Disposiciones generales. . (2021/126-2)
Resolución de 25 de junio de 2021, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se convocan para el año 2021 subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a microempresas, pequeñas y medianas empresas para el desarrollo de proyectos de prevención de riesgos laborales en la Comunidad Autónoma de Andalucía, con sujeción a las bases reguladoras establecidas por la Orden de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, de 12 de mayo de 2021.
33 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 126 - Viernes, 2 de julio de 2021
página 13
1. Disposiciones generales
Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo
Resolución de 25 de junio de 2021, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar
Laboral, por la que se convocan para el año 2021 subvenciones, en régimen de
concurrencia competitiva, a microempresas, pequeñas y medianas empresas para
el desarrollo de proyectos de prevención de riesgos laborales en la Comunidad
Autónoma de Andalucía, con sujeción a las bases reguladoras establecidas por
la Orden de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, de 12 de
mayo de 2021.
A la vista de lo anterior, así como por lo dispuesto en el Decreto 100/2019, de 12 de
febrero, por la que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación
y Trabajo Autónomo, y lo establecido en la disposición adicional primera de Orden de 12
de mayo de 2021,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00194957
La Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, a través de la Dirección General
de Trabajo y Bienestar Laboral, dependiente de la Secretaría General de Empleo y Trabajo
Autónomo, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 8.2.i) del Decreto 100/2019, de
12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de esta Consejería, tiene entre
sus competencias la «promoción de la seguridad y salud laboral, y el diseño y ejecución
de planes y acciones para combatir la siniestralidad laboral y mejorar la seguridad y salud
laboral de las personas trabajadoras».
En el citado ámbito material de atribuciones y con objeto de contribuir con la
consecución de los objetivos establecidos por la Estrategia Andaluza de Seguridad
y Salud en el Trabajo 2017-2022, aprobada por Acuerdo del Consejo de Gobierno,
de 14 de noviembre de 2017, que contempla promover la mejora de la seguridad y salud
laboral de las personas trabajadoras en Andalucía, a través de incentivar la prevención
de riesgos laborales tanto en la mejora de las condiciones de seguridad y salud laboral
en las empresas, así como en la mejora de su gestión preventiva, especialmente en la
microempresas, pequeñas y medianas empresas (en adelante PYME), la Consejería de
Empleo, Formación y Trabajo Autónomo ha aprobado la Orden de 12 de mayo de 2021,
por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a
microempresas, pequeñas y medianas empresas, para el desarrollo de proyectos de
prevención de riesgos laborales en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en régimen de
concurrencia competitiva.
En virtud de lo establecido en la disposición adicional segunda de la citada Orden de 12
de mayo de 2021, la convocatoria pública de las subvenciones se efectuarán anualmente
mediante resolución de la persona titular de la Dirección General competente en materia
de Seguridad y Salud Laboral, y en la que se determinarán: los sectores económicos,
según la clasificación nacional de actividades económicas (CNAE 2009), destinatarios de
la convocatoria, el plazo de presentación de las solicitudes de subvención, las cuantías
máximas destinadas en función de las disponibilidades presupuestarias, así como los
proyectos y actividades que se determinan prioritarios en la misma a los efectos de lo
previsto en el punto 3 del apartado 2.a) –Conceptos subvencionables–, y del último
párrafo del apartado 12.a) –Criterios de valoración–, de los Cuadros Resumen de las
bases reguladoras. De igual manera, con la convocatoria se aprobarán los formularios
para presentar las solicitudes, las alegaciones y otros trámites que correspondan.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 126 - Viernes, 2 de julio de 2021
página 13
1. Disposiciones generales
Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo
Resolución de 25 de junio de 2021, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar
Laboral, por la que se convocan para el año 2021 subvenciones, en régimen de
concurrencia competitiva, a microempresas, pequeñas y medianas empresas para
el desarrollo de proyectos de prevención de riesgos laborales en la Comunidad
Autónoma de Andalucía, con sujeción a las bases reguladoras establecidas por
la Orden de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, de 12 de
mayo de 2021.
A la vista de lo anterior, así como por lo dispuesto en el Decreto 100/2019, de 12 de
febrero, por la que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación
y Trabajo Autónomo, y lo establecido en la disposición adicional primera de Orden de 12
de mayo de 2021,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00194957
La Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, a través de la Dirección General
de Trabajo y Bienestar Laboral, dependiente de la Secretaría General de Empleo y Trabajo
Autónomo, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 8.2.i) del Decreto 100/2019, de
12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de esta Consejería, tiene entre
sus competencias la «promoción de la seguridad y salud laboral, y el diseño y ejecución
de planes y acciones para combatir la siniestralidad laboral y mejorar la seguridad y salud
laboral de las personas trabajadoras».
En el citado ámbito material de atribuciones y con objeto de contribuir con la
consecución de los objetivos establecidos por la Estrategia Andaluza de Seguridad
y Salud en el Trabajo 2017-2022, aprobada por Acuerdo del Consejo de Gobierno,
de 14 de noviembre de 2017, que contempla promover la mejora de la seguridad y salud
laboral de las personas trabajadoras en Andalucía, a través de incentivar la prevención
de riesgos laborales tanto en la mejora de las condiciones de seguridad y salud laboral
en las empresas, así como en la mejora de su gestión preventiva, especialmente en la
microempresas, pequeñas y medianas empresas (en adelante PYME), la Consejería de
Empleo, Formación y Trabajo Autónomo ha aprobado la Orden de 12 de mayo de 2021,
por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a
microempresas, pequeñas y medianas empresas, para el desarrollo de proyectos de
prevención de riesgos laborales en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en régimen de
concurrencia competitiva.
En virtud de lo establecido en la disposición adicional segunda de la citada Orden de 12
de mayo de 2021, la convocatoria pública de las subvenciones se efectuarán anualmente
mediante resolución de la persona titular de la Dirección General competente en materia
de Seguridad y Salud Laboral, y en la que se determinarán: los sectores económicos,
según la clasificación nacional de actividades económicas (CNAE 2009), destinatarios de
la convocatoria, el plazo de presentación de las solicitudes de subvención, las cuantías
máximas destinadas en función de las disponibilidades presupuestarias, así como los
proyectos y actividades que se determinan prioritarios en la misma a los efectos de lo
previsto en el punto 3 del apartado 2.a) –Conceptos subvencionables–, y del último
párrafo del apartado 12.a) –Criterios de valoración–, de los Cuadros Resumen de las
bases reguladoras. De igual manera, con la convocatoria se aprobarán los formularios
para presentar las solicitudes, las alegaciones y otros trámites que correspondan.