Disposiciones generales. . (2021/128-4)
Resolución de 25 de junio de 2021, de la Dirección General de Cuidados Sociosanitarios, por la que se convoca, para el ejercicio 2021, la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a entidades locales para el mantenimiento de la red de centros de atención a las drogodependencias y adicciones.
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 128 - Martes, 6 de julio de 2021
página 79
máxima que a continuación se especifica y con cargo al crédito presupuestario que
igualmente se indica.
Denominación de la línea
Subvenciones a entidades locales
para el mantenimiento de la Red
de Centros de Atención a las
Drogodependencias y Adicciones
Partidas presupuestarias
G/31B/46200/00
Cuantía máxima
(en euros)
Total
(en euros)
11.614.318,00
12.767.318,00
G/31B/46200/00 S0066
1.153.000,00
2. De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 7.d) del cuadro resumen de la Orden de
15 de julio de 2020, por la que se aprueban las Bases Reguladoras de estas subvenciones,
se concederá con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, según las cuantías
asignadas a la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el Ministerio de Sanidad, la
cantidad de 1.153.000,00 euros, lo que supone un 9,03% del importe total, así como
con cargo a los créditos disponibles de la Consejería de Salud y Familias, consignados
en la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de
Andalucía para el ejercicio 2021, una cuantía de 11.614.318,00 euros, que supone un
90,97% del importe total.
En todos caso, la concesión de las subvenciones previstas estará limitada por las
disponibilidades presupuestarias existentes.
3. No obstante, los eventuales aumentos sobrevenidos del crédito disponible
posibilitarán una resolución complementaria a la de concesión de la subvención que
incluya solicitudes que, aún cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias
por agotamiento del mismo, conforme determina el artículo 10.e) del Decreto 282/2010, de
4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de
Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, y de acuerdo con lo previsto
en el artículo 5.4 de la Orden de 20 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las Bases
Reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía,
para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva (BOJA
núm. 249, de 30 de diciembre de 2019), actualizados por Resolución de 22 de diciembre
de 2020, de la Secretaría General para la Administración Pública (BOJA núm. 248,
de 28 de diciembre de 2020), en adelante, Bases Reguladoras Tipo.
Segundo. Bases Reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por las Bases Reguladoras para la concesión
de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, en materia de
drogodependencias y adicciones, en el ámbito de las competencias de la Consejería de
Salud y Familias, aprobadas por Orden de 15 de julio de 2020, de la Consejería de Salud
y Familias (BOJA núm. 140, de 22 de julio de 2020).
Tercero. Régimen jurídico.
Las subvenciones que se concedan al amparo de esta convocatoria se regirán en
todos sus términos por lo establecido en la citada Orden de 15 de julio de 2020.
Quinto. Cuantía de la subvención.
El importe de la subvención se concretará por la Comisión de Evaluación de la
Dirección General de Cuidados Sociosanitarios, como órgano instructor, pudiendo alcanzar
hasta el 90% del presupuesto aceptado, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 5.a)
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00195121
Cuarto. Entidades beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas convocadas las Diputaciones Provinciales,
Ayuntamientos y sus Agencias Administrativas Locales u Organismos Autónomos de la
Comunidad Autónoma de Andalucía.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 128 - Martes, 6 de julio de 2021
página 79
máxima que a continuación se especifica y con cargo al crédito presupuestario que
igualmente se indica.
Denominación de la línea
Subvenciones a entidades locales
para el mantenimiento de la Red
de Centros de Atención a las
Drogodependencias y Adicciones
Partidas presupuestarias
G/31B/46200/00
Cuantía máxima
(en euros)
Total
(en euros)
11.614.318,00
12.767.318,00
G/31B/46200/00 S0066
1.153.000,00
2. De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 7.d) del cuadro resumen de la Orden de
15 de julio de 2020, por la que se aprueban las Bases Reguladoras de estas subvenciones,
se concederá con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, según las cuantías
asignadas a la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el Ministerio de Sanidad, la
cantidad de 1.153.000,00 euros, lo que supone un 9,03% del importe total, así como
con cargo a los créditos disponibles de la Consejería de Salud y Familias, consignados
en la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de
Andalucía para el ejercicio 2021, una cuantía de 11.614.318,00 euros, que supone un
90,97% del importe total.
En todos caso, la concesión de las subvenciones previstas estará limitada por las
disponibilidades presupuestarias existentes.
3. No obstante, los eventuales aumentos sobrevenidos del crédito disponible
posibilitarán una resolución complementaria a la de concesión de la subvención que
incluya solicitudes que, aún cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias
por agotamiento del mismo, conforme determina el artículo 10.e) del Decreto 282/2010, de
4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de
Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, y de acuerdo con lo previsto
en el artículo 5.4 de la Orden de 20 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las Bases
Reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía,
para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva (BOJA
núm. 249, de 30 de diciembre de 2019), actualizados por Resolución de 22 de diciembre
de 2020, de la Secretaría General para la Administración Pública (BOJA núm. 248,
de 28 de diciembre de 2020), en adelante, Bases Reguladoras Tipo.
Segundo. Bases Reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por las Bases Reguladoras para la concesión
de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, en materia de
drogodependencias y adicciones, en el ámbito de las competencias de la Consejería de
Salud y Familias, aprobadas por Orden de 15 de julio de 2020, de la Consejería de Salud
y Familias (BOJA núm. 140, de 22 de julio de 2020).
Tercero. Régimen jurídico.
Las subvenciones que se concedan al amparo de esta convocatoria se regirán en
todos sus términos por lo establecido en la citada Orden de 15 de julio de 2020.
Quinto. Cuantía de la subvención.
El importe de la subvención se concretará por la Comisión de Evaluación de la
Dirección General de Cuidados Sociosanitarios, como órgano instructor, pudiendo alcanzar
hasta el 90% del presupuesto aceptado, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 5.a)
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00195121
Cuarto. Entidades beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas convocadas las Diputaciones Provinciales,
Ayuntamientos y sus Agencias Administrativas Locales u Organismos Autónomos de la
Comunidad Autónoma de Andalucía.