Disposiciones generales. . (2021/126-2)
Resolución de 25 de junio de 2021, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se convocan para el año 2021 subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a microempresas, pequeñas y medianas empresas para el desarrollo de proyectos de prevención de riesgos laborales en la Comunidad Autónoma de Andalucía, con sujeción a las bases reguladoras establecidas por la Orden de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, de 12 de mayo de 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 126 - Viernes, 2 de julio de 2021
página 14

R ES U ELVO
Primero. Convocatoria.
1. Se convocan para el año 2021 subvenciones, en régimen de concurrencia
competitiva, a PYME que realicen proyectos e inversiones de prevención de riesgos
laborales, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
2. La solicitud, concesión y aplicación de estas subvenciones se regirán por lo
establecido en la Orden de 12 de mayo de 2021, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones a microempresas, pequeñas y medianas
empresas, para el desarrollo de proyectos de prevención de riesgos laborales en la
Comunidad Autónoma de Andalucía, en régimen de concurrencia competitiva (BOJA
núm. 93 de 18.5.2021), por la presente convocatoria y demás normativa de aplicación.

Tercero. Actividades y proyectos subvencionables.
1. Las actividades y proyectos subvencionables deberán estar encuadrados en alguna
de los conceptos subvencionables previstos en el apartado 2 de los cuadros resumen
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00194957

Segundo. Beneficiarios.
En virtud de lo establecido en la disposición adicional segunda en relación con lo
dispuesto en el apartado 4.a).2º.b) de los cuadros resumen de las referidas bases
reguladoras, para la presente convocatoria del año 2021 tendrán la consideración de
beneficiarias las PYME que, cumpliendo con los requisitos establecidos en las mismas
bases reguladoras, desarrollen alguna de las actividades económicas que se encuadran
en algunas de las secciones y divisiones que a continuación se especifican, según la
clasificación nacional de actividades económicas (CNAE 2009):
- Sección A. Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca.
- Sección C. Industria manufacturera, a excepción de las divisiones: 14. Confección
de prendas de vestir; 19. Coquerías y refino de petróleo; y 26. Fabricación de productos
informáticos, electrónicos y ópticos.
- Sección D. Suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado.
- Sección E. Suministro de agua, actividades de saneamiento, gestión de residuos y
descontaminación.
- Sección F. Construcción.
- División 45. Venta y reparación de vehículos de motor y motocicletas.
- División 46. Comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de
vehículos de motor y motocicletas.
- Sección H. Transporte y almacenamiento.
- Sección I. Hostelería.
- División 63. Servicios de información.
- División 72. Investigación y desarrollo.
- División 75. Actividades veterinarias.
- División 78. Actividades relacionadas con el empleo.
- División 80. Actividades de seguridad e investigación.
- División 81. Servicios a edificios y actividades de jardinería.
- División 82. Actividades administrativas de oficina y otras actividades auxiliares a las
empresas.
- Sección Q. Actividades sanitarias y de servicios sociales.
- Sección R. Actividades artísticas, recreativas y de entrenimiento, excepto la división 92.
Actividades de juegos de azar y apuestas.
- División 94. Actividades asociativas.
- División 96. Otros servicios personales.
- División 99. Actividades de organizaciones y organismos extraterritoriales.