3. Otras disposiciones. . (2021/122-14)
Resolución de 9 de junio de 2021, de la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego, por la que se autorizan las tarifas de abastecimiento de agua potable de la Empresa Mancomunada del Aljarafe, S.A. (Aljarafesa). (PP. 1941/2021).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 122 - Lunes, 28 de junio de 2021
página 226
3. Otras disposiciones
Consejería de Hacienda y Financiación Europea
Resolución de 9 de junio de 2021, de la Dirección General de Tributos,
Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego,
por la que se autorizan las tarifas de abastecimiento de agua potable de la
Empresa Mancomunada del Aljarafe, S.A. (Aljarafesa). (PP. 1941/2021).
De acuerdo con la propuesta de resolución emitida al efecto y en virtud de lo dispuesto
en los artículos 4 y 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el que se regulan
los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en
Andalucía, en relación con el artículo 9.3.e) del Decreto 116/2020, de 8 de septiembre,
por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Financiación
Europea,
R ES U ELVO
Primero. Autorizar las tarifas de abastecimiento de agua potable aprobadas por la
Empresa Mancomunada del Aljarafe, S.A. (Aljarafesa), que a continuación se relacionan,
ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
TARIFAS AUTORIZADAS
1. TARIFAS DE ABASTECIMIENTO. (IVA EXCLUIDO)
1.1. De vencimiento periódico.
Caudal permanente
(Q3) m3/hora (Hasta)
Euros/día
2,5
0,168
4
0,306
6,3
0,489
10
0,665
16
1,760
25
2,865
40
4,212
63
6,108
100
8,836
160 y sup.
10,829
Aquellos contratos vigentes, a excepción de los que correspondan a varias viviendas
y/o locales, con contadores instalados conforme a la normativa metrológica anterior cuyo
calibre sea inferior a 15 mm, gozarán de una bonificación de 0,048 euros/día sobre el
precio establecido en la tabla anterior para Q3 hasta 2,5 m3/hora, hasta su sustitución,
por cualquier causa, por un nuevo contador acorde a la normativa metrológica actual.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00193999
I) Término fijo: Cuota servicio.
Por la disponibilidad del servicio de abastecimiento en el periodo de facturación,
según el caudal del contador instalado o su calibre, en su caso, de contadores instalados
antes de la entrada en vigor de las presentes tarifas, se facturará a:
BOJA
Número 122 - Lunes, 28 de junio de 2021
página 226
3. Otras disposiciones
Consejería de Hacienda y Financiación Europea
Resolución de 9 de junio de 2021, de la Dirección General de Tributos,
Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego,
por la que se autorizan las tarifas de abastecimiento de agua potable de la
Empresa Mancomunada del Aljarafe, S.A. (Aljarafesa). (PP. 1941/2021).
De acuerdo con la propuesta de resolución emitida al efecto y en virtud de lo dispuesto
en los artículos 4 y 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el que se regulan
los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en
Andalucía, en relación con el artículo 9.3.e) del Decreto 116/2020, de 8 de septiembre,
por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Financiación
Europea,
R ES U ELVO
Primero. Autorizar las tarifas de abastecimiento de agua potable aprobadas por la
Empresa Mancomunada del Aljarafe, S.A. (Aljarafesa), que a continuación se relacionan,
ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
TARIFAS AUTORIZADAS
1. TARIFAS DE ABASTECIMIENTO. (IVA EXCLUIDO)
1.1. De vencimiento periódico.
Caudal permanente
(Q3) m3/hora (Hasta)
Euros/día
2,5
0,168
4
0,306
6,3
0,489
10
0,665
16
1,760
25
2,865
40
4,212
63
6,108
100
8,836
160 y sup.
10,829
Aquellos contratos vigentes, a excepción de los que correspondan a varias viviendas
y/o locales, con contadores instalados conforme a la normativa metrológica anterior cuyo
calibre sea inferior a 15 mm, gozarán de una bonificación de 0,048 euros/día sobre el
precio establecido en la tabla anterior para Q3 hasta 2,5 m3/hora, hasta su sustitución,
por cualquier causa, por un nuevo contador acorde a la normativa metrológica actual.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00193999
I) Término fijo: Cuota servicio.
Por la disponibilidad del servicio de abastecimiento en el periodo de facturación,
según el caudal del contador instalado o su calibre, en su caso, de contadores instalados
antes de la entrada en vigor de las presentes tarifas, se facturará a: