Disposiciones generales. . (2021/122-4)
Resolución de 18 de junio de 2021, de la Universidad de Jaén, por la que se publican las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de «Ayudas predoctorales para la Formación de Personal Investigador» con cargo al Plan Operativo de Apoyo a la Investigación de la Universidad de Jaén (2021-2022). Convocatoria 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 122 - Lunes, 28 de junio de 2021
página 168

4. Características de las Ayudas para la Formación de Personal Investigador.
4.1 Las Ayudas obtenidas tendrán una duración de un año pudiendo prorrogarse
hasta un máximo de cuatro años y tendrán dedicación a tiempo completo durante toda su
vigencia. En este periodo, la incorporación en la estructura grupo/equipo de investigación
será plena, realizando todas las funciones propias para este tipo personal investigador en
formación.
4.2. La Ayuda anual para cada uno de los contratos será destinada a financiar el
salario y la cuota patronal de la Seguridad Social de los investigadores contratados
durante cada una de las anualidades, consideradas independientemente.
La retribución salarial mínima que deberán recibir las personas investigadoras durante
el periodo predoctoral, y que figurará en el correspondiente contrato, está determinada
por el cumplimiento del artículo 7 del Estatuto del Personal Investigador en Formación,
aprobado por Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, Resolución de 13 de mayo de
2019, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio
colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado, y
según lo establecido en su Anexo II apartado d) donde se establecen las retribuciones
de los Grupos Profesionales correspondientes y que deberán estar actualizadas en sus
respectivas anualidades.
En el caso de que el beneficiario/a obtuviese el título de doctor antes del inicio del
último año de la ayuda, se formalizará un contrato posdoctoral con una retribución salarial
equivalente a la correspondiente al cuarto año de la etapa predoctoral. En cualquier caso,
la ayuda se extinguirá una vez finalizado el periodo anual de contrato posdoctoral.
4.3. El pago de la retribución se efectuará a los beneficiarios/as por mensualidades
en función del número de días que el Personal Investigador en Formación esté de alta,
considerando en todos los casos meses de 30 días.
4.4. Las Ayudas de esta convocatoria se financiarán de acuerdo con lo establecido en
el POAI (2021-2022) con cargo al Presupuesto de la Universidad de Jaén del año 2021.
4.5. Los beneficiarios de las Ayudas formalizarán un contrato predoctoral de duración
determinada con la Universidad de Jaén, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
21.c) de la Ley 14/2011, de 1 de junio, modificado por la Ley 30/2015, de 9 de septiembre,
con dedicación a tiempo completo, que tendrá por objeto las tareas de investigación
encaminadas a la obtención de la tesis doctoral. La duración máxima del contrato será de
cuatro años a partir de la fecha de incorporación del investigador predoctoral a su puesto
de trabajo.
4.6. Ningún trabajador podrá ser contratado mediante esta modalidad en la Universidad
de Jaén por un tiempo superior a cuatro años, salvo que el beneficiario sea una persona
con discapacidad, en cuyo caso el contrato podrá tener una duración máxima de 6 años,
teniendo en cuenta las características de la actividad investigadora y el impacto del grado
de las limitaciones en el desarrollo de la actividad, previo informe favorable del servicio
público de empleo competente, que a estos efectos podrá recabar informe de los equipos
técnicos de valoración y orientación de la discapacidad competentes. A estos efectos, se
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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de Tesis Doctoral, que deberá cumplirse en el momento de aceptación de la ayuda y
mantenerse durante todo el tiempo de duración de la ayuda.
3.2. Podrá actuar como codirector/a de tesis un investigador o investigadora que
cumpla los requisitos establecidos en la normativa para los mismos. En el caso de incluir
algún codirector/a ajeno a la estructura grupo o equipo de investigación beneficiario, la
persona solicitante deberá remitir un escrito junto con la solicitud en modelo libre, en el
que conste los vistos buenos del director/a de la tesis y del investigador/a responsable de
la estructura grupo o equipo beneficiario.
3.3. Cada director/a y/o codirector/a de tesis únicamente podrá respaldar una solicitud
de Ayuda Predoctoral en esta convocatoria. La presentación de más de una solicitud
firmada por los mismos directores será motivo de exclusión de todas las solicitudes
afectadas por la duplicidad.