la que se
resuelve el concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el
ámbito de esa Consejería en la provincia de Sevilla, y frente a la Resolución de 14 de julio,
de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, por la que se resuelve el concurso de
méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el ámbito de esa Consejería
en la provincia de Sevilla, y reconocemos al recurrente haber permanecido en el puesto
desde noviembre de 2007 y sin interrupción durante el periodo del 17 de octubre de 2012
al 25 de noviembre de 2012, lo que habrá de ser baremado por la Comisión de Valoración
y, de proceder, al tenor de la puntuación finalmente obtenida, le sea adjudicada alguna de
las plazas a las que concursó.»
Quinto. Mediante Decreto de fecha 16 de abril de 2021, la Sección Tercera Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en
Sevilla se declara la firmeza de la Sentencia referida, ordenando su ejecución.
Sexto. En cumplimiento de lo dispuesto en la sentencia, por la Comisión de Valoración
del concurso se revisan las solicitudes para los puestos que a continuación se detallan,
solo de aquellos en los que sus peticiones aparecieron como revisables.
Don Esteban Mellado Parreño, en el autobaremo de los puestos con código 13014610;
13015110 y 13201310, en el apartado «Permanencia en el puesto de trabajo», se otorga 4
puntos en cada puesto solicitado.
Por su parte, la Comisión de Valoración, de acuerdo con la base octava apartado A
punto 4 y con lo dispuesto en la sentencia, barema la permanencia en el puesto de trabajo
desempeñado por el interesado computando desde el 6 de noviembre de 2007 fecha
en que es nombrado con carácter definitivo en el puesto de secretario general hasta el
22 de septiembre de 2016 fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes
para el concurso de méritos, de manera ininterrumpida de forma que la puntuación que le
corresponde es de 3,5 puntos por 8 años de permanencia, dado que ha de computarse
por años completos y no se han cumplido los 9 años completos, según establece el tenor
literal de la base octava apartado A punto 4.

Octavo. En consecuencia, se concluye que una vez revisadas las solicitudes y a la
vista de la puntuación obtenida por don Esteban Mellado Parreño, de conformidad con
los criterios establecidos en la sentencia de la Sala no procede, a tenor de la puntuación
finalmente obtenida, que le sea adjudicada ninguna de las plazas a las que concursó al
haber otros solicitantes, con superior puntuación a la por él obtenida.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00195132

Séptimo. En definitiva, tras la revisión de la baremación de don Esteban Mellado
Parreño, la puntuación que otorga la Comisión de Valoración en cada uno de los puestos
solicitados, de conformidad con los criterios establecidos en la sentencia, es la siguiente:
a) En el puesto con código 13014610 y denominado Asesor Técnico, su puntuación
arroja un total de 26,760. Sin embargo la plaza fue adjudicada con 27,500 puntos.
b) En el puesto con código 13015110 y denominado Asesor Técnico, el interesado
obtuvo la puntuación de 28,200, pero se adjudicó con 28,931 puntos.
c) En el puesto con código 13201310, denominado Gabinete Técnico, don Esteban
Mellado Parreño obtuvo 25,680 puntos y fue adjudicada con un total de 27,600 puntos.
En el informe de la Comisión de Valoración consta detallada la revisión de la
baremación de cada uno de los códigos con sus respectivas puntuaciones tanto de don
Esteban Mellado Parreño como la de las personas que resultaron adjudicatarias de dichas
plazas.