Disposiciones generales. . (2021/128-3)
Orden de 29 de junio de 2021, por la que se modifican determinadas Órdenes por las que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 128 - Martes, 6 de julio de 2021
página 65
presentación de solicitudes. El vencimiento del plazo máximo sin que se hubiese dictado
y publicado la resolución expresa, legitima a las personas o entidades interesadas
para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la
subvención.»
Disposición transitoria primera.
Las modificaciones contenidas en los Artículos primero, segundo y tercero de la
presente Orden retrotraerán sus efectos a la tramitación de las ayudas solicitadas al
amparo de las siguientes órdenes de convocatorias de ayudas, por tratarse de medidas
favorables y no restrictivas de derechos individuales:
a) Orden de 24 de febrero de 2020, por la que se convocan para el año 2020 las
ayudas previstas en la Orden de 30 de enero de 2017, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva para el
Desarrollo Sostenible de la Acuicultura Marina en Andalucía, en el marco del Programa
Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (2014-2020).
b) Orden de 17 de marzo de 2020, por la que se convocan para el año 2020, las
ayudas previstas en la Orden de 27 de septiembre de 2016 por la que se establecen
las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia
competitiva, al fomento de la comercialización y transformación de los productos de
la pesca y la acuicultura en Andalucía, previstas en el Programa Operativo del Fondo
Europeo Marítimo y de Pesca (2014-2020).
c) Orden de 22 de mayo de 2020, por la que se convocan para el año 2020 las ayudas
previstas en la Orden de 14 de noviembre de 2016, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva para el
Desarrollo sostenible de la pesca en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del
Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (2014-2020).
d) Orden de 25 de mayo, por la que se convocan para el año 2020, las ayudas en
la Línea de Transformación de los productos de la pesca y la acuicultura, al amparo de
la Orden de 27 de septiembre de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, al fomento
de la comercialización y transformación de los productos de la pesca y la acuicultura en
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00195072
Nueve. En la página 73 se modifica el artículo 16, que queda redactado de la siguiente
manera:
«Artículo 16. Notificación y publicación.
1. Los actos administrativos que se dicten durante la tramitación del procedimiento de
concesión de la ayuda se notificarán de forma conjunta a todas las personas o entidades
interesadas mediante su publicación en el portal web de la Consejería competente en
materia de pesca, en los términos previstos en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1
de octubre.
2. Aquellas notificaciones que proceda practicar de forma individualizada se efectuarán
de la siguiente forma:
a) Para aquellas personas que no estén obligadas a relacionarse con la Administración
por medios electrónicos, se practicarán en papel en la dirección que hayan señalado en
su solicitud o bien por medios electrónicos a través del sistema de notificaciones de la
Administración de la Junta de Andalucía en el caso de que hayan optado por esta forma
de notificación en su solicitud, tramitándose su alta en el servicio correspondiente en
caso de no estarlo.
b) Para aquellas personas que estén obligadas a relacionarse con la Administración
por medios electrónicos se efectuarán a través del sistema de notificaciones de
la Administración de la Junta de Andalucía, tramitándose su alta en el servicio
correspondiente en caso de no estarlo.»
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 128 - Martes, 6 de julio de 2021
página 65
presentación de solicitudes. El vencimiento del plazo máximo sin que se hubiese dictado
y publicado la resolución expresa, legitima a las personas o entidades interesadas
para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la
subvención.»
Disposición transitoria primera.
Las modificaciones contenidas en los Artículos primero, segundo y tercero de la
presente Orden retrotraerán sus efectos a la tramitación de las ayudas solicitadas al
amparo de las siguientes órdenes de convocatorias de ayudas, por tratarse de medidas
favorables y no restrictivas de derechos individuales:
a) Orden de 24 de febrero de 2020, por la que se convocan para el año 2020 las
ayudas previstas en la Orden de 30 de enero de 2017, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva para el
Desarrollo Sostenible de la Acuicultura Marina en Andalucía, en el marco del Programa
Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (2014-2020).
b) Orden de 17 de marzo de 2020, por la que se convocan para el año 2020, las
ayudas previstas en la Orden de 27 de septiembre de 2016 por la que se establecen
las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia
competitiva, al fomento de la comercialización y transformación de los productos de
la pesca y la acuicultura en Andalucía, previstas en el Programa Operativo del Fondo
Europeo Marítimo y de Pesca (2014-2020).
c) Orden de 22 de mayo de 2020, por la que se convocan para el año 2020 las ayudas
previstas en la Orden de 14 de noviembre de 2016, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva para el
Desarrollo sostenible de la pesca en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del
Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (2014-2020).
d) Orden de 25 de mayo, por la que se convocan para el año 2020, las ayudas en
la Línea de Transformación de los productos de la pesca y la acuicultura, al amparo de
la Orden de 27 de septiembre de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, al fomento
de la comercialización y transformación de los productos de la pesca y la acuicultura en
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00195072
Nueve. En la página 73 se modifica el artículo 16, que queda redactado de la siguiente
manera:
«Artículo 16. Notificación y publicación.
1. Los actos administrativos que se dicten durante la tramitación del procedimiento de
concesión de la ayuda se notificarán de forma conjunta a todas las personas o entidades
interesadas mediante su publicación en el portal web de la Consejería competente en
materia de pesca, en los términos previstos en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1
de octubre.
2. Aquellas notificaciones que proceda practicar de forma individualizada se efectuarán
de la siguiente forma:
a) Para aquellas personas que no estén obligadas a relacionarse con la Administración
por medios electrónicos, se practicarán en papel en la dirección que hayan señalado en
su solicitud o bien por medios electrónicos a través del sistema de notificaciones de la
Administración de la Junta de Andalucía en el caso de que hayan optado por esta forma
de notificación en su solicitud, tramitándose su alta en el servicio correspondiente en
caso de no estarlo.
b) Para aquellas personas que estén obligadas a relacionarse con la Administración
por medios electrónicos se efectuarán a través del sistema de notificaciones de
la Administración de la Junta de Andalucía, tramitándose su alta en el servicio
correspondiente en caso de no estarlo.»