3. Otras disposiciones. . (2021/123-12)
Resolución de 24 de junio de 2021, de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que aprueba el modelo de convenio de colaboración social en la gestión de los incentivos para la realización de actuaciones de eficiencia energética en explotaciones agropecuarias acogidos al Real Decreto 149/2021, de 9 de marzo.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 123 - Martes, 29 de junio de 2021
página 186
trascendencia en la gestión o justificación de la subvención o de la subsanación de defectos, previa
autorización de los beneficiarios de la subvención.
c) Presentación de solicitudes de información por vía electrónica del estado de tramitación de las
solicitudes de subvención, previa autorización de las personas o entidades beneficiarias de la
subvención.
Asimismo, la colaboración social en la gestión de subvenciones podrá referirse a la realización de
estudios o informes relacionados con la elaboración y aplicación de disposiciones generales y con la
gestión y justificación de las subvenciones concedidas, entre otros aspectos, así como a la realización
de campañas de información y difusión.
Segundo. - Que los citados convenios de colaboración se podrán formalizar, en los términos y
condiciones que se regulan en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, con:
a) Instituciones y organizaciones representativas de sectores o intereses sociales, laborales,
empresariales o profesionales, incluyendo las organizaciones corporativas de las profesiones
oficiales colegiadas.
b) Personas o entidades que realicen actividades económicas, cuando su localización
geográfica o red comercial pueda ayudar a la consecución de los fines perseguidos por la
actividad de fomento de la Administración.
Cuando se tenga la condición de entidad colaboradora, no se podrá actuar como colaborador social
en el mismo procedimiento.
Mediante Resolución de 4 de junio de 2021 de la Agencia Andaluza de la Energía, se convocan los
incentivos acogidos al citado Real Decreto 149/2021, de 9 de marzo. (BOJA núm. 109, de 9 de junio de
2021). El resuelve cuarto de la citada convocatoria contempla la posibilidad de que las personas y
entidades beneficiarias puedan actuar a través de colaboradores sociales de los previstos en el
artículo 117 bis del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía
y regula el procedimiento de tramitación de la solicitud de colaboración social cuyo formulario se
2
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00194722
Tercero. – Que mediante el Real Decreto 149/2021, de 9 de marzo, se aprobaron las bases reguladoras
del programa de ayudas para la realización de actuaciones de eficiencia energética en explotaciones
agropecuarias. Dicho programa se coordina a nivel nacional por el Instituto para la Diversificación y
Ahorro de la Energía (IDAE), adscrito al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico,
a través de la Comisión Consultiva de Ahorro y Eficiencia Energética en la que están representadas
todas las comunidades autónomas, en un modelo basado en la colaboración con estas. Estos
incentivos serán objeto de financiación a través del Fondo Nacional de Eficiencia Energética
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 123 - Martes, 29 de junio de 2021
página 186
trascendencia en la gestión o justificación de la subvención o de la subsanación de defectos, previa
autorización de los beneficiarios de la subvención.
c) Presentación de solicitudes de información por vía electrónica del estado de tramitación de las
solicitudes de subvención, previa autorización de las personas o entidades beneficiarias de la
subvención.
Asimismo, la colaboración social en la gestión de subvenciones podrá referirse a la realización de
estudios o informes relacionados con la elaboración y aplicación de disposiciones generales y con la
gestión y justificación de las subvenciones concedidas, entre otros aspectos, así como a la realización
de campañas de información y difusión.
Segundo. - Que los citados convenios de colaboración se podrán formalizar, en los términos y
condiciones que se regulan en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, con:
a) Instituciones y organizaciones representativas de sectores o intereses sociales, laborales,
empresariales o profesionales, incluyendo las organizaciones corporativas de las profesiones
oficiales colegiadas.
b) Personas o entidades que realicen actividades económicas, cuando su localización
geográfica o red comercial pueda ayudar a la consecución de los fines perseguidos por la
actividad de fomento de la Administración.
Cuando se tenga la condición de entidad colaboradora, no se podrá actuar como colaborador social
en el mismo procedimiento.
Mediante Resolución de 4 de junio de 2021 de la Agencia Andaluza de la Energía, se convocan los
incentivos acogidos al citado Real Decreto 149/2021, de 9 de marzo. (BOJA núm. 109, de 9 de junio de
2021). El resuelve cuarto de la citada convocatoria contempla la posibilidad de que las personas y
entidades beneficiarias puedan actuar a través de colaboradores sociales de los previstos en el
artículo 117 bis del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía
y regula el procedimiento de tramitación de la solicitud de colaboración social cuyo formulario se
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Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00194722
Tercero. – Que mediante el Real Decreto 149/2021, de 9 de marzo, se aprobaron las bases reguladoras
del programa de ayudas para la realización de actuaciones de eficiencia energética en explotaciones
agropecuarias. Dicho programa se coordina a nivel nacional por el Instituto para la Diversificación y
Ahorro de la Energía (IDAE), adscrito al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico,
a través de la Comisión Consultiva de Ahorro y Eficiencia Energética en la que están representadas
todas las comunidades autónomas, en un modelo basado en la colaboración con estas. Estos
incentivos serán objeto de financiación a través del Fondo Nacional de Eficiencia Energética